Juzgado de Familia Quilpue

ANONIMIZADO

Rol

C-926-2023

Fecha

13 de septiembre de 2023

Materia

DIVORCIO DE COMUN ACUERDO

Resultado

No especificado

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Hechos

Quilpué, trece de septiembre de dos mil veintitrés. Por cumplido lo ordenado. Proveyendo derechamente la solicitud de divorcio: A LO PRINCIPAL, PRIMER, SEGUNDO, TERCER, SEXTO Y SÉPTIMO OTROSÍ: Atendido lo dispuesto en el artículo 64 bis de la Ley 19.968 incorporado por la Ley 21.394, y habiéndose acompañado antecedentes suficientes para formarse convicción, se resolverá de plano la solicitud. AL CUARTO Y QUINTO OTROSÍ: Téngase presente el patrocinio y poder. AL OCTAVO OTROSÍ: Téngase presente la renuncia en los términos que se indican. Quilpué, trece de septiembre de dos mil veintitrés.

Fundamentos

Considerando: 1° Que comparecen don Moisés y doña Teresa, solicitando se declare terminado por divorcio de mutuo...

Texto Completo (Preview)

Quilpué, trece de septiembre de dos mil veintitrés. Por cumplido lo ordenado. Proveyendo derechamente la solicitud de divorcio: A LO PRINCIPAL, PRIMER, SEGUNDO, TERCER, SEXTO Y SÉPTIMO OTROSÍ: Atendido lo dispuesto en el artículo 64 bis de la Ley 19.968 incorporado por la Ley 21.394, y habiéndose acompañado antecedentes suficientes para formarse convicción, se resolverá de plano la solicitud. AL C

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