Juzgado de Letras y Garantía de Peralillo.

EDUARDO SEBASTIAN GODOY URREA C/ MICHAEL DANIEL SERRANO CASTRO

Rol

O-496-2022

Fecha

22 de mayo de 2024

Materia

CULTIVO ESTUPEFACIENTES/FALSIFIC RECETAS ART. 8 LEY N 20.000

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 01 de Abril de 2022 aproximadamente a las 12:15 am en circunstancias que el imputado se encontraba en su domicilio ubicado en los Aromos S/N, sector Pupilla comuna de Palmilla, toca su puerta carabinero, quien se encontraba haciendo patrullaje preventivo por el sector, quien al pasar por fuera del lugar siente un fuerte olor a marihuana. En estas circunstancias el imputado abre la puerta, se identifica como Michael Serrano Castro y señala ser el que vive en el lugar, carabineros le solicita voluntariamente el ingreso al domicilio, manifestando también el imputado que si mantiene plantas de marihuana en el sector posterior. Es de esta forma que carabineros encuentra en el patio una caja grande de plastico donde habria marihuana en proceso de secado, la cual despues de realizado la prueba de campo, arroja postivo para cannabis con un peso de 3 kilos 885 gramos. Marihuana por la cual el imputado no mantenía autorización alguna para su cultivo y posesión. Peralillo., veintidós de mayo de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Por lo anteriormente expuesto y dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 14, 11 N°6 y 9, 14, 15, 29, 30, 50, 67, 68, 70 Código Penal; artículo 406 y siguientes del Código Procesal Penal, ley 18.216; ley 20.000, y demás normas legales pertinentes, se declara: I. Que se condena a MICHAEL DANIEL SERRANO CASTRO, C.I. 18.931.613-5, domiciliado en calle Pupilla N°44, comuna de Palmilla, como autor del delito consumado de CULTIVO, previsto y sancionado en el artículo 8 de la ley 20.000, cometido el día de 01 de Abril de 2022, en la comuna de Palmilla, a una pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, multa de 5 unidades tributarias mensuales y a la pena accesoria del artículo 30 del Código Penal esto es, la suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena. II. Respecto a la pena de multa, se autoriza el pago en cinco cuotas ascendentes a una unidad tributaria mensual cada, pagadera los primeros cinco

Fallo

se declara: I. Que se condena a MICHAEL DANIEL SERRANO CASTRO, C.I. 18.931.613-5, domiciliado en calle Pupilla N°44, comuna de Palmilla, como autor del delito consumado de CULTIVO, previsto y sancionado en el artículo 8 de la ley 20.000, cometido el día de 01 de Abril de 2022, en la comuna de Palmilla, a una pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, multa de 5 unidades tributarias mensuales y a la pena accesoria del artículo 30 del Código Penal esto es, la suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena. II. Respecto a la pena de multa, se autoriza el pago en cinco cuotas ascendentes a una unidad tributaria mensual cada, pagadera los primeros cinco días de Código: LXBTXNXXNYX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl cada mes, a partir del mes siguiente que esta sentencia quede firme y ejecutoriada, debiendo acreditarse el pago ante el tribunal mediante comprobante de depósito y/o transferencia para los efectos de verificar el cumplimiento de lo sentenciado. Se hace presente que si el sentenciado no tuviere bienes para pagar la multa impuesta se aplicara por vía de sustitución y apremio la pena de reclusión otorgándose un día por cada tercio de Unidad Tributaria mensual, no pudiendo exceder de seis meses. III. Que respecto a la pena corporal y cumpliendo los requisitos del artículo 4 de la ley 18.216, se sustituye la misma por la pena de Remisión condicional por el tiempo que du

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Audiencia de apercibimiento cierre investigación. Fecha Peralillo., veintidós de mayo de dos mil veinticuatro. Magistrado CARLOS HUMBERTO OLGUIN CARTAGENA Fiscal PABLO AREVALO GOMEZ Defensor ANTONIO SALAS QUIROGA Hora inicio 09:24 hrs. Hora termino 09:51 hrs. Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Peralillo. Acta Leslie Molina RUC 2200394872-6 RIT 496 – 2022 Hechos: El día 01 de Abr

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