1º Juzgado de Letras de la Serena

TORRES/

Rol

V-23-2019

Fecha

1 de abril de 2021

Materia

MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: 1 .-° Que con fecha 17 de enero de 2019, don JAIME ANDRES OJEDA LEMPERT, chileno, ingeniero comercial, divorciado, c dula deé identidad N 18.174.127-9, domiciliado en Parcela 35-A, Sitio 7-D, sectorº Alfalfares, La Serena, y don FRANCISCO JAVIER TORRES ROJAS, chileno, casado, ingeniero en ejecuci n industrial, c dula deó é identidad N 10.560.376-2, domiciliado en Parcela 35-A, Sitio 17-C,° sector Alfalfares, La Serena, solicitan la concesi n de explotaci n de 92ó ó pertenencias, de 5 hect reas cada una, con el nombre de á ESPERANZA“ III 1 AL 92”, con una superficie total de 460 hect reas.á 2 .-° Que con fecha 25 de enero de 2019, se inscribi laó manifestaci n a fojas 183 N 68, Repertorio fojas 100 N 143, del Registroó ° ° de Descubrimientos de Minas de La Serena, a o 2019.ñ 3°.- Que con fecha 18 de febrero de 2019, se public laó manifestaci n en el Diario Oficial, Bolet n Oficial de Miner a.ó í í 4 .-° Que consta de inscripci n de fojas 185 N 69 del Registro deó ° Descubrimientos de Minas de La Serena, a o 2019, que lañ Sociedad Legal Minera Esperanza III Uno de La Serena es due a de lasñ pertenencias mineras denominadas Esperanza III 1 al 92, ubicadas en la Comuna de La Serena, Provincia de Elqui, Regi n de Coquimbo. Lasó adquiri por el s lo ministerio de la Ley, en atenci n a inscripci n deó ó ó ó folio 64 N 15 del Registro de Accionistas del Conservador de Minas de° La Serena, del a o 2019, que certifica que don Jaime Andr s Ojedañ é Lempert y don Francisco Javier Torres Rojas formaron por el Ministerio de La Ley Sociedad Legal Minera Esperanza III Uno de La Serena, dividi ndose el inter s social por iguales partes.é é 5 .-° Con fecha 22 de agosto de 2019, se solicit mensura.ó 6°.- Que con fecha 16 de septiembre de 2019, se publica solicitud de mensura y su respectiva resoluci n en el Bolet n Oficial de Miner a.ó í í 7 .-° Que con fechas 09 y 21 de abril de 2020, la peticionaria acompa las actas y planos de mensura de dichas pertinencias,ñó se alando que

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que no existen ilegalidades o faltas sobre las que este Tribunal debe pronunciarse, en conformidad con lo dispuesto en el art culo 85 del C digo de Miner a.í ó í SEGUNDO: Que no se ha incurrido en vicios procesales que resten valor al procedimiento ni en caducidades que lo anulen. TERCERO: Que se ha cumplido con todos los tr mites yá actuaciones establecidas en tiempo y forma. CUARTO: Que conforme lo dispuesto en los art culos 81, 85 y 87í del C digo de Miner a, existiendo informe t cnico favorable y noó í é habi ndose deducido oposici n, procede declarar constituida la concesi né ó ó de explotaci n solicitada.ó Y visto, adem s, lo dispuesto en los art culos 81, 85 y 87 delá í C digo de Miner a y 817 del C digo de Procedimiento Civil, ó í ó SE APRUEBA EL PLANO Y

Fallo

SE DECLARA CONSTITUIDA LA CONCESION DE EXPLOTACION DENOMINADA ESPERANZA“ III 1 al 92”, Rol Nacional 04101-2773-3, con una superficie de 460 hect reas, ubicadas en Quebrada Peralillo, comuna de La Serena,á Provincia de Elqui, Regi n de Coquimbo, a favor de ó SOCIEDAD LEGAL MINERA ESPERANZA III UNO DE LA SERENA. T ngase por aprobados el acta y plano de mensura de lasé pertenencias de autos. Extr ctese la presente sentencia en los t rminos establecidos en elá é art culo 90 del C digo de Miner a y publ quese.í ó í í Inscr base copia autorizada de la presente sentencia y del Acta ení el Conservador de Minas de esta ciudad y arch vese una copia del planoí de mensura respectivo. Rem tase el original del plano al Servicio Nacional de Geolog a yí í Miner a, conjuntamente con copia autorizada de la presente resoluci n.í ó Reg strese, notif quese y en su oportunidad arch vese.í í í ROL V-23-2019. Dictada por don JORGE SERGIO CORRALES SINSAY, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras de La Serena Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. y se notific por el estado diario la sentencia precedente, enó La Serena, uno de abril de dos mil veintiuno. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occid

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FOJA: 43.- Cuarenta y tres.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de la Serenaº CAUSA ROL : V-23-2019 CARATULADO : TORRES/ La Serena, uno de abril de dos mil veintiuno. VISTOS: 1 .-° Que con fecha 17 de enero de 2019, don JAIME ANDRES OJEDA LEMPERT, chileno, ingeniero comercial, divorciado, c dula deé identidad N 18.174.127-9, domiciliado en Parcela 35-A, Sitio 7-D, secto

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