COMPAÑÍA CONTRACTUAL MINERA LOS ANDES/
Rol
V-366-2020
Fecha
29 de marzo de 2021
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en folio 1 el 16 de septiembre de 2020 Diego Brieba Vial, chileno, casado, abogado, RUT N 8.625.311-9, en domiciliado en Paseo Hu rfanos Nº é ° 1270, piso N 10, Santiago, en representaci n seg n se acredita de ° ó ú Compa añí Contractual Minera Los Andes, empresa chilena, del giro de su denominaci n, RUTó 78.860.780-0, del mismo domicilio, present ó Pedimento Minero, denominado ROMULO G 6“ , ” solicitando la concesión del mismo.- SEGUNDO: Que, dicho pedimento se inscribi ó a fojas 498, N 339° en el Registro de Descubrimiento del Conservador de Minas de Rancagua del año 2020.- TERCERO: Que, el pedimento antes referido se public ó el 22 de octubre de 2020 en el Boletín de Minería N 42.786° - CUARTO: Que, en folio 12 mediante ORD N°0254 de 03 de marzo de 2021 del Servicio Nacional de Geología y Minería emiti ó el correspondiente informe, consignando este último, que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión se encuentra conforme con las disposiciones legales vigentes y agrega que la forma dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión se ajustan a la ley, y la cara superficial de la concesión solicitada est á comprendida dentro del terreno pedido. QUINTO: Que, las coordenadas UTM de cada uno de los vértices del perímetro de la cara superior del pedimento minero, denominado ROMULO G 6“ ,” materia de esta gestión son: VERTICE NORTE mts. ESTE mts. P.M. 6.226.000,00 381.500,00 V1 6.227.000,00 381.000,00 V2 6.227.000,00 382.000,00 V3 6.225.000,00 382.000.00 V4 6.225.000,00 381.000,00 Y, vistos, además, lo dispuesto en los artículos 57 y 87 del Código de Minería y artículo 42 del Reglamento,
Fallo
se declara: RIT« » Foja: 1 I.- SE APRUEBA el plano y se declara constituida la concesión de la exploración denominada ROMULO G 6“ , de” una superficie total de 200 hectáreas, a su solicitante Diego Brieba Vial, R.U.T. N 8.625.311-9, en representaci n deº ó Compa a Minera los Andes, RUT N 78.860.780-6.-ñí ° II.- Publíquese esta sentencia en extracto conforme lo ordena el artículo 77 del Código de Minería y artículo 43 de su Reglamento. III.- Inscríbase esta sentencia dentro del plazo de 120 días que señala el artículo 89 del Código de Minería en el registro correspondiente del Conservador de Minas de Rancagua y remítase copia del plano al Conservador de Minas referido para su archivo.- IV.- Hágase entrega al interesado del original y copia del plano a fin de que dé cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 del reglamento del Código de Minería.- V.- En su oportunidad, certifíquese la ejecutoria de la sentencia.- VI.- El solicitante deber á extraer del sistema de tramitación electrónica las copias necesarias para el cumplimiento de lo ordenado.- Regístrese, notifíquese y en su oportunidad archívese.- Dictada por don Andr s Pinto Fraser, Juez Titular de este Primer Juzgado Civilé de Rancagua.- Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Rancagua, veintinueve de Marzo de dos mil veintiuno. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 16 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Rancaguaº CAUSA ROL : V-366-2020 CARATULADO : COMPA A CONTRACTUAL MINERA LOSÑÍ ANDES/ Rancagua, veintinueve de Marzo de dos mil veintiuno VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en folio 1 el 16 de septiembre de 2020 Diego Brieba Vial, chileno, casado, abogado, RUT N 8.625.311-9, en domiciliado en Paseo Hu rfan
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