Juzgado de Garantía de la Serena.

MP C/ JOAQUÍN ESTEBAN CATALDO CARVAJAL

Rol

O-7299-2023

Fecha

25 de mayo de 2024

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

vistos los antecedentes y

Fundamentos

considerando: PRIMERO: Ante este Juzgado de Garantía, el Ministerio Público, formuló requerimiento verbal en procedimiento simplificado, en contra de JOAQUÍN ESTEBAN CATALDO CARVAJAL, cédula de identidad N° . . - , nacido el 8 de septiembre de , chileno, soltero, domiciliado en block 4 departamento 4, población Centenario Uno, comuna de La Calera.- SEGUNDO: Con esta fecha se celebró audiencia de procedimiento simplificado con la asistencia de todos los intervinientes, y se dio lectura al requerimiento, el que versa sobre los siguientes hechos: “El día 8 de noviembre de , a las 6. horas aproximadamente, al interior de la tienda Easy, ubicada en Parcela Vega Sur No. 6 , en la comuna de La Serena, el imputado Joaquin Cataldo Carvajal, se apropió y sustrajo 8 latas de aerosoles de diversos tipos y marcas, de propiedad de la referida tienda, avaluados en la suma total de $ 6. .- siendo detenido por guardias de seguridad en momentos en que hacía abandono del local por uno de los accesos, sin pagar el valor de las especies las que mantenía ocultas al interior de un basurero de plástico.”. Estos hechos fueron calificados por el Ministerio Público como constitutivos de un delito frustrado consumado de hurto simple, contenido en el artículo 446 N° del Código Penal, en el que el imputado ha tenido participación directa en calidad de autor. La Fiscalía ha indicado que que beneficia al imputado la circunstancia atenuante de irreprochable conducta anterior y no le perjudican circunstancias agravantes, solicitando la aplicación de una pena de sesenta días de prisión en su grado máximo, multa de dos unidades tributarias mensuales, además de la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, con costas. Código: RHLHXNXWSXT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl P R O C E D I M I E N T O : S i m p l i f i c a d o . R U C N º : - . R I T N º : - . D E L I T O : Hu r t o s imp l e ( C ó d i g o P e na l , a r t . 4 4 N ° ) S E N T E N C I A D O : J O A Q U Í N E S T E B A N C A T A L D O C A R V A J A L . - R I T - P á g i n a TERCERO: En la misma audiencia antes indicada, la representante del órgano persecutor, con el objeto de que el imputado admita responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento, le reconocería la circunstancia atenuante del artículo N° del Código Penal, y solicita en definitiva para ese evento, se le imponga la pena de cuarenta y un días de prisión en su grado máximo y multa de un tercio de una unidad tributaria mensual, sin costas. CUARTO: Informado de sus derechos y advertido de las consecuencias legales de su decisión, según consta en la audiencia respectiva, el imputado ha reconocido su responsabilidad en los hechos materia de la imputación de la Fiscalía, circunstancia que no fue controvertida por su defensa, tanto respecto de la existencia y calificación jurídica de los hechos, cuanto respecto de la intervención y grado de participació

Fallo

Por estas consideraciones, y teniendo presente además lo dispuesto en los artículos , 88 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos , 6, , N° 6 y , 4 Nº , Nº , , , , , , 4 , 446 N° y 44 del Código Penal, y artículos y 4 de la Ley N° 8. 6, SE DECLARA: I.- Se condena a JOAQUÍN ESTEBAN CATALDO CARVAJAL, cédula de identidad Nº . . - , antes individualizado, a una pena de cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, a la suspensión de cargo u oficio público por el tiempo de la condena y al pago de una multa equivalente a un tercio de una unidad tributaria mensual, como autor de un delito frustrado de hurto simple, previsto y sancionado en el artículo 446 N° del Código: RHLHXNXWSXT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl P R O C E D I M I E N T O : S i m p l i f i c a d o . R U C N º : - . R I T N º : - . D E L I T O : Hu r t o s imp l e ( C ó d i g o P e na l , a r t . 4 4 N ° ) S E N T E N C I A D O : J O A Q U Í N E S T E B A N C A T A L D O C A R V A J A L . - R I T - P á g i n a Código Penal, cometido el 8 de noviembre de , en esta comuna. II.- La multa impuesta se tendrá por cumplida en atención al día 8 de noviembre de , fecha en la que el sentenciado permaneció privado de libertad con ocasión de esta causa. III.- Se concede al sentenciado la pena sustitutiva de remisión condicional, por el período de un año, quedando sujeto al control administrativo y asistencia al Centro de Reinserción Social de

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P R O C E D I M I E N T O : S i m p l i f i c a d o . R U C N º : - . R I T N º : - . D E L I T O : Hu r t o s imp l e ( C ó d i g o P e na l , a r t . 4 4 N ° ) S E N T E N C I A D O : J O A Q U Í N E S T E B A N C A T A L D O C A R V A J A L . - R I T - P á g i n a La Serena, veinticinco de mayo de dos mil veinticuatro.- Oídos los intervinientes, vistos los antecedentes y considerando: PRIMER

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