C/ CAROLINA ANDREA OLIVARES ZAPATA
Rol
O-38-2024
Fecha
25 de mayo de 2024
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, con fecha veinte de mayo del presente año, ante la sala del Tribunal Oral en lo Penal de Talagante, integrada por las juezas, Marisel Canales Moya, quien presidió la audiencia, e integrada por Katiuska Sobarzo Sobarzo y Daniela Pérez Vivallo, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral en causa RIT - para conocer la acusación contra CAROLINA ANDREA OLIVARES ZAPATA, cédula de identidad 15. 9. 55- , con domicilio en Calle Nuevo Horizonte N° 7 casa Nº 1 comuna de Peñaflor. Sostuvo la acusación del Ministerio Público, la fiscal Carolina Montero, en tanto la defensa de la acusada estuvo a cargo de la defensora penal pública Fernanda Márquez Hernández; ambas con domicilios y forma de notificación ya registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Acusación. Los hechos materia de la acusación, según se lee en el auto de apertura del juicio oral son los siguientes: “El día de abril de a las 17 horas aproximadamente la acusada CAROLINA ANDREA OLIVARES ZAPATA concurrió al CDP TALAGANTE ubicado en calle Manuel Rodríguez N° comuna de Talagante portando consigo una encomienda dirigida al imputado ESTEBAN GONZÁLEZ ZUÑIGA condenado por el delito de tráfico de drogas. Al momento del registro de la encomienda al interior de una pasta de dientes la acusada llevaba 15 tubos plásticos tipo bombillas que en su interior contenían 11 de ellos, cannabis sativa con un peso de 1 , grs y de ellos contenían cocaína con un peso de ,1 gramos, todo sin autorización alguna y en sus manos contenía un papel con cannabis sativa con un peso de , 6 gramos”. Calificación Jurídica: Los hechos descritos son constitutivos del delito de Tráfico Ilícito de drogas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo de la Ley . , configurándose la agravante del articulo 19 h) de Ley . , en calidad de autor y en grado de consumado, atribuyéndole a la acusada participación en calidad de autora, de conformidad con lo Código: EJYHXNXXNXT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl dispuesto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal. Circunstancias Modificatorias de Responsabilidad Penal: A juicio del Ministerio Público, concurre como circunstancia modificatoria, la establecida en el artículo 19, letra H, de la ley . Pena Solicitada: En razón del delito por el que se ha acusado, participación de la acusada, circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, grado de desarrollo del delito, esta Fiscalía requiere se imponga a la acusada CAROLINA OLIVARES ZAPATA por el delito de tráfico de drogas en pequeñas cantidades, la pena de 5 años y 1 día de presidio mayor en su grado mínimo, multa de Unidades Tributarias Mensuales, accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, comiso y autorización de destrucción de especies incautadas y las costas de la causa, según
Fallo
se declara: I.- Que se condena a CAROLINA ANDREA OLIVARES ZAPATA, ya individualizada, a la pena de años y día de presidio menor en su grado máximo, a pagar una multa ascendente a UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, equivalente en moneda nacional a la fecha de su pago; a la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena; en calidad de autora del delito de tráfico ilícito de sustancias o drogas estupefacientes o psicotrópicas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo º de la Ley Nº . , en grado de consumado, cometido el de abril de Código: EJYHXNXXNXT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl , al interior del Centro de Detención Preventiva, en la comuna de Talagante. II.- Que, no concurriendo los presupuestos de la Ley 1 . 16 para acceder a una pena sustitutiva, ésta deberá cumplirse de manera REAL Y EFECTIVA, debiendo presentarse ante el CDP correspondiente a iniciar la ejecución de la pena, dentro de quinto día de ejecutoriada la sentencia. Dese orden de ingreso al centro de reclusión que corresponda, sirviéndole de abono a la pena corporal, el día que la acusada pasó a audiencia de control de detención, el día 1 de febrero del presente año, conforme certificación de la Ministro de Fe del tribunal de fecha de mayo del año en curso III.- Que la pena de multa s
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TRÁFICO ILÍCITO DE ESTUPEFACIENTES. C/ CAROLINA OLIVARES ZAPATA. RIT - RUC - Talagante, veinticinco de mayo de dos mil veinticuatro. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, con fecha veinte de mayo del presente año, ante la sala del Tribunal Oral en lo Penal de Talagante, integrada por las juezas, Marisel Canales Moya, quien presidió la audiencia, e integrada por Katiuska
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