Juzgado de Letras de Angol

BECERRA/

Rol

V-72-2020

Fecha

30 de marzo de 2021

Materia

BIENES RAÍCES, AUTORIZACIÓN ENAJENAR

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto Que con fecha 17 de diciembre de 2020, a folio 1, comparece doña NORMA IRIS BECERRA BASTÍAS, cédula de identidad No.7.112.601-3, dueña de casa, casada, domiciliada en Avenida 3 poniente No. 1926, comuna de Maipú, Región Metropolitana, representada por la abogada Jessica Villarroel Lara, con domicilio en O’Higgins No. 1220, oficina 101, Concepción, quien expone: Que, viene en solicitar sirva decretar judicialmente la autorización para que su representada proceda a enajenar las acciones y derechos que corresponden a su madre doña María Guadalupe Bastías Aedo cédula nacional de identidad N° 4.375.187-5, con domicilio en Avenida Tres Poniente N°1926, comuna de Maipú, respecto del bien inmueble que más adelante singularizará, conforme a las condiciones que se propondrán y en virtud de los

Fundamentos

fundamentos que paso a exponer: Tal como consta en documentos que a esta presentación acompaña, la solicitante actúa en estos autos en representación de su madre, doña María Guadalupe Bastías Aedo, en calidad de curadora definitiva. En efecto, doña María Guadalupe Bastías Aedo fue declarada judicialmente interdicta por causa de demencia, en causa Rol V-58- 2019 del ingreso del 5° Juzgado Civil de Santiago, según sentencia definitiva de fecha 17 de febrero de 2019, juicio en el cual, su mandante fue nombrada como curadora definitiva de su madre, tanto en su persona como en sus bienes, sentencia que se encuentra firme y ejecutoriada, interdicción que se encuentra inscrita a fojas 29.499, Número 47672 del Registro de Prohibiciones e Interdicciones correspondiente al año 2019 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. La interdicta de autos, forma parte de una comunidad hereditaria conformada además por sus hermanos Digna Betsabe Bastías Aedo, José Gustavo Bastías Aedo, Hugo Ismael Bastías Aedo, Luis Alberto Bastías Aedo, Gabriela Del Rosario Bastías Aedo, Hortensia Del Carmen Bastías Aedo, Sandra Inés Bastías Aedo y Yesenia Soledad Bastías Bastías, quienes son dueños de las acciones y derechos de la propiedad consistente en Sitio ubicado en calle Orompello N° 59, de la Villa Tijeral, Comuna de Renaico, Lote 59. Esta comunidad adquirió el dominio de dicho inmueble por herencia quedada al fallecimiento de don Luis Alberto Bastías Oliva, según consta en certificado de posesión efectiva, número de inscripción 10680 del año 2009, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación y cuya herencia rola inscrita a fojas 1452, Número 1313 del Conservador de Bienes Raíces de Angol del año 2010. Que actualmente sus hermanos y su representada en calidad de curadora, recibieron una oferta de compra por el inmueble recién individualizado, por lo cual y debido a las diferentes necesidades económicas de cada uno de los comuneros, es que se han decidido vender sus acciones y derechos que tienen sobre el inmueble, ya que la venta es de gran utilidad para todos, y en especial para la madre de su representada, que debido a su avanzada edad, padece diversas enfermedades y se ha visto deteriorado su estado de salud, ya que padece de Alzheimer en condición de encamada, por lo que se requiere cubrir costos cada vez más altos. La oferta realizada por el bien signado en esta presentación que se encuentra inscrito a fojas 1452 Número 1313 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Angol del año 2010, asciende al menos a la suma de $27.000.000, en circunstancias que su avalúo fiscal vigente al segundo semestre del año en curso es de $6.608.481. Al vender en el precio ofertado, se estaría concretando un excelente negocio, pues el valor equivaldría casi a cuatro veces el avalúo fiscal del inmueble, resultando altamente beneficioso para la interdicta, y le correspondería en concreto a recibir la suma de $2.700.000.- Por lo anterior, y con el prin

Fallo

se declara: Que ha lugar a lo solicitado en lo principal de folio 1 y siguientes y se concede a doña NORMA IRIS BECERRA BASTÍAS, cédula de identidad 7.112.601-3, en representación, como curadora, de doña MARÍA GUADALUPE BASTÍAS AEDO, cédula de identidad 4.375.187-5, autorización judicial para que proceda a enajenar los derechos hereditarios que le corresponden a la interdicta en el dominio de la propiedad ubicada en calle Orompello N° 59, de la Villa Tijeral, Comuna de Renaico, Lote 59. Esta comunidad adquirió el dominio de dicho inmueble por herencia quedada al fallecimiento de don Luis Alberto Bastías Oliva, según consta en certificado de posesión efectiva, número de inscripción 10.680 del año 2009, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación y cuya herencia rola inscrita a fojas 1.452, Número 1.313 del Conservador de Bienes Raíces de Angol del año 2010, en un precio no inferior a $27.000.000.- (veintisiete millones pesos). Se fija el término de un año para hacer uso de esta autorización, a contar de la presente resolución y a dicha operación deberán concurrir personalmente o por mandatario legalmente constituido.- Regístrese, notifíquese, dese copia autorizada de la presente sentencia, la cual deber insertarse en la escritura pública de compraventa que se suscriba para tales efectos. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Angol, treinta de marzo de dos mil veintiuno. Este documento tiene fir

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FOJA: 7 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Angol CAUSA ROL : V-72-2020 CARATULADO : BECERRA/ Angol, treinta de marzo de dos mil veintiuno. Visto Que con fecha 17 de diciembre de 2020, a folio 1, comparece doña NORMA IRIS BECERRA BASTÍAS, cédula de identidad No.7.112.601-3, dueña de casa, casada, domiciliada en Avenida 3 poniente No. 1926, comuna de Maipú, Región

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