7º Juzgado de Garantía de Santiago

IAN _ ARCE REYES C/ NICOLÁS ANDRÉS DÍAZ MACAYA

Rol

O-11434-2023

Fecha

30 de mayo de 2024

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: El día 28 de Septiembre de 2023, a las 17:20 horas, aproximadamente, en calle Maipú a la altura del N° 1159, de la comuna de Santiago, funcionarios de carabineros controlaron el vehículo marca Volkswagen, modelo Voyage, color blanco Placa Patente Única KTKF 97, conducido por el imputado ESTEBAN VALENTINO VALENZUELA GÓMEZ y en el que viajaba como copiloto el imputado NICOLÁS ANDRÉS DÍAZ MACAYA, siendo sorprendidos manteniendo en un habitáculo ubicado entre los 02 asientos delanteros, una bolsa en la que guardaban, almacenaban y transportaban Cannabis Sativa con un peso bruto de 141,6 gramos., la que al momento de ser sorprendidos guarda en una mochila el imputado NICOLÁS DÍAZ MACAYA. Al registro de sus vestimentas, el imputado ESTEBAN VALENZUELA GÓMEZ, fue sorprendido además manteniendo la suma de $101.000 pesos en dinero en efectivo. La droga que fue encontrada en poder de los imputados no estaba destinada a su uso o consumo exclusivo personal y próximo en el tiempo ni a un tratamiento médico que lo autorizara. SE DECLARA: I.- Que se condena a ESTEBAN VALENTINO VALENZUELA GÓMEZ, ya individualizado, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado medio, de UTM y accesorias legales, por su responsabilidad como AUTOR del delito de Tráfico ilícito de droga en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo inc. ° del C.P., en relación con el art. del mismo cuerpo legal, en grado de ejecución de CONSUMADO, ocurrido en la comuna de Santiago, el día - - . Código: FXMKXNXFXQY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- Reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo ° de la Ley . , modificado por la Ley . , se le sustituye la sanción temporal por la pena sustitutiva de reclusión parcial NOCTURNA DOMICILIARIA, entre las : a las : horas del día siguiente por el total de la condena, esto es, QUINIENTOS CUARENTA Y UN días, SIN abonos que reconocer y previo informe po

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a ESTEBAN VALENTINO VALENZUELA GÓMEZ, ya individualizado, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado medio, de UTM y accesorias legales, por su responsabilidad como AUTOR del delito de Tráfico ilícito de droga en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo inc. ° del C.P., en relación con el art. del mismo cuerpo legal, en grado de ejecución de CONSUMADO, ocurrido en la comuna de Santiago, el día - - . Código: FXMKXNXFXQY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- Reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo ° de la Ley . , modificado por la Ley . , se le sustituye la sanción temporal por la pena sustitutiva de reclusión parcial NOCTURNA DOMICILIARIA, entre las : a las : horas del día siguiente por el total de la condena, esto es, QUINIENTOS CUARENTA Y UN días, SIN abonos que reconocer y previo informe positivo de factibilidad de monitoreo telemático que la defensa acompañara dentro de décimo día, en su domicilio ubicado en “Camino Viejo IDAHUE S/N°, casa Zubicoa” comuna de Coltauco, VI región. III.- Que la pena pecuniaria se le tiene POR CUMPLIDA con el tiempo que el imputado permaneció privado de libertad por esta causa. IV.- Se ordena el COMISO de las especies incautadas V.- Por haber admitido responsabilidad en los hechos, se exime al requerido del pago de las costas de la causa, por haber ahorrado recursos tanto al Minister

Texto Completo (Preview)

PROCEDIMIENTO Abreviado FECHA: Santiago, treinta de mayo de dos mil veinticuatro TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: PILAR ANDREA AHUMADA OTÁROLA RUC: - RIT: - IMPUTADO: ESTEBAN VALENTINO VALENZUELA GÓMEZ C.I. - DELITO Tráfico ilícito de droga en pequeñas cantidades ARTICULO en relación con el art. de la ley n° . .- PARTICIPACION Autor G. DE DESARROLLO Consumado ATENUANT

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