HELGA PAULINA DROGUETT KEIM C/ BENJAMÍN IGNACIO ARAYA MORALES
Rol
O-931-2023
Fecha
22 de mayo de 2024
Materia
EJERCICIO ILEGAL DE LA PROFESIÓN.ART. 213. INC. 1º., FALSIFICACION O USO MALICIOSO DE DOCUMENTOS PRIVADOS., RECEPTACION. ART. 456 BIS A.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: En Valdivia, el día 05 de marzo de 2022, el imputado BENJAMÍN IGNACIO ARAYA MORALES, mantenía en su poder dos recetas médicas y un timbre, pertenecientes a la víctima Helga Droguett Keim, médico cirujano, las que le habían sido sustraídas mediante delito de robo en bien nacional, ocurrido en Valdivia, el día 01 de marzo de 2022. El imputado con su puño y letra, atribuyéndose la calidad de médico y usurpando la profesión y oficio de la víctima, llenó ambas recetas procediendo a prescribir como medicamento a adquirir clonazepam y falsificando también la firma de la médico cirujano ya señalada, colocándole el timbre, logrando utilizar una de ellas en la farmacia Cruz Verde de calle Bueras de Valdivia, donde logró adquirir la cantidad de 60 pastillas de clonazepam para su uso personal y exclusivo. Con fecha 07 de marzo de 2022, alrededor de las 19:00 horas, personal de la Brigada de robos de la PDI Valdivia, halló en poder del imputado, al interior de su domicilio ubicado en Av. Francia N° 811, departamento N° 43, Valdivia, un macbook color azul, marca HP, especie de propiedad de doña Elizabeth Pérez Contreras, a quien se la habían sustraído mediante delito de robo en lugar destinado a la habitación, ocurrido el día 01 de enero de 2022, en su domicilio ubicado en calle Camilo Henríquez de Valdivia. El imputado conocía o no podía menos que conocer el origen ilícito de la especie, toda vez que registraba en la pantalla la identidad de la afectada. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio RUC N° 2200232674-8-1084 y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 14 N° 1, 15 N° 1, 67 y siguientes, 70, 197, 213 y 456 bis A del Código Penal, artículos 388, 395, 406, 407, 409 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: Que se condena a BENJAMÍN IGNACIO ARAYA MORALES, Cédula de Identidad Nº 20346382-0, domiciliado en Avenida Francia Nº 811, Depto
Fallo
se declara: Que se condena a BENJAMÍN IGNACIO ARAYA MORALES, Cédula de Identidad Nº 20346382-0, domiciliado en Avenida Francia Nº 811, Depto. 43 de Valdivia, actualmente cumpliendo condena en el Complejo Penitenciario de Valdivia, a las siguientes penas como autor en los términos del artículo 15 N° 1 del Código Penal, grado de desarrollo consumado, de los siguientes ilícitos, perpetrados en Valdivia los días 05 de marzo de 2022 y 07 de marzo de 2022. Por el delito de RECEPTACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 456 BIS A del Código Penal, a una pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesorias del artículo 30 del Código Penal, esto es, accesorias de Código: HQGKXNJWZXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, a una multa de TRES UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, a beneficio fiscal, sin costas. Por el delito de FALSIFICACIÓN de instrumento privado, previsto y sancionado en el artículo del artículo 197 del Código Penal, a una pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesorias del artículo 30 del Código Penal, esto es, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, a una multa de CUATRO UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, a beneficio fiscal, sin costas. Por el delito de USURPACIÓN de la profesión, previsto y sancionado en el artículo del artículo 213 del Código Pe
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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Valdivia, veintidós de mayo de dos mil veinticuatro. Hechos: En Valdivia, el día 05 de marzo de 2022, el imputado BENJAMÍN IGNACIO ARAYA MORALES, mantenía en su poder dos recetas médicas y un timbre, pertenecientes a la víctima Helga Droguett Keim, médico cirujano, las que le habían sido sustraídas mediante delito de robo en bien nacional, ocurrido en Valdi
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