Juzgado de Letras y Garantía de La Unión.

SERGIO ALEXIS ORMEÑO LUENGO C/ JAIME BERNARDO PALMA SERÓN

Rol

O-95-2024

Fecha

27 de mayo de 2024

Materia

PESCA ILEGAL ARTS 135, 136TER, 139, 139BIS, 139TER LEY 18892

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “El día 14 de Julio del año 2023, siendo aproximadamente las 10:05 horas, el requerido Jaime Bernardo Palma Serón, conducía por la ruta 5 Sur a la altura del kilómetro 876 de la ciudad de La Unión, el Furgón, marca Mercedes Benz, modelo Sprinter 515 CDI, placa patente HJPX-36, cuyo peso bruto vehicular es de 5.000 kilos, sin haber obtenido la licencia de conducir profesional requerida para la conducción de ese tipo de vehículo motorizado y manteniendo en su poder, al interior de dicho móvil la cantidad de 3080 kilos de Merluza Austral y 244 kilos de Congrio Dorado, carga superior a la autorizada originalmente, correspondiente a 1500 kilos, por lo que no contaba con factura ni documentación que acreditase el origen legal de 1580 kilos de Merluza Austral y 244 kilos de Congrio Dorado, encontrándose dicho recurso hidrobiológico en estado de agotado o sobreexplotado, según Resolución Exenta N°0861 de fecha 30 de Marzo de 2023 de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura.” La parte considerativa: consta en el registro oficial de audio RUC 2300764236-9-226. Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1 y siguientes, artículo 11 Nº9, 15 N° 1, y demás pertinentes del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 139 Ter, inciso segundo de la Ley General de Pesca y Acuicultura; normas pertinentes de la Ley 18.216, se declara: I.- Que, se CONDENA al requerido don JAIME BERNARDO PALMA SERÓN, cédula de identidad N° 11.251.823-1, domiciliado en Pichicolo km 85. Sector hijuela 2, Lote 2c, Isla Llancahue, comuna de Hualaihue, como autor del delito consumado de “Mantener en su poder recursos hidrobiológicos declarados colapsados o sobreexplotados”, figura descrita y sancionada en el artículo 139 Ter, inciso 2°, parte final de la Ley General de Pesca y Acuicultura, acaecido en la comuna de La Unión, el día 14 de julio de 2023, a sufrir la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN GRADO MÁXIMO, y accesorias del artículo 30 del Código P

Fallo

se declara: I.- Que, se CONDENA al requerido don JAIME BERNARDO PALMA SERÓN, cédula de identidad N° 11.251.823-1, domiciliado en Pichicolo km 85. Sector hijuela 2, Lote 2c, Isla Llancahue, comuna de Hualaihue, como autor del delito consumado de “Mantener en su poder recursos hidrobiológicos declarados colapsados o sobreexplotados”, figura descrita y sancionada en el artículo 139 Ter, inciso 2°, parte final de la Ley General de Pesca y Acuicultura, acaecido en la comuna de La Unión, el día 14 de julio de 2023, a sufrir la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN GRADO MÁXIMO, y accesorias del artículo 30 del Código Penal, sin costas del procedimiento. II.- Que reuniéndose en la especie los requisitos contemplados en los artículos 7° y 8° de la Ley N° 18.216, se concede al sentenciado la pena sustitutiva de reclusión parcial domiciliaria nocturna, entre las veintidós horas de cada día hasta las seis horas del día siguiente, debiendo dar cumplimiento a dicha pena por el tiempo que dure la condena en el domicilio que ha señalado en la audiencia. Teniendo en cuenta donde este se encuentra emplazado, deberá verificarse el mismo mediante Carabineros de Chile, más cercana al domicilio del condenado. III.- Que no se condena en costas al sentenciado. IV.- Que, así mismo teniendo en consideración que el sentenciado cuenta con su domicilio en la comuna de Hualaihué, remítanse una vez firme y ejecutoriada la presente sentencia, los antecedentes al Tribunal de Letras y Garantía Hulaihué

Texto Completo (Preview)

Sentencia procedimiento simplificado. La Unión, veintisiete de mayo de dos mil veinticuatro. Hechos: “El día 14 de Julio del año 2023, siendo aproximadamente las 10:05 horas, el requerido Jaime Bernardo Palma Serón, conducía por la ruta 5 Sur a la altura del kilómetro 876 de la ciudad de La Unión, el Furgón, marca Mercedes Benz, modelo Sprinter 515 CDI, placa patente HJPX-36, cuyo peso bruto vehi

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