8º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ KISSMY LISA ORELLANA MAMANI

Rol

O-1878-2023

Fecha

16 de mayo de 2024

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: “Que el día de marzo de , siendo aproximadamente las . horas, en circunstancias que la víctima Consuelo Cáceres Martínez, se encontraba al interior de la estación de metro Baquedano, ubicada en la comuna de Providencia y en los momentos que descendía del vagón de metro, se acerca a ella en forma sigilosa la imputada Kissmy Lisa Orellana Mamani, ya individualizada, la cual procede a introducir su mano en el bolsillo de la mochila que portaba la afectada sustrayéndole en contra de su voluntad y con ánimo de lucro su teléfono celular, marca Apple, modelo iPhone pro, color azul, carcasa color rosado, percatándose de ello la víctima, procediendo a encarar a la imputada exigiéndole la entrega de su especie, ante lo cual llega personal de metro los que retienen a la imputada entregándola posteriormente a carabineros, recuperándose la especie que fue avalada por la víctima en la suma de $ . . .” Santiago, dieciséis de mayo de dos mil veinticuatro VISTOS, OÍDO Y TENIENDO PRESENTE: En virtud de lo dispuesto en los artículos º, º, °, N° 6, N° , Nº , , , y 6 N° del Código Penal y artículos y siguientes del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que, se condena a KISSMY LISA ORELLANA MAMANI, C.I. . .6 -6, domiciliada en pasaje Pellín N° 66 , comuna de Puente Alto, a la pena de Cuarenta y un (41) días de prisión en su grado máximo, 1/3 de UTM y accesorias legales de suspensión de cargos u oficios público durante el tiempo de la condena como autor del delito frustrado de Hurto simple descrito y sancionado en el artículo 6 N° del Código Penal, perpetrado el de marzo de , en la comuna de Providencia. II.- Que se exime a la sentenciada del pago de las costas de la causa, por haber admitido responsabilidad en los hechos. Código: LTXXXNXWMBT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl III.- Que la pena privativa de libertad, se sustituye por la Reclusión Parcial Nocturna en su domicilio ubicado en pasaje Pellín N° 66 ,

Fallo

se declara: I.- Que, se condena a KISSMY LISA ORELLANA MAMANI, C.I. . .6 -6, domiciliada en pasaje Pellín N° 66 , comuna de Puente Alto, a la pena de Cuarenta y un (41) días de prisión en su grado máximo, 1/3 de UTM y accesorias legales de suspensión de cargos u oficios público durante el tiempo de la condena como autor del delito frustrado de Hurto simple descrito y sancionado en el artículo 6 N° del Código Penal, perpetrado el de marzo de , en la comuna de Providencia. II.- Que se exime a la sentenciada del pago de las costas de la causa, por haber admitido responsabilidad en los hechos. Código: LTXXXNXWMBT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl III.- Que la pena privativa de libertad, se sustituye por la Reclusión Parcial Nocturna en su domicilio ubicado en pasaje Pellín N° 66 , comuna de Puente Alto, por 41 noches, entre las : y las 6: del día siguiente, sin abonos que considerar. Una vez ejecutoriada, ofíciese a la Unidad policial más cercana al domicilio de la sentenciada para que supervise el cumplimiento de la pena sustitutiva impuesta. IV.- Que la pena pecuniaria se le da por cumplida con el tiempo que la sentenciada permaneció privada de libertad con ocasión de estos hechos. Dese cumplimiento, en su oportunidad, a lo dispuesto en el artículo 6 del Código Procesal Penal. Regístrese. RUC - RIT - DICTADA POR MARÍA ISABEL SAAVEDRA REYES, JUEZ(S) DEL OCTAVO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO. LA SENTENCI

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OCTAVO JUZGADO DE GARANTÍA SANTIAGO RESUMEN CONDENADO KISSMY LISA ORELLANA MAMANI FISCAL AUGUSTO SOBARZO LEGIDO-NEGRONI DEFENSA PRIVADA MARIO HERNÁN AHUMADA VERGARA RUC - RIT - HECHOS: “Que el día de marzo de , siendo aproximadamente las . horas, en circunstancias que la víctima Consuelo Cáceres Martínez, se encontraba al interior de la estación de metro Baquedano, ubicada en la comuna de Providen

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