MINISTERIO PUBLICO C/ DANILO FABIÁN PEÑAILILLO ESCOBEDO
Rol
O-970-2023
Fecha
28 de mayo de 2024
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES., NO DAR CUENTA DE ACCIDENTE DE TRANSITOART. 195LEY DE TRA.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “El día 25 de marzo del año 2023, aproximadamente a las 18:00 horas, el imputado DANILO FABIÁN PEÑALILLO ESCOBEDO, quien conducía un furgón de color blanco, marca Jack, modelo sunray, año 2020, placa patente única LTHR.44, en manifiesto estado de ebriedad, colisionó el vehículo de propiedad de la víctima Michael Edgar Galleguillos Bustos, vehículo marca Suzuki, modelo Swift, año 2021, color blanco, placa patente única PFDZ.59, el cual se encontraba en la intersección de calle de Las Palmas esquina calle Piedra Lanceta de la comuna de Quilpué, motivo por el cual el imputado quien conducía el furgón antes individualizado se dio a la fuga del lugar sin comunicar a la autoridad respectiva el ilícito de daños en contra del vehículo de la víctima, al concurrir funcionarios de Carabineros y al efectuar una fiscalización al imputado antes individualizado debido a la sindicación que efectuó la víctima del mismo, se percatan que el imputado conducía dicho vehículo en evidente estado de ebriedad, lo que constó por su fuerte halito alcohólico, rostro congestionado, incoherencia al hablar e inestabilidad al caminar, por lo que se le efectuó una prueba respiratoria intoxilyzer la cual arrojó 1,60 gramos de alcohol por litro en la sangre, siendo posteriormente trasladado al Hospital de Quilpué, donde se le efectuó el examen de alcoholemia respectivo. El informe de alcoholemia arrojó un guarismo de 1,68 gramos de alcohol por litro de sangre.” Delito: A su juicio de la fiscalía los hechos descritos son constitutivos del delito de Manejo o Conducción de Vehículo Motorizado en Estado de Ebriedad causando Daños y Huír del Lugar sin dar Aviso a la Autoridad, descrito y sancionado en el artículo 110 de la Ley de Tránsito en relación al artículo 196 y 195 del mismo cuerpo legal, correspondiendo participación en calidad de autor, en grado de desarrollo de consumados. Circunstancias de responsabilidad: Atenuante de responsabilidad penal de irreprochable conducta anterior estableci
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante este Juzgado de Garantía de Quilpué, la Fiscalía Local de esta ciudad, presentó requerimiento en procedimiento simplificado en causa RIT 970- 2023, en contra de DANILO FABIÁN PEÑAILILLO ESCOBEDO, cédula de identidad N° 16.757.834-9, con domicilio en Pasaje La Jarilla N° 3106, Los Pinos, Quilpué, por su responsabilidad en los siguientes hechos: “El día 25 de marzo del año 2023, aproximadamente a las 18:00 horas, el imputado DANILO FABIÁN PEÑALILLO ESCOBEDO, quien conducía un furgón de color blanco, marca Jack, modelo sunray, año 2020, placa patente única LTHR.44, en manifiesto estado de ebriedad, colisionó el vehículo de propiedad de la víctima Michael Edgar Galleguillos Bustos, vehículo marca Suzuki, modelo Swift, año 2021, color blanco, placa patente única PFDZ.59, el cual se encontraba en la intersección de calle de Las Palmas esquina calle Piedra Lanceta de la comuna de Quilpué, motivo por el cual el imputado quien conducía el furgón antes individualizado se dio a la fuga del lugar sin comunicar a la autoridad respectiva el ilícito de daños en contra del vehículo de la víctima, al concurrir funcionarios de Carabineros y al efectuar una fiscalización al imputado antes individualizado debido a la sindicación que efectuó la víctima del mismo, se percatan que el imputado conducía dicho vehículo en evidente estado de ebriedad, lo que constó por su fuerte halito alcohólico, rostro congestionado, incoherencia al hablar e inestabilidad al caminar, por lo que se le efectuó una prueba respiratoria intoxilyzer la cual arrojó 1,60 gramos de alcohol por litro en la sangre, siendo posteriormente trasladado al Hospital de Quilpué, donde se le efectuó el examen de alcoholemia respectivo. El informe de alcoholemia arrojó un guarismo de 1,68 gramos de alcohol por litro de sangre.” Delito: A su juicio de la fiscalía los hechos descritos son constitutivos del delito de Manejo o Conducción de Vehículo Motorizado en Estado de Ebriedad causando Daños y Huír del Lugar sin dar Aviso a la Autoridad, descrito y sancionado en el artículo 110 de la Ley de Tránsito en relación al artículo 196 y 195 del mismo cuerpo legal, correspondiendo participación en calidad de autor, en grado de desarrollo de consumados. Circunstancias de responsabilidad: Atenuante de responsabilidad penal de irreprochable conducta anterior establecida en el artículo 11 Nº 6 del Código Penal. PENA: 300 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de 2 unidades tributarias mensuales; y la pena accesoria de suspensión del permiso para conducir vehículos por el término de dos años, la pena de 3 UTM y Suspensión de licencia por 1 mes, más las costas de la causa. Código: FXNXXNPTCNV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SEGUNDO: Que, habiéndose dado lectura al requerimiento, el imputado no admitió responsabilidad en los hechos en la audiencia respectiva, por lo que se realizó el juicio con fecha de hoy.
Fallo
SE DECLARA: Código: FXNXXNPTCNV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que se ABSUELVE al requerido DANILO FABIÁN PEÑAILILLO ESCOBEDO, cédula de identidad N° 16.757.834-9, del cargo fiscal que lo sindica como AUTOR del delito de Manejo o Conducción de Vehículo Motorizado en Estado de Ebriedad causando Daños y Huir del Lugar sin dar Aviso a la Autoridad, descrito y sancionado en el artículo 110 de la Ley de Tránsito en relación al artículo 196 y 195 del mismo cuerpo legal, por su responsabilidad en los hechos supuestamente ocurridos con fecha 25 de marzo del año 2023, en esta jurisdicción. II.- Que no se condena en costas al Ministerio Público. Regístrese y Archívese en su oportunidad. RUC N° 2300327955-3 RIT N° 970-2023 Dictada por don SEBASTIÁN ALFONSO BÁEZ HERNÁNDEZ, Juez Suplente del Juzgado Garantía de Quilpué. Código: FXNXXNPTCNV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-05-29T12:01:54-0400
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Quilpué, veintiocho de mayo de dos mil veinticuatro. VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante este Juzgado de Garantía de Quilpué, la Fiscalía Local de esta ciudad, presentó requerimiento en procedimiento simplificado en causa RIT 970- 2023, en contra de DANILO FABIÁN PEÑAILILLO ESCOBEDO, cédula de identidad N° 16.757.834-9, con domicilio en Pasaje La Jarilla N° 3106, Lo
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