ARRIENDO URBANO SPA/BERNA
Rol
C-2078-2021
Fecha
26 de marzo de 2021
Materia
ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN
Resultado
No especificado
Hechos
Visto Comparece Arriendo Urbano SpA., sociedad del giro de su nombre, representada convencionalmente, domiciliados en Avenida Andrés Bello N°2777, oficina 24, comuna de Las Condes, y deduce demanda en juicio sumario especial sobre terminación inmediata de contrato de arrendamiento por falta de pago de rentas, cobro de rentas insolutas y consumos domiciliarios, en contra de Víctor Manuel Berna Rodríguez, ignora profesión u oficio, domiciliado en calle Santa Elena N°1.486, departamento 1709, del Edificio denominado “Nueva Oriente”, comuna de Santiago, en su calidad de arrendatario del inmueble, y de Reinaldo José Álvarez Vergara, ignora ocupación, domiciliado en calle Santa Elena N°1486, departamento 1709 del Edificio “Nueva Oriente”, comuna de Santiago, en su calidad de fiador y codeudor solidario en todas las obligaciones contraídas por el demandado en el presente contrato, solicitando que en definitiva se declare: a) La terminación del contrato de arrendamiento suscrito entre las partes con fecha 31 de diciembre de 2019, por la falta de pago de rentas de los meses de noviembre y diciembre de 2020, enero y febrero de 2021, respecto del inmueble ubicado en calle Santa Elena N°1.486, departamento 1709, del edificio denominado “Nueva Oriente”, comuna de Santiago; b) que el demandado sea condenado a restituir el inmueble arrendado a su parte, dentro del plazo de tercero día de notificada la sentencia, bajo apercibimiento de proceder al lanzamiento de los ocupantes y enseres con auxilio de la fuerza pública, o en subsidio, en el plazo que se estime en derecho; c) que el demandado sea condenado a pagar el monto equivalente a las rentas adeudadas a la fecha de la demanda, correspondiente a la suma de $1.036.960, pesos, más la cantidad de $259.240, por cada mes o fracción de mes que retarde en la restitución del inmueble, debidamente reajustado hasta la fecha de su entrega efectiva, más las sumas no pagadas correspondientes a los consumos domiciliarios adeudados, que a la f
Fundamentos
Considerando RIT« » Foja: 1 Primero: Ha comparecido Arriendo Urbano SpA., deduciendo demanda en juicio sumario especial sobre terminación inmediata de contrato de arrendamiento, por falta de pago de rentas, cobro de rentas insolutas y consumos domiciliarios, en contra de Víctor Manuel Berna Rodríguez y/o de Reinaldo José Álvarez Vergara, solicitando que en definitiva se declare: a) La terminación del contrato de arrendamiento suscrito entre las partes con fecha 31 de diciembre de 2019, por la falta de pago de rentas de los meses de noviembre y diciembre de 2020, enero y febrero de 2021, respecto del inmueble ubicado en calle Santa Elena N°1.486, departamento 1709, del edificio denominado “Nueva Oriente”, comuna de Santiago; b) que el demandado sea condenado a restituir el inmueble arrendado a su parte, dentro del plazo de tercero día de notificada la sentencia, bajo apercibimiento de proceder al lanzamiento de los ocupantes y enseres con auxilio de la fuerza pública, o en subsidio, en el plazo que se estime en derecho; c) que el demandado sea condenado a pagar el monto equivalente a las rentas adeudadas a la fecha de la demanda, correspondiente a la suma de $1.036.960, pesos, más la cantidad de $259.240, por cada mes o fracción de mes que retarde en la restitución del inmueble, debidamente reajustado hasta la fecha de su entrega efectiva, más las sumas no pagadas correspondientes a los consumos domiciliarios adeudados, que a la fecha ascienden a la cantidad de $33,767, en concepto de energía eléctrica, $6.590 por agua potable y $68.157, por gastos comunes, además de los adeudados que se acrediten en la audiencia de estilo, intereses y reajustes legales señalados en la ley, ola suma que se estime en derecho; d) que se declare que Reinaldo José Álvarez Vergara, es fiador y codeudor solidario en todas las obligaciones dinerarias a las que sea eventualmente condenado el arrendatario; e) en subsidio, para el caso que el deudor enerve la acción pagando las rentas adeudadas, consumos domiciliarios e intereses pactados, se desahucie el contrato habido entre las partes y ordenar la restitución de la propiedad libre de todo ocupante, dentro de tercero día de ejecutoriada la sentencia o dentro del plazo que se fije, bajo apercibimiento de lanzamiento con auxilio de la fuerza pública del demandado, ocupantes del inmueble y sus enseres, condenándolo además al pago de las costas. Funda demanda en antecedentes de hecho y de derecho expuestos en la parte expositiva de esta sentencia. Segundo: La demandada se mantuvo rebelde a lo largo del proceso. Tercero: De lo establecido en los artículos 1545, 1938 y 1942 del Código Civil se desprende que el contrato de arrendamiento es un contrato bilateral, por medio del cual una de las partes, el arrendador, concede el goce de una cosa y la otra, el arrendatario, se obliga a pagar el precio o renta determinada, siendo esta última su obligación principal, o esencial en los términos del artículo 1444 del cuerpo legal ante
Fallo
se resuelve: a) Que, se hace lugar a la demanda en cuanto se declara terminado el contrato de arrendamiento suscrito entre las partes de este juicio, por incumplimiento de la demandada en el pago de las rentas, omitiéndose pronunciamiento de la demanda subsidiaria; b) Que, se condenada al demandado Víctor Berna Rodríguez y/o fiador y codeudor solidario Reinaldo José Álvarez Vergara, al pago de las rentas adeudadas más las que se devenguen durante la secuela del juicio hasta la restitución efectiva del inmueble arrendado y reajustes; c) Que, la demandada deberá restituir el inmueble sub lite, libre de todo ocupante, dentro de tercero día desde que la presente sentencia causa ejecutoria; d) Que, se accede al cobro de servicios básicos y gastos comunes adeudados de acuerdo a lo señalado en motivo décimo de esta sentencia; e) Que, se condena en costas a las demandadas. Regístrese y Notifíquese. Nº2078-2021 Pronunciada por Ricardo Núñez Videla, Juez Titular RIT« » Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintis is de Marzo de dos mil veintiunoé Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más informa
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 1 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 11 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-2078-2021 CARATULADO : ARRIENDO URBANO SPA/BERNA Santiago, veintis is de Marzo de dos mil veintiunoé Visto Comparece Arriendo Urbano SpA., sociedad del giro de su nombre, representada convencionalmente, domiciliados en Avenida Andrés Bello N°2777, oficina 24, comuna de Las Condes, y d
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