Juzgado de Letras de Colina

MAUREIRA/LINSA S.A.

Rol

O-217-2020

Fecha

2 de junio de 2022

Materia

Despido injustificado, Nulidad del despido, Prestaciones

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos indicados en la carta de despido. En cuanto a dicha misiva, expuso que su empleador no señala los hechos en que se sustenta la causal, dado que la carta únicamente se basa en especulaciones acerca del futuro de la actividad minera. Indicando que conforme a ello, en tal comunicación no se han mencionado hechos que puedan ser acreditados en juicio, puesto que no se refieren a aspectos técnicos o estructurales. Afirmando que aquella no señala en qué consistiría la baja de facturación, ni cuales son, en concreto, las reasignaciones o reestructuraciones. Agregando que sus funciones en la empresa no han desaparecido. Además de lo anterior, indicó que le consta que en el mes de marzo del 2020, se incorporó a la cartera de clientes la empresa Inmobiliaria Agrícola y Comercial Baltierra S.A y la empresa Strabag SpA, lo que afirmó, resta todo valor a la especulación efectuada en la carta de despido. En cuanto a los

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO. Individualización de las Partes. Comparece ARMANDO RENATO MAUREIRA CARRASCO, cesante, cédula nacional de identidad número 9.413.359-9, domiciliado en Avenida Chiloé 2355, ciudad del sol, comuna de Puente Alto, Región Metropolitana, interpuso demanda por despido improcedente, nulidad de despido y cobro de prestaciones en contra de: 1. LOGISTICA LINSA S.A., rol único tributario número 96.874.380-5, representada legalmente por JORGE GONZÁLEZ MOLINA, cédula nacional de identidad número 6.500.733-9, de quien ignora profesión u oficio, domiciliados en El Quillay N° 412, comuna de Lampa, región Metropolitana; 2. REPARACIONES Y SERVICIOS VARIOS S.A., rol único tributario número 76.053.638-5, representada legalmente por JORGE GONZÁLEZ MOLINA, cédula nacional de identidad número 6.500.733-9, ambos domiciliados en Montevideo N° 448, comuna y ciudad de Antofagasta; 3. RENTA EQUIPOS TRAMACA S.A., rol único tributario número 99.527.200-8, representada por JORGE GONZÁLEZ MOLINA, cédula nacional de identidad número 6.500.733-9, domiciliados en Montevideo N°448, comuna y ciudad de Antofagasta; 4. CORPORACION NACIONAL DEL COBRE DE CHILE, rol único tributario número 61.704.000-K, representada legalmente por NELSON PIZARRO CONTADOR, cédula nacional de identidad número 4.734.699-K, ambos domiciliados en Huérfanos 1270, Santiago, en su calidad de demandado solidario y/o subsidiario. SEGUNDO. Demanda. Expuso que la unidad económica respecto de Logística Linsa S.A, Reparaciones y Servicios Varios S.A y Renta Equipo Tramaca S.A, ha sido declarada mediante sentencia definitiva dictada en causa O-187-2017, seguida ante éste juzgado, en la cual se estableció que todos ellos constituyen una sola empresa. Sin perjuicio de ello, añadió que existe reconocimiento expreso de las demandadas en orden a conformar una unidad económica, como consta en causa O-729-2017 del Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta. En cuanto a la relación laboral, indicó que desde el 1 de julio de 2017, la empresa Linsa S.A, mantiene un contrato de prestación de servicios con la Corporación Nacional del Cobre de Chile por servicios de transporte de carga, asegurando que sus funciones se ejecutaban en relación a dicho contrato. Manifestó que con fecha 7 de agosto de 2017, comenzó a prestar servicios para la demandada, efectuando las labores de Inspector de Área Técnica y CRO que Linsa S.A, le asignara, sosteniendo que su remuneración mensual, conforme el artículo 172 del Código del trabajo, ascendía a la suma de $1.247.099.-, el cual desglosó en los siguientes ítems; 1. Sueldo base de $772.050.- 2. Bono de cumplimiento de $236.532.- 3. Bono de gestión por $50.000.- 4. Gratificación anual garantizada por la suma de $119.146.- 5. Colación por la cantidad de $35.394.- 6.Movilización por la suma de $33.977.- Señaló que desde el mes de octubre de 2019, su empleador no le paga sus remuneraciones, precisando que aquel le adeudaba los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2019,

Fallo

fallo citado, a tal punto que, en lo actual no se dan ni se cumplen los requisitos fácticos exigidos por la ley. Sostuvo que consta en estos autos que se ha notificado las demandas a cada liquidadora, como que las sociedades Reparación y Servicios Varios S.A. y Renta Equipos Tramaca S.A. se encuentran actualmente sometidas a un proceso de liquidación, en virtud del cual no es posible entender a dichas sociedades como una unidad económica en tanto que no se dan los presupuestos del artículo 3 del Código del Trabajo. Especificó que los elementos que configuraban tal unidad ya no existen, puesto que: 1. las sociedades demandadas ya no tienen un mismo representante legal. 2. las sociedades demandadas ya no tienen un mismo domicilio. 3. las sociedades demandadas ya no tienen una complementariedad de los productos y servicios que elaboran o prestan. 4. existen 3 sociedades que no tienen actividad comercial empresarial alguna, y se encuentran sujetas a un procedimiento de liquidación concursal. 5. no existe una dirección laboral común. Concluyó que la unidad económica alegada por el demandante no es efectiva, toda vez que ya no concurren los presupuestos legales que la configuraron en su oportunidad, no siendo posible fundar o tener por acreditada la existencia de un empleador único en virtud de una sentencia de hace años, y especialmente habiéndose producido la liquidación concursal de la mayoría de las empresas que la constituyeron. Finalmente, señaló que en virtud de todos lo

Texto Completo (Preview)

Juzgado de Letras y del Trabajo Colina Armando Renato Maureira Carrasco c/ Logística Linsa S.A. Renta Equipos Tramaca S.A. Reparación Y Servicios Varios S.A. Corporación Nacional Del Cobre De Chile Subcontratación Despido Improcedente Nulidad del Despido Cobro de Prestaciones e Indemnizaciones Rol Interno Tribunal: O-217-2020 Rol único de Causa: 20-4-0267887-K ----------------------------------

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica