MP C/ PEDRO BERNARDO CABRERA ARRIAGADA
Rol
O-949-2023
Fecha
30 de mayo de 2024
Materia
DAÑOS SIMPLES., VIOLACION DE MORADA.
Resultado
No especificado
Hechos
visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 14 n° 1, 15 n° 1, 18, 21, 24, 25, 49, 50, 70, 144 y 487 del Código Penal, artículos 45, 47, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se condena a don PEDRO BERNARDO CABRERA ARRIAGADA, cédula nacional de identidad n° 0019106639-1, a la pena de multa de ONCE UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES como autor del delito de violación de morada en perjuicio de don Gabriel Quitral Calquín y SEIS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES como autor del delito de daños, ambos cometidos el 26 de febrero del año 2023 en Talca. II.- Si no pagaré las multas, se aplicará lo dispuesto en el artículo 49 del Código Penal concediéndose para el pago el término de 12 meses, debiendo enterar a continuación de que quede ejecutoriada esta sentencia el equivalente a 1,41 unidades tributarias mensuales. III.- Que se le exime del pago de las costas de la causa. Regístrese, y notifíquese, ejecutoriado dese cumplimiento con lo prescrito en el artículo 468 del Código Procesal Penal en su oportunidad. Dictó don MARTA BENITA ASIAIN MADARIAGA, Juez de Garantía de Talca. RENUNCIA A LOS TÉRMINOS LEGALES Tanto Ministerio Público y defensa renuncian a los plazos para interponer recursos legales, por lo anterior la sentencia queda firme con esta fecha. En su oportunidad álcese la medida cautelar que se aplicó. Código: VGLJXNCXZTY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Defensa solicita se sustituya el pago de la multa por prestación de servicios en beneficio de la comunidad una vez que el imputado recupere su libertad. TRIBUNAL RESUELVE: Se fijará fecha de audiencia de ley 18.216 a fin de resolver la solicitud de la defensa con mejores antecedentes. Coordínese con el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Talca la videoconferencia del imputado el día de la audiencia que se agenda de permanecer privado de libertad en dicha fecha, de lo contrario, deberá comparecer presencialmente al Tri
Fallo
se declara: I.- Que se condena a don PEDRO BERNARDO CABRERA ARRIAGADA, cédula nacional de identidad n° 0019106639-1, a la pena de multa de ONCE UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES como autor del delito de violación de morada en perjuicio de don Gabriel Quitral Calquín y SEIS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES como autor del delito de daños, ambos cometidos el 26 de febrero del año 2023 en Talca. II.- Si no pagaré las multas, se aplicará lo dispuesto en el artículo 49 del Código Penal concediéndose para el pago el término de 12 meses, debiendo enterar a continuación de que quede ejecutoriada esta sentencia el equivalente a 1,41 unidades tributarias mensuales. III.- Que se le exime del pago de las costas de la causa. Regístrese, y notifíquese, ejecutoriado dese cumplimiento con lo prescrito en el artículo 468 del Código Procesal Penal en su oportunidad. Dictó don MARTA BENITA ASIAIN MADARIAGA, Juez de Garantía de Talca. RENUNCIA A LOS TÉRMINOS LEGALES Tanto Ministerio Público y defensa renuncian a los plazos para interponer recursos legales, por lo anterior la sentencia queda firme con esta fecha. En su oportunidad álcese la medida cautelar que se aplicó. Código: VGLJXNCXZTY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Defensa solicita se sustituya el pago de la multa por prestación de servicios en beneficio de la comunidad una vez que el imputado recupere su libertad. TRIBUNAL RESUELVE: Se fijará fecha de audiencia de l
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Individualización de Audiencia de Juicio Oral Simplificado. Fecha Talca., treinta de mayo de dos mil veinticuatro Magistrado MARTA BENITA ASIAIN MADARIAGA Fiscal VIVIANA ROJAS ALARCON POR PAZ ELIZABETH DEL CARMEN FILIPPI PEREDO Defensor HELIOS NOGUES BAEZA POR RODRIGO ANDRÉS CHÁVEZ MOYANO Hora inicio 09:49AM Hora termino 10:08AM Sala QUINTA SALA Audio n° 02 Tribunal Juzgado de Garantía de Talca.
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