Juzgado de Letras del Trabajo de Valdivia

ESCOBAR/CENTINELA SERVICIOS INTEGRALES SPA

Rol

M-291-2021

Fecha

3 de junio de 2022

Materia

Despido injustificado

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y OÍDOS: PRIMERO: Que don FRANCO GABRIEL ESCOBAR ZAPATA, guardia de seguridad, domiciliado en Valdivia, Yañez Zavala pasaje Raúl Carabantes 2805, interpuso demanda en contra de CENTINELA SERVICIOS INTEGRALES SPA, del giro de su denominación, representada por don TOMAS DELGADO ALBORNOZ o conforme al art 4 del C. del T por doña LUISA NAIMAN, segundo apellido ignora (la demandada fue finalmente notificada por aviso) y solidaria o subsidiariamente en contra de SEREMI SALUD DE LOS RIOS, órgano público, representada por don KEITH HOOD LEWIS, C.I. 10098301-K, secretario regional de salud, todos domiciliados en Valdivia, Chacabuco 700, en virtud de los artículos 183-A y siguientes del Código del Trabajo. Solicitó declarar que el despido es improcedente y condenar a la demandada al pago de: 1.- la suma de $495.333 (cuatrocientos noventa y cinco mil trescientos treinta y tres pesos) por concepto de aumento del 30% sobre la indemnización por años de servicio. 2.- la suma de $166.104 (ciento sesenta y seis mil ciento cuatro pesos) por concepto de feriado proporcional. 3. reajustes e intereses en los términos del Art.173 del Código del Trabajo, y costas de la causa. Aclaró con posterioridad que la SEREMI de Salud de Los Ríos sería mandante de las faenas en que él laboró. SEGUNDO: Que se tuvo por contestada la demanda en rebeldía de ambas demandadas. TERCERO: Que se llamó a las partes a conciliación, la que no se produjo. CUARTO: Que las demandadas no ofrecieron pruebas y por la parte demandante se rindió las siguientes: Documental: 1. Contrato de trabajo de 10 de enero de 2021. 2. Carta de despido de 1º de julio de 2021 3. Acta de Notificación de reclamo administrativo Nº 1401/2021/1199 de 29 de septiembre de 2021. 4. Liquidaciones de remuneraciones de enero a mayo de 2021. 5. Acta de acuerdo por término de contrato de trabajo de fecha 16 de septiembre de 2021. 6. Acta de comparendo de conciliación Inspección del Trabajo de Valdivia de fecha 19 de octubre de 2021.

Fallo

por tanto aunque el despido no se hubiera fundado en causa legal, no es posible ordenar del incremento del 30% de una indemnización que la ley no establece ni consta que las partes la hubieran voluntariamente acordado. OCTAVO: Que en cuanto al feriado, el acta de acuerdo ante la Inspección del Trabajo acredita que se adeuda $153.267 y por tanto solo en este sentido se acogerá la demanda. NOVENO: Que la SEREMI de Salud Los Ríos no contestó la demanda, por tanto conforme al artículo 453 N° 1 del Código del Trabajo, se tiene como tácitamente admitida la existencia de trabajo en régimen de subcontratación por el periodo en que el actor prestó servicios para la demandada principal. DÉCIMO: Que encontrándose acreditado el trabajo en régimen de subcontratación, y no habiéndose rendido prueba alguna destinada a acreditar que dio cumplimiento a las obligaciones de información y retención, la SEREMI de Salud Los Ríos es solidariamente responsable del pago de las prestaciones que se ordenará en favor del actor, y en dicho sentido se acogerá la demanda. UNDÉCIMO: Que la prueba fue apreciada conforme a las normas de la sana crítica. DUODÉCIMO: Que atendido lo dispuesto en el artículo 501 del Código del Trabajo, se omite el análisis pormenorizado de la restante prueba rendida, la que en nada altera las conclusiones del tribunal; y que en todo caso ha quedado registrada en el audio como registro válido, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 425 del mismo Código. Además, y conf

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Valdivia, tres de junio de dos mil veintidós. VISTO Y OÍDOS: PRIMERO: Que don FRANCO GABRIEL ESCOBAR ZAPATA, guardia de seguridad, domiciliado en Valdivia, Yañez Zavala pasaje Raúl Carabantes 2805, interpuso demanda en contra de CENTINELA SERVICIOS INTEGRALES SPA, del giro de su denominación, representada por don TOMAS DELGADO ALBORNOZ o conforme al art 4 del C. del T por doña LUISA NAIMAN, segund

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