C/ DIEGO FERNANDO GUTIERREZ GARZON
Rol
O-1678-2024
Fecha
30 de mayo de 2024
Materia
ROBO POR SORPRESA.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 09 de febrero de 2024, a las 13:45 horas aproximadamente, los imputados DIEGO GUTIERREZ GARZÓN y LEANDRO MATIAS MERA GARAY previamente concertados, abordaron sorpresivamente por la espalda a la víctima Marcel Jorge Sica Otero mientras esta se encontraba caminando por Avenida Libertador Bernardo O’Higgins donde al llegar a la intersección de la calle San Antonio, en la comuna de Santiago, el imputado Diego Gutiérrez procedió a arrancar por medio de un tirón, la cadena de oro que la víctima portaba consigo en su cuello, prestándole cobertura el imputado Leandro Mera, donde luego de sustraer la cadena ambos se dan a la fuga con la especie en su poder SE DECLARA: Código: EBSFXNVVPYX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que se condena a ambos imputados DIEGO FERNANDO GUTIERREZ GARZON y don LEANDRO MATÍAS MERA GARAY, ya individualizados, a la pena de 110 días de presidio de menor en su grado mínimo, a la accesoria de suspensión de cargo y oficio público por el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autores del delito de robo por sorpresa, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 2º del Código Penal, en grado de ejecución de Consumado, cometido día 09 de febrero de 2024, en la comuna de Santiago. II.- Que ambas penas corporales se tienen por cumplidas, por el tiempo que ha permanecido privado de libertad en la presente causa, respecto de Gutiérrez Garzón bajo arresto domiciliario total, y respecto de Mera Garay por tiempo en prisión preventiva en la presente causa. III.- Que se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa, atendido a que con ello ha ahorrado recursos tanto al Ministerio Público como al Estado. IV.- Dese cumplimiento con lo previsto y dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Los intervinientes renunciaron a los plazos. Se revoca el régimen cautelar de prisión preventiva de Mera Garay,
Fallo
SE DECLARA: Código: EBSFXNVVPYX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que se condena a ambos imputados DIEGO FERNANDO GUTIERREZ GARZON y don LEANDRO MATÍAS MERA GARAY, ya individualizados, a la pena de 110 días de presidio de menor en su grado mínimo, a la accesoria de suspensión de cargo y oficio público por el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autores del delito de robo por sorpresa, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 2º del Código Penal, en grado de ejecución de Consumado, cometido día 09 de febrero de 2024, en la comuna de Santiago. II.- Que ambas penas corporales se tienen por cumplidas, por el tiempo que ha permanecido privado de libertad en la presente causa, respecto de Gutiérrez Garzón bajo arresto domiciliario total, y respecto de Mera Garay por tiempo en prisión preventiva en la presente causa. III.- Que se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa, atendido a que con ello ha ahorrado recursos tanto al Ministerio Público como al Estado. IV.- Dese cumplimiento con lo previsto y dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Los intervinientes renunciaron a los plazos. Se revoca el régimen cautelar de prisión preventiva de Mera Garay, se ordena la libertad inmediata del condenado, ofíciese al CDP Santiago Uno. Dictada por doña CARLA VALERIA CAPPELLO VALLE, Juez del Séptimo Juzgado de Garantía de Santi
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PROCEDIMIENTO Simplificado. FECHA: Santiago., treinta de mayo de dos mil veinticuatro TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: CARLA VALERIA CAPPELLO VALLE RUC: 2400169968-3 RIT: 1678 - 2024 IMPUTADO: DIEGO FERNANDO GUTIERREZ GARZON C.I. 0014899666-0 IMPUTADO: LEANDRO MATÍAS MERA GARAY C.I. 0019886577-K DELITO Robo por Sorpresa ARTICULO artículo 436 inciso 2º del Código Penal
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