3º Juzgado de Letras de Calama

COMPAÑÍA MINERA TECK QUEBRADA BLANCA S.A./

Rol

V-849-2020

Fecha

1 de abril de 2021

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: PRIMERO.- Que, do a ñ Mar a Isabel Reinoso Grauí , chilena, soltera, abogada, c dula nacional de identidad N° 10.798.706-1, domiciliada en Avenidaé Isidora Goyenechea N° 2.800, oficina 802, comuna de Las Condes, Santiago, en representaci n de ó COMPA IA MINERA TECK QUEBRADA BLANCA S.A.,Ñ empresa chilena del giro minero, Rut 96.567.040-8, con domicilio en calle Esmeralda N° 340, piso 9, comuna y ciudad de Iquique, con fecha 05 de agosto de 2020, siendo las 00:30 horas, solicit concesi n minera de ó ó EXPLORACI NÓ , que denominar á “HALCON 39”, con una superficie de 300 hect reas. á SEGUNDO.- Que, el pedimento minero fue inscrito a fojas 3.469 bajo el N°2.246, del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Calama, con fecha 13 de agosto de 2020. TERCERO.- Que, dicho pedimento minero fue publicado con fecha 31 de agosto de 2020, Diario Oficial, edici n Nº 42.744 seg n ejemplar acompa ado, eló ú ñ que consta en autos. CUARTO.- Que, el Servicio Nacional de Geolog a y Miner a II Regi n,í í ó Antofagasta, con fecha 23 de noviembre de 2020, mediante ordinario N° 6895, inform consignando que los aspectos t cnicos relacionados con la solicitud y planoó é de la concesi n referida, se encuentran conforme con las disposiciones legalesó vigentes, en efecto, la forma, las dimensiones y orientaci n de la cara superficialó de la concesi n solicitada se ajustan a la ley, y sta queda comprendida dentro deló é terreno pedido. QUINTO.- Que, el peticionario dio cumplimiento a la obligaci n de pago deó la tasa de pedimento y la patente proporcional, seg n consta en autos.ú SEXTO.-. Que, en el plano de las concesiones mineras de exploraci n,ó consta que las coordenadas U.T.M. de cada uno de los v rtices de la cara superioré del pedimento minero denominada “HALCON 39”, con una superficie de 300 hect reas, solicitadas y materia de esta concesi n son:á ó VERTICE NORTE ESTE P.M. 7.667.500,00 555.500,00 V 1 7.668.000,00 554.000,00 V 2 7.668.000,00 557.000,00 V 3 7.667.00

Fundamentos

considerando: que, del an lisis de los antecedentes queá obran en autos y el m rito del informe t cnico del Servicio Nacional de Geolog a yé é í Miner a, la presente causa se ajusta plenamente a la Ley, sin que existan viciosí procesales, ni otras causales que ameriten la denegaci n de la concesi n deó ó exploraci n o la declaraci n de caducidad, por lo que es procedente acceder a loó ó solicitado. Y, VISTO adem s, lo dispuesto en los art culos 34, 35, 43, 47, 48, 51, 52,á í 55, 56, 57, 58, 87 y 90 del C digo de Miner a en vigencia y lo establecido en losó í art culos 42, 43, 44 y 94 del Reglamento de dicho texto legal,

Fallo

se resuelve:í I.- Que, se aprueba el plano de la concesi n minera de exploraci nó ó denominada “HALCON 39”. II.- Que, se declara constituida la concesi n minera de exploraci nó ó “HALCON 39”, con una superficie total de 300 hect reas a favor deá COMPA IA MINERA TECK QUEBRADA BLANCA S.A.Ñ , ya individualizada. III.- Una vez certificada -a petici n de la interesada- la ejecutoriedad de laó presente sentencia, rem tase -por este Juzgado- dicha certificaci n, junto a laí ó sentencia constitutiva y copia digital del plano aprobado por Sernageomin, al correo electr nico proporcionado por el Conservador de Minas para tal efecto.ó IV.- Inscr base la sentencia, dentro del plazo legal en el Registro delí Conservador de Minas de El Loa Calama. Con este objeto, la concesionaria deber requerir el inicio del tr mite alá á siguiente correo electr nico del Conservador de Minas:ó conservadorminas@notariavaras.cl. V.- Pract quese la publicaci n legal extractada en conformidad a lo dispuestoí ó en el art culo 89 y 90 del C digo de Miner a y 43 del reglamento.í ó í VI.- Rem tase -por este Tribunal- copia de los antecedentes referidos en elí punto III a Sernageomin, al correo electr nico aportado por el referido Servicio.ó Este env o se entender suficiente cumplimiento de la obligaci n contenida en elí á ó art culo 42 del Reglamento del C digo del ramo. í ó Notif quese por el estado diario.í Reg strese y arch vese en su oportunidadí í Rol V-849-2020 Dictada por don JUAN DIEGO LETELIER TOFALOS

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado de Letras de Calama CAUSA ROL : V-849-2020 CARATULADO : COMPA A MINERA TECK QUEBRADAÑÍ BLANCA S.A./ Calama, uno de Abril de dos mil veintiuno VISTOS: PRIMERO.- Que, do a ñ Mar a Isabel Reinoso Grauí , chilena, soltera, abogada, c dula nacional de identidad N° 10.798.706-1, domiciliada en Avenidaé Isidora Goyenechea N° 2.800, oficina 802, comuna

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica