NAVARRO/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE ÑUÑOA
Rol
C-18143-2020
Fecha
30 de marzo de 2021
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Comparece don PEDRO MAURICIO NAVARRO LÓPEZ, técnico agrícola, con domicilio en Oscar Gajardo N° 2113, Comuna de Placilla, Región del Libertador Bernardo O’Higgins, quien por medio de la presente demanda en juicio ordinario de menor cuantía, alega la prescripción del cobro de los derechos de aseo domiciliario que correspondan al inmueble ubicado en Lo Encalada N° 80, departamento 21, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE ÑUÑOA, Corporación de Derecho Público, representada por su alcalde don Andrés Enrique Zarhi Troy, ignora profesión u oficio, ambos domiciliados en Avenida Irarrázaval N° 3550, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, por los argumentos de hecho y derecho que expone a continuación. I. En cuanto a los hechos. Señala que, respecto del inmueble del cual es dueño, ubicado en Lo Encalada 80, departamento 21, comuna de Ñuñoa, no se han pagado los derechos de aseo domiciliario correspondientes, desde el 30 de junio del año 2001 hasta el 30 de noviembre de 2020, según informe de estado de deuda emitido por la sección de gestión de cobranzas administrativas de la Ilustre Municipalidad de Ñuñoa que acompaña en el primer otrosí de la presente presentación. El valor total adeudado hasta el 30 de noviembre de 2020, asciende a la suma de $2.549.613.-. ROL C-18143-2020 Fojas 2 Sostiene que gran parte de la deuda que mantiene con la Ilustre Municipalidad de Ñuñoa se encuentra prescrita, ya que hasta la cuarta cuota de noviembre de 2017 han transcurrido más de tres años desde que se hicieron exigibles. Las 66 cuotas cuya prescripción se alega, suman en total $2.322.380.- Señala que se mantienen vigentes solamente los derechos de aseo posteriores a la cuarta cuota del año 2017, cuya suma asciende a $227.233.- II. En cuanto al derecho. Refiere que según establece el Código Civil en su artículo 2492, “la prescripción es un modo de adquirir las cosas ajenas, o de extinguir las acciones o derechos ajenos por haberse pose
Fundamentos
considerando primero de la misma dice : “que el actor solicita que se declare prescrita la acción para exigir el cumplimiento del pago de las cuotas correspondiente a derechos de aseo domiciliario cuyos vencimientos están comprendidos entre diciembre del 2004 y septiembre de 2010, ascendientes al monto de $356.121…” ante la cual en su parte dispositiva señala: “
Fallo
Se declara: I.- Que se acoja parcialmente la demanda de fojas 1 y se declaren extinguidas las acciones de cobro respecto de los derechos de aseo correspondientes al periodo entre el mes de diciembre de 2004 al mes de marzo de 2009, inclusive. Así como también las referentes a los reajustes, multas y demás que le accedan” 2. Sentencia dictada con fecha 29 de noviembre de 2012 emitida por el Decimotercero Juzgado Civil de Santiago en causa Rol C-36912-2011, caratulado “Espinoza / I. Municipalidad de La Reina” en cuanto a los vistos dice: “Hace presente que del estado de deuda que acompaña, se puede observar que las deudas cuya fecha de vencimiento están entre el 30 de septiembre de 2006 y el 30 de noviembre de 2008 y cuyo monto asciende a $111.935 se encuentran prescritas para su cobro, pues han transcurrido más de tres años desde la fecha de vencimiento”, ante lo cual el tribunal en la sentencia declara: “I.- Que se acoge en todas sus partes la demanda de fojas 1, y se declaran prescritas las acciones individualizadas en el considerando noveno precedente”. ROL C-18143-2020 Fojas 4 En todos los puntos de derecho en que se funda la presente demanda, y en especial a la jurisprudencia señalada por su parte, se puede ver de manera fehaciente que se cumple de manera más que suficiente con todos los presupuestos e indicativos para poder solicitar la prescripción extintiva de las deudas por concepto de basura (sic) indicadas en los hechos de la demanda en cuestión. En mérito de lo
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ROL C-18143-2020 Fojas 1 NOMENCLATURA : 1. [40] Sentencia JUZGADO : 14º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-18143-2020 CARATULADO : NAVARRO / I. MUNICIPALIDAD DE NUNOA En Santiago, treinta días del mes de marzo de dos mil veintiuno. VISTOS: Comparece don PEDRO MAURICIO NAVARRO LÓPEZ, técnico agrícola, con domicilio en Oscar Gajardo N° 2113, Comuna de Placilla, Región del Libertador Bernardo O
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