1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

DÍAZ/SOC CONSTRUCTORA ECHAVARRI HERMANOS LIMITADA

Rol

O-4855-2021

Fecha

3 de junio de 2022

Materia

Despido injustificado, Nulidad del despido, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y OIDOS LOS INTERVINIENTES: PRIMERO: Que comparece MATÍAS HORACIO NOVOA CARBONE, abogado, domiciliado en Morandé 835, of. 1410, Santiago, en representación de los trabajadores: 1. TEDDY SANTIAGO CARRASCO FERNÁNDEZ, empleado, cédula nacional de identidad: 6.616.626-0, 2. LUIS ALBERTO MARCHANT ZAMORANO, empleado, cédula nacional de identidad: 10.157.781-3, 3.-SILVESTRE MARTÍN CHÁVEZ AGURTO, empleado, cédula nacional de identidad: 24.853.176-2, 4.VÍCTOR OMAR RUBIO ESCOBAR, empleado, cédula nacional de identidad: 10.952.649-5, 5. FREDDY ALAN SANDOVAL MALQUI, empleado, cédula nacional de identidad: 22.451.889-7 y 6. EDUARDO DÍAZ LEIVA, empleado, cédula nacional de identidad: 15.725.629-7, todos domiciliados para estos efectos en CALLE MORANDÉ 835, OF. 1410, COMUNA DE SANTIAGO, e interpone demanda en procedimiento de aplicación general por nulidad del despido, despido injustificado, indebido o improcedente, cobro de prestaciones e indemnizaciones en contra de la empresa CONSTRUCTORA SAE LIMITADA, giro de su denominación, representada legalmente por RODRIGO JOSÉ ECHAVARRI MORÁN, con domicilio en AVDA. LA DEHESA 1939, OF. 505, COMUNA DE LOBARNECHEA, y en forma solidaria o subsidiaria en contra de: INMOBILIARIA EDIFICIO LAS DALIAS SPA, de giro denominación, representada legalmente por RODRIGO MARIO SILVA DA BOVE, con domicilio en LAS DALIAS 1990, COMUNA DE ÑUÑOA, fundada en los siguientes hechos: 1. TEDDY SANTIAGO CARRASCO FERNÁNDEZ • inicio de la relación laboral: 01 de agosto de 2020 • remuneración: $856.865 • función: encargado de mantención de la obra denominada "edificio Las Dalias". • lugar de prestación de servicios (obra): "edificio las dalias", ubicada en Las Dalias nro. 1.990, Ñuñoa. • terminó de la relación laboral: 09 de octubre de 2020, • causal de término de la relación laboral: art. 159 n°4 "vencimiento del plazo" • naturaleza jurídica del contrato de trabajo: a plazo fijo, en virtud de que el actor suscribe contrato de trabajo a plazo fijo con fecha

Fundamentos

considerando primero de este fallo.- III.- Como sanción a lo dispuesto en el inciso 7° del artículo 162 del Código del Trabajo en relación con el artículo 163 bis del mismo texto legal, al pago de las remuneraciones que se devenguen desde el despido ocurrido en las fechas establecidas en el motivo séptimo de este fallo, respecto de cada uno de los actores hasta el 30 de noviembre de 2021.- IV.- Que, deberá practicarse liquidación, en su oportunidad de las sumas ordenadas pagar, con arreglo a lo que disponen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. V.- Que en todo lo demás se RECHAZA LA DEMANDA DE AUTOS.- VI.-Que, cada parte pagará sus costas. VII. Ejecutoriada que se encuentre la presente sentencia cúmplase con lo dispuesto en ella, dentro de quinto día. En caso contrario, certifíquese dicha circunstancia y prosígase la ejecución de acuerdo a la ley 20.720.- Notifíquese y archívese, en su oportunidad RIT: O-4855-2021.- RUC: 21-4-0353631-5.- Dictada por doña Carmen Gloria Correa Valenzuela, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago a tres de junio de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la sentencia precedente. San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl

Fallo

por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 9, 41, 67 y siguientes, 159, 162, 163 bis, 168, 172, 173, 420, 453, 454, artículos 446 y siguientes, y artículo 1698 del Código Civil, se declara: I. Que, SE ACOGE PARCIALMENTE LA DEMANDA DE DESPIDO INJUSTIFICADO, NULIDAD DEL DESPIDO Y COBRO DE PRESTACIONES interpuesta por los actores de autos, en contra de la demandada CONSTRUCTORA SAE LIMITADA condenándosele a pagar las siguientes prestaciones: 1.- TEDDY SANTIAGO CARRASCO FERNÁNDEZ a) Indemnización sustitutiva del aviso previo: $856.865 b) Remuneración del mes de septiembre de 2020: $856.865 c) Remuneración por 09 días del mes de octubre de 2020: $257.060 d) Feriado proporcional, del periodo 01.08.2020 al 09.10.2020, siendo 2.875 días hábiles, equivalente a 4,025 días corridos: $114.963.- 2. LUIS ALBERTO MARCHANT ZAMORANO a) Indemnización sustitutiva del aviso previo: $794.86 b) Remuneración del mes de septiembre de 2020: $794.865 c) Remuneración por 09 días del mes de octubre de 2020: $238.460 d) Feriado proporcional, del periodo 03.08.2020 al 09.10.2020, siendo 2.75 días hábiles, equivalente a 3.85 días corridos: $102.008.- 3. SILVESTRE MARTÍN CHÁVEZ AGURTO a) Indemnización sustitutiva del aviso previo: $856.865 b) Remuneración del mes de septiembre de 2020: $856.865 c) Feriado proporcional, del periodo 29.07.2020 al 30.09.2020, siendo 2.625 días hábiles, equivalente a 3,675 días corridos: $104.966.- 4. VÍCTOR OMAR RUBIO ESCOBAR a) Indemnización

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago MATERIA: DESPIDO INJUSTIFICADO, NULIDAD DEL DESPIDO Y COBRO DE PRESTACIONES. DEMANDANTE:TEDDY SANTIAGO CARRASCO FERNANDEZ y OTROS. DEMANDADO: CONSTRUCTORA SAE LIMITADA y OTRA.- RUC N° : 21-4-0353631-5.- RIT N°: O-4855-2021. Santiago, tres de junio de dos mil veintidós. VISTOS Y OIDOS LOS INTERVINIENTES: PRIMERO: Que comparece MATÍAS HORACIO NOVOA CA

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