Juzgado de Garantía de Arica.

CLAUDIO EDMUNDO BALBOA AROCA C/ ALEJANDRO ANDRÉS LEONARDO SOTO PALMA

Rol

O-596-2023

Fecha

23 de mayo de 2024

Materia

HOMICIDIO.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “El día 01 de enero del año 2023, en horas de la madrugada, siendo aproximadamente las 06 horas de la madrugada, en circunstancias que la víctima EDUARDO MORCHIO TANG se encontraba en el frontis del local comercial de nombre Mojito ubicado en calle Raul Pey n° 2861, en los momentos que se realizaba una discusión entre varios sujetos, quienes insultaban a la víctima, en los momentos que se iba a abalanzar sobre uno de ellos, se acercan dos de los sujetos que participaban en la discusión, que correspondían a los imputados ALEJANDRO SOTO PALMA y BRAYAN LANDEROS SESENQUE quienes premunidos de armas blancas, proceden a agredir a la víctima en distintas partes de cuerpo, con la finalidad de causarle la muerte, procediendo en el caso de SOTO PALMA a agredir a la víctima con un arma blanca en la zona torácica y abdomen en cuatro ocasiones, asimismo LANDEROS SESENQUE con un mosquetón procedió a agredir en la zona de la costilla derecha, provocando que la víctima se desplomara, causándole lesiones que fueron diagnosticas clínicamente como graves que consistieron en HERIDA PENETRANTE DE TORAX Y ABDOMEN, DERRAME PERICARDIO según DAU N° 1534086, pudiendo determinar que la víctima sufrió lesiones corto punzante torácico y cardiaco de carácter grave gravísimo que sin atención urgente y oportuna son mortales“. Calificación jurídica: A juicio del Ministerio Público los hechos anteriormente descritos configuran el delito de Homicidio simple, sancionado en el artículo 391 N° 2 del Código Código: XEXWXNMZMGV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Penal, en grado de Frustrado y la participación de los imputados serían en calidad de autores. Los acusados, debidamente informados de sus derechos, aceptan la totalidad de los hechos de la acusación y antecedentes de la investigación en los cuales ésta se funda, están de acuerdo en tramitar el presente asunto de conformidad a las normas del procedimiento abreviado, cuyo

Fallo

se declara: I. Que se condena a BRAYAN DANIEL LANDEROS SESENQUE, cédula de identidad N° 17.956.208-1, y ALEJANDRO ANDRÉS LEONARDO SOTO PALMA , cédula de identidad N° 19.950.677-3, ya individualizados, a la pena de cinco años de presidio menor en su grado máximo, accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, sin costas, como autores del delito frustrado de Homicidio, previsto y sancionado en el artículo 391 N° 1 del Código Penal, hecho cometido en Arica, el día 1 de enero del año 2023. II. Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 15 bis de la Ley N°18.216, se sustituye a los sentenciados el cumplimiento de la pena privativa de libertad por la pena de Libertad Vigilada Intensiva por igual término que el de la condena, debiendo cumplir durante el período de control con las condiciones legales de las letras a), b) y c) del artículo 17 de la Ley 18.216. Adicionalmente, se impone las condiciones de las letras b) y d) del artículo 17 ter de la Ley N°18.216, sin perjuicio de las demás condiciones que establezca el delegado de libertad vigilada, en el informe respectivo. Los sentenciados deberán presentarse en las dependencias del Centro de Reinserción Social respectivo, dentro de quinto día de ejecutoriada la sentencia, para efectos de la elaboración del plan de intervención. En el caso del sentenciado Brayan Landeros, deberá presentarse en las dependenc

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA Fecha Arica, veintitrés de mayo de dos mil veinticuatro. Magistrado HÉCTOR NICOLAS BARRAZA AGUILERA Fiscal INGRID CASTRO MOLLO Defensa pública HAYLEEN SOLÍS THOMPSON, por el imputado Brayan Landeros. Defensa privada ALEXIS ROJO CLAROS, por el imputado Alejandro Soto. Tipo Audiencia Procedimiento abreviado. Hora inicio 11:15 Hora termino 11:55 Sala 4 Tribunal Juzgado de Garant

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