Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua.

MP C/ VÍCTOR MANUEL ROMERO ZÚÑIGA

Rol

O-201-2023

Fecha

22 de mayo de 2024

Materia

CONSUMO/PORTE EN LUG.PUB.O PRIV.C/PREVIO CONCIERTO(ART.50).

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Que con fecha dieciseis de mayo recién pasado, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, en sala integrada por los jueces señora Paola González López, –quien presidió-, señora Paulina Bossy Chaparro y señor César Torres Mesías, se llevó a efecto audiencia del juicio oral en la causa RIT N° 201-2023, de forma presencial, seguida por el Ministerio Público en contra de don Víctor Manuel Romero Zúñiga por el delito de cultivo ilegal de marihuana. La acusación fue sostenida por el Ministerio Público, representado por el Fiscal de San Vicente don Juan Ignacio Aguilera Collín, con domicilio registrado en el Tribunal. Por su parte, el acusado don Víctor Manuel Romero Zúñiga, cédula de identidad N°16.563.098-K, 36 años, nacido en Coinco el 05 de octubre de 1987, soltero, obrero de la construcción, con domicilio en callejón Gerónimo Garay S/N°, El Almendro, sector Lo Acevedo, Coltauco, quien fue asistido por el defensor don Juan Francisco Catalán Peralta, con domicilio Código: KXFWXNXCXZR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 registrado en el Tribunal. OIDOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Acusación. Que el Ministerio Público formuló acusación penal en contra del acusado Romero Zúñiga por el siguiente hecho: “Que el día 14 de marzo del 2022, personal de la PDI de la comuna de San Vicente, recibieron información de la Municipalidad de Coltauco, que vecinos del sector Los Acevedos, informaban que en un inmueble del lugar, había fuerte olor a marihuana y que las plantas se veían desde el exterior, plantas que estaban cubiertas por mallas y carpas en sus costados. Dicha información fue puesta en conocimiento de la Fiscalía a eso de las 10 de mañana, instruyéndose al personal policial concurrir al sector, individualizar el inmueble, verificar la denuncia y requerir del encargado (a) de la casa, la autorización para un ingreso voluntario y su registro. Al concurrir el personal policial no encontraron moradores, por lo que se recabo la respectiva autorización judicial para el ingreso a su interior, la que se materializa pasada las 11:09 horas, cuando en ese momento se apersona el acusado, quién se interiorizó de la presencia policial. Tras ejecutar el ingreso y realizar el registro, en el patio posterior de la vivienda, se encontró dos maceteros con plantas de 60 centímetros que había sido arrancadas, así como tres plantas Código: KXFWXNXCXZR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3 de una altura de 1.5 aprox. Luego, tras revisar el interior del living comedor, se halló sobre un sofá una sustancia vegetal en proceso de secado que reposaba sobre un papel kraft, cuyo peso ascendió a 195,67 gramos, resultando ser THC, según prueba de campo”. El Ministerio Público calificó los hechos como constitutivos del delito de Cultivo Ilegal de Marihuana, previsto y sancionado en el artículo 8 de la Ley 20.000, ilícito que estima se encuentra en grado de desarrollo consumado, correspondiéndole al acusado participación en calidad de autor ejecutor directo e inmediato, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal. Añadió que no concurrirían circunstancias modificatorias de responsabilidad penal. Solicitó que se imponga al acusado Romero Zúñiga por el delito referido, la pena de cinco años de presidio menor en su grado máximo, más multa de 40 UTM, accesorias legales, toma de huella genética y costas de la causa. SEGUNDO: Alegatos de apertura y clausura.- Que en su alegato de apertura, el Ministerio Público consignó que se probará más allá de toda duda razonable, que se produjo la intervención en el domicilio del acusado, en la comuna de Coltauco, ello a raíz de información que se recibe de vecinos por el fuerte olor. Se obtiene autorización judicial para el ingreso al domicilio, el acusado reconoce su dominio sobre lo incautado, se encuentran plantas y droga en proceso de secado, por lo anterior Código: KXFWXNXCXZR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 4 se solicitará veredicto

Fallo

se resuelve: I.- Que se CONDENA al acusado VÍCTOR MANUEL ROMERO ZÚÑIGA, cédula de identidad N°16.563.098-K, ya individualizado, por su responsabilidad como autor de una falta consumada de siembra, plantación y cultivo de marihuana, para el consumo personal, previsto y sancionado en el artículo 8°, en relación al artículo 50, ambos de la Ley 20.000, a la pena de multa de tres Unidades Tributarias Mensuales y a la accesoria de suspensión de su licencia de conducir vehículos motorizados, por el lapso de 6 meses, ilícito cometido el día 14 de marzo de 2022, en la comuna de Coltauco. II.- Que en caso de no cumplimiento de la multa se aplicará lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 20.000. III.- Se decreta el comiso de las sustancias vegetales incautadas. IV.- Que se exime del pago de las costas al sentenciado por haber tenido motivo plausible para litigar. V.- Ofíciese en su oportunidad a los organismos que corresponda para comunicar lo resuelto y ejecutoriado que se Código: KXFWXNXCXZR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 25 encuentre este fallo, remítase copia autorizada del mismo, al Juzgado de Garantía de San Vicente a fin que le dé su oportuno cumplimiento. En virtud de lo dispuesto en el artículo 17 de la ley 20.568, una vez ejecutoriada esta sentencia, se oficiará al Registro Electoral con el propósito de informar el resultado del presente juicio. Se deja constancia que para los efectos de la publicaci

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1 Materia: Cultivo ilegal de cannabis RUC: 2200245724-9 RIT: 201-2023 __________________________/ Rancagua, a veintidós de mayo de dos mil veinticuatro. VISTOS Que con fecha dieciseis de mayo recién pasado, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, en sala integrada por los jueces señora Paola González López, –quien presidió-, señora Paulina Bossy Chaparro y señor César Torres Me

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