DEL CAMPO ARIAS ARNALDO
Rol
V-620-2020
Fecha
26 de marzo de 2021
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Que en estos autos rol V-620-2020, se presenta don Arnaldo del Campo Arias, R.U.T 5.892.401-6, chileno, casado con separación de bienes, ingeniero civil de minas, domiciliado en calle Erasmo Escala Nro. 209, Vallenar, solicitando se dicte sentencia constitutiva de exploración del pedimento denominado “PORFIADA F”, presentado con fecha 7 de diciembre de 2020, solicitándose una superficie de 300 hectáreas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 55 del Código de Minería.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que rola pedimento ingresado al sistema de tramitación electrónica, por don Arnaldo Del Campo Arias, ya individualizado, con fecha 7 de diciembre de 2020 y anotado en informe de registro de minas bajo el folio N° 601 del Primer Juzgado de Letras de Vallenar y mediante resolución de fecha nueve de diciembre de dos mil veinte, se ordena inscribir, publicar, dar copia y cuyo rol asignado es el V-620-2020. SEGUNDO: Que se agregaron a los autos copia autorizada de la inscripción del pedimento efectuado a fojas 1.605 vta. Nº 833 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Vallenar, correspondiente al año 2020; y páginas pertinentes del Boletín Oficial de Minería Nº 42.840, de fecha 28 de diciembre de 2020, en el que consta la publicación del pedimento referido. TERCERO: Que la concesión solicitada se ubica en la Región: Atacama, Provincia: Huasco, Comuna: Vallenar, lugar, S- AGUADA MAJADITA y las coordenadas U.T.M. de cada uno de los vértices del perímetro y punto medio son los siguientes: VERTICE NORTE (M.) ESTE(M.) PUNTO MEDIO. 6.806.500,00 341.500,00 V1 6.807.000,00 340.000,00 V2 6.807.000,00 343.000,00 V3 6.806.000,00 343.000,00 V4 6.806.000,00 340.000,00 CUARTO: Que se evacua informe N° 1416, favorable del Servicio Nacional de Geología y Minería, de fecha 8 de marzo de 2021, acerca de los aspectos técnicos de la Concesión de Exploración denominada “PORFIADA F”, Rol Nacional 03301-A669-1. QUINTO: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 del Código de Minería, durante la vigencia de la concesión sólo su titular tendrá derecho, dentro de los límites de ella, a hacer libremente calicatas y otras labores de exploración. Que el ejercicio de este derecho quedará sujeto a las obligaciones y limitaciones que establecen los artículos 14, 15 inciso segundo y siguientes, 16 número tercero y 17 y demás pertinentes sobre policía y seguridad mineras. El titular se hará dueño sólo de las sustancias concesibles que necesite arrancar con motivo del ejercicio de ese derecho. Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 10 del mismo cuerpo legal citado. SEXTO: Que así, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 55 del Código de Minería y en virtud del pedimento presentado el día 7 de diciembre de 2020, se solicita se constituya la concesión de exploración. SÉPTIMO: Que en el referido pedimento se señala que la concesión solicitada, abarcará una superficie total de 300 hectáreas, bajo el nombre de “PORFIADA F”, y al solicitar sentencia constitutiva de exploración el solicitante refiere de éste abarcará en definitiva una superficie de 300 hectáreas. Y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley Nº 18.097 y artículos 35, 55, 56, 87, 88, 90, 112, 113 y 114 de la Ley Nº 18.248, del Código de Minería y artículo 42 de su reglamento: Apruébese el plano y declárese constituida la concesión de exploración denominada “PORFIADA F”, en favor de don ARNALDO DELCAMPO ARIAS, ya individualizado, l
Texto Completo (Preview)
FOJA: 16 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Vallenarº CAUSA ROL : V-620-2020 CARATULADO : DEL CAMPO ARIAS ARNALDO Vallenar, veintiséis de Marzo de dos mil veintiuno Vistos: Que en estos autos rol V-620-2020, se presenta don Arnaldo del Campo Arias, R.U.T 5.892.401-6, chileno, casado con separación de bienes, ingeniero civil de minas, domiciliado en calle Erasmo Esc
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