VICTOR EDUARDO HENRIQUEZ TORRES C/ FELIPE IGNACIO PEREIRA CARRASCO
Rol
O-3655-2024
Fecha
23 de mayo de 2024
Materia
HURTO FALTA (494 BIS CODIGO PENAL).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “Que el día 22 de mayo de 2024, en horas de la mañana, el imputado Felipe Ignacio Pereira Carrasco ingreso al supermercado líder de esta ciudad ubicado en Avda. Diego Portales N°640 de esta ciudad, recorriendo los distintos pasillos del lugar y, específicamente en el pasillo N° 41, se apropia con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño de productos tales como pan, pasteles, galletas, hamburguesas, leche, chocolates, productos que oculta al interior de sus vestimentas. Para luego dirigirse a la salida por la caja Nº 4 del supermercado, sin cancelar los productos, esta conducta fue captada por las cámaras de televigilancia del supermercado, motivo por el cual fue controlado por los guardias de seguridad al momento de salir del establecimiento entregando el imputado en forma voluntaria de las especies sustraídas que fueron avaluadas en$ 33.000.-, según boleta electrónica entregada por Supermercado Líder”. Calificación jurídica: Código: XQKYXNMCBWT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl A juicio del Ministerio Público los hechos anteriormente descritos configuran el delito de hurto sumple, sancionado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal. Autor, frustrado. Consulta de admisión: El imputado admite responsabilidad en los hechos del requerimiento. Sentencia Procedimiento Simplificado. Arica, veintitrés de mayo de dos mil veinticuatro. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 14, 15 N° 1, 49, 50, 52, 70, 432, 436, 446 N°3 del Código Penal, artículo 395 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se condena a FELIPE IGNACIO PEREIRA CARRASCO, cédula de identidad N° 19.024.857-7, ya individualizado, a la pena de multa de un tercio de unidad tributaria mensual, sin costas, como autor del delito frustrado
Fallo
se declara: I.- Que se condena a FELIPE IGNACIO PEREIRA CARRASCO, cédula de identidad N° 19.024.857-7, ya individualizado, a la pena de multa de un tercio de unidad tributaria mensual, sin costas, como autor del delito frustrado de hurto, establecido en el artículo 446 N° 3 del Código Penal, sorprendido en Arica el día 22 de mayo de 2024. II.- La multa se da por cumplida, por el día que estuvo privado de libertad a propósito del control de detención de esta fecha, conforme lo establece el artículo 49 del Código Penal. Regístrese y cúmplase lo dispuesto en lo artículo 468 del Código Procesal Penal Téngase presente que los intervinientes renuncian a los plazos para deducir recursos contra la sentencia, por lo que se entiende ejecutoriada. Orden de libertad en la presente causa, si no estuviera privado de ella por otra. RUC 2400581712-5 RIT 3655 - 2024 Dirigió la audiencia y dictó sentencia por la señora CARMEN MACARENA CALAS GUERRA, Jueza Titular del Juzgado de Garantía de Arica. Código: XQKYXNMCBWT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-05-26T11:59:00-0400
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA Fecha Arica, veintitrés de mayo de dos mil veinticuatro Magistrada CARMEN MACARENA CALAS GUERRA Fiscal DANIELLA ANNIBALI LIENDO Defensor CARLOS MIRANDA RODRIGUEZ Tipo de Audiencia Control de detención Hora inicio 11:59 Hora termino 12:15 Sala 1 Tribunal Juzgado de Garantía de Arica Registro de audio 2400581712-5-992-240523-00-03 - CDET MCG ALV RIT 3655 2024 exh 590 2024 Acta alv
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