Juzgado de Garantía de Valdivia.

EFRAIN BALDOMERO MANOSALVA PEÑA C/ ALFREDO JACOB RODRÍGUEZ CARRASCO

Rol

O-5501-2023

Fecha

20 de mayo de 2024

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: “En Valdivia el día 23 de marzo el 2023 a las 23:20 aproximadamente el imputado Alfredo Jacobo Rodríguez Carrasco conducía en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir el automóvil marca Volkswagen modelo Vento color blanco año 1997 placa patente RB 2386 por calle Río Cauquenes a la altura del número 4091 Valdivia, lo que fue constatado por funcionarios policiales debido a su fuerte halito alcohólico, rostro congestionado, incoherencia al hablar e inestabilidad caminar que habrían notado al efectuar el control correspondiente. Posterior a esto fue trasladado al servicio SAR de Barrios Bajos con la finalidad de que se constatara lesiones y que se tomarán muestras, así el informe de alcoholemia de la muestra emitido por el Servicio Médico Legal arrojó como resultado 0,97° por mililitro de alcohol en la sangre al momento de desempeñar la conducción del vehículo” Calificación jurídica: conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir del artículo 110 inciso 2, 196 inciso 1 y 209 inciso 2, todos de la Ley 18.290. Grado de participación y desarrollo del delito: Autor ejecutor, consumado. Circunstancias modificatorias de responsabilidad: -Atenuantes: no concurren. -Agravantes: no concurren. Código: MZHXNZYEGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Antecedentes fundantes de la acusación: Testimonial: 1.- Declaración de Efrain Baldomero Monsalva Peña, Sargento primero, de la subcomisaría Óscar Cristi Gallo. 2.- declaración de Eduardo Tolosa Vázquez, sargento segundo de carabineros de la subcomisaria Óscar Cristi Gallo, sobre los hechos anteriores coetáneos y posteriores al objeto de esta acusación, el procedimiento efectuado y la autoridad de el delito atribuido Documental: 1.- Extracto de filiación y antecedentes del acusado 2.- Hoja de vida del conductor del acusado 3.- Informe de alcoholemia el servicio médico legal valdivia número 14

Fundamentos

CONSIDERANDO: Que en esta causa RIT Nº5501-2023, RUC Nº2300336957-9, el Ministerio Público de Valdivia presentó acusación verbal y requirió en procedimiento abreviado a don ALFREDO JACOB RODRÍGUEZ CARRASCO, cédula nacional de identidad Nº17.067.766-8, domiciliado en Calle Pasaje 4-E N°2926 Población Yáñez Zabala, comuna de Valdivia. PRIMERO: El Ministerio Público dedujo acusación verbal por los siguientes hechos: “En Valdivia el día 23 de marzo el 2023 a las 23:20 aproximadamente el imputado Alfredo Jacobo Rodríguez Carrasco conducía en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir el automóvil marca Volkswagen modelo Vento color blanco año 1997 placa patente RB 2386 por calle Río Cauquenes a la altura del número 4091 Valdivia, lo que fue constatado por funcionarios policiales debido a su fuerte halito alcohólico, rostro congestionado, incoherencia al hablar e inestabilidad caminar que habrían notado al efectuar el control correspondiente. Posterior a esto fue trasladado al servicio SAR de Barrios Bajos con la finalidad de que se constatara lesiones y que se tomarán muestras, así el informe de alcoholemia de la muestra emitido por el Servicio Médico Legal arrojó como resultado 0,97° por mililitro de alcohol en la sangre al momento de desempeñar la conducción del vehículo” Calificación jurídica: conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir del artículo 110 inciso 2, 196 inciso 1 y 209 inciso 2, todos de la Ley 18.290. Grado de participación y desarrollo del delito: Autor ejecutor, consumado. Circunstancias modificatorias de responsabilidad: -Atenuantes: no concurren. -Agravantes: no concurren. Código: MZHXNZYEGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Antecedentes fundantes de la acusación: Testimonial: 1.- Declaración de Efrain Baldomero Monsalva Peña, Sargento primero, de la subcomisaría Óscar Cristi Gallo. 2.- declaración de Eduardo Tolosa Vázquez, sargento segundo de carabineros de la subcomisaria Óscar Cristi Gallo, sobre los hechos anteriores coetáneos y posteriores al objeto de esta acusación, el procedimiento efectuado y la autoridad de el delito atribuido Documental: 1.- Extracto de filiación y antecedentes del acusado 2.- Hoja de vida del conductor del acusado 3.- Informe de alcoholemia el servicio médico legal valdivia número 14CTA ZAL-OH- 818 de el año 2023 del acusado Pena solicitada: -3 años de presidio menor en su grado medio; suspensión de su licencia de conducir por 2 años; multa de 10 UTM; accesorias legales; con costas de la causa. SEGUNDO: Para efectos del procedimiento abreviado en caso de aceptación se reconoce por el Ministerio Público la atenuante del artículo 11 número 9 del mismo cuerpo legal, no concurriendo agravantes y haciendo aplicación del artículo 407 solicitó las siguientes penas: -300 días de presidio menor en su grado mínimo; -Multa de 2 UTM; -Suspensión de licencia de conducir por

Fallo

Se declara: Código: MZHXNZYEGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que se condena a don ALFREDO JACOB RODRÍGUEZ CARRASCO, cédula nacional de identidad Nº17.067.766-8, por su participación en el delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir del artículo 110 inciso 2, 196 inciso 1 y 209 inciso 2, todos de la Ley 18.290, en calidad de autor y encontrándose el delito en grado de ejecución consumado, a las siguientes penas: A) 300 días de presidio menor en su grado mínimo. Que para el cumplimiento de la pena corporal impuesta se concede al sentenciado la PENA SUSTITUTIVA DE RECLUSIÓN PARCIAL DOMICILIARIA DIURNA, en su domicilio ubicado en Calle Pasaje 4-E N°2926 Población Yáñez Zabala, comuna de Valdivia, la que deberá cumplirse entre las 09:00 horas hasta las 17:00 horas de cada día, computándose una jornada de encierro por cada día de privación de libertad al cual fue sentenciado el condenado. Se concede a la defensa del sentenciado un plazo de 5 días desde la ejecutoria del presente fallo a fin de que aporte a la presente causa el respectivo informe de factibilidad técnica a efectos de que la supervisión del cumplimiento de la pena sustituta impuesta sea controlada a través del sistema de monitoreo telemático. Se le apercibe a que, en caso de no dar cumplimiento a lo ordenado, el control se efectuará a través de rondas periódicas y aleatorias por C

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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO Valdivia, veinte de mayo de dos mil veinticuatro. VISTOS, OÍDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: Que en esta causa RIT Nº5501-2023, RUC Nº2300336957-9, el Ministerio Público de Valdivia presentó acusación verbal y requirió en procedimiento abreviado a don ALFREDO JACOB RODRÍGUEZ CARRASCO, cédula nacional de identidad Nº17.067.766-8, domiciliado en Calle Pasa

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