MP C/ NICOLÁS DANIEL RETAMAL RETAMAL
Rol
O-3048-2023
Fecha
27 de mayo de 2024
Materia
TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y dispuestos en los artículos 1, 11 N° 6, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 24, 29, 50, 68, 69, 70 del Código Penal; artículos 45, 47, 297, 340, 341, 342, 343, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 1 y 3 de la ley 20.000 y artículo 14 y siguientes y 38 de la ley 18.216. se declara: I. Que se condena a NICOLÁS DANIEL RETAMAL RETAMAL a una pena Código: SRSYXNCHDCW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Texto transcrito según lo dispuesto en los incisos 3° y 4° del artículo 62 del Acta 71-2016, de la Excma. Corte Suprema de CUATRO (4) AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, al pago de una multa de CINCO (5) Unidades Tributarias mensuales (UTM), a las pena accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para para cargos, oficios públicos y derechos políticos y a la inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de autor de un delito de Tráfico ilícito de sustancias estupefacientes, perpetrado en la comuna de Estación Central el día 06 de septiembre del año 20. II. Que concurriendo en la especie los requisitos que establece la ley 18.216, se sustituirá la pena principal impuesta en esta sentencia por la de libertad vigilada intensiva, por el tiempo y duración de la pena principal, por lo que el imputado deberá quedar sujeto al cumplimiento de un programa de actividades orientadas a su reinserción social en el ámbito personal, comunitario y laboral a través de la intervención individualizada y bajo la aplicación de las siguientes condiciones del artículo 17 letra a) la residencia en el domicilio que haya fijado la imputada en este Tribunal, debiendo en cualquier caso informar el cambio del mismo para efectos de modificación de esta condición; de la letra b) la sujeción a la vigilancia y orientación permanente de un delegado por el periodo de la pena impuesta en esta sentencia; y de la letra c) el ejercicio de un profesión
Fallo
se declara: I. Que se condena a NICOLÁS DANIEL RETAMAL RETAMAL a una pena Código: SRSYXNCHDCW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Texto transcrito según lo dispuesto en los incisos 3° y 4° del artículo 62 del Acta 71-2016, de la Excma. Corte Suprema de CUATRO (4) AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, al pago de una multa de CINCO (5) Unidades Tributarias mensuales (UTM), a las pena accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para para cargos, oficios públicos y derechos políticos y a la inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de autor de un delito de Tráfico ilícito de sustancias estupefacientes, perpetrado en la comuna de Estación Central el día 06 de septiembre del año 20. II. Que concurriendo en la especie los requisitos que establece la ley 18.216, se sustituirá la pena principal impuesta en esta sentencia por la de libertad vigilada intensiva, por el tiempo y duración de la pena principal, por lo que el imputado deberá quedar sujeto al cumplimiento de un programa de actividades orientadas a su reinserción social en el ámbito personal, comunitario y laboral a través de la intervención individualizada y bajo la aplicación de las siguientes condiciones del artículo 17 letra a) la residencia en el domicilio que haya fijado la imputada en este Tribunal, debiendo en cualquier caso informar el cambio del mismo para efectos de m
Texto Completo (Preview)
Texto transcrito según lo dispuesto en los incisos 3° y 4° del artículo 62 del Acta 71-2016, de la Excma. Corte Suprema Resumen de sentencia Tribunal Sexto Juzgado de Garantía de Santiago Fecha de sentencia Santiago, veintisiete de mayo de dos mil veinticuatro Procedimiento Abreviado R.U.C. 2300686883-5 R.I.T. 3048 – 2023 JUEZ PABLO CONTRERAS GUERRERO FISCAL CAMILA PALMA SAEZ DEFENSOR PRIVADO AGUS
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