11º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ MAGALY DE LOS ANGELES VÁSQUEZ ALBORNOZ

Rol

O-2970-2024

Fecha

22 de mayo de 2024

Materia

HURTO FALTA (494 BIS CODIGO PENAL).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos acreditados: El día 21 de mayo de 2024 siendo aproximadamente las 16:30 horas, la requerida ingreso al supermercado Jumbo, ubicado en calle El Llano Subercaseaux N°3519, Comuna de San Miguel, lugar en cual con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, extrajo especies muebles de propiedad del recinto, que se encontraba en la sala de venta y dispuesto a la venta del público, para ocultarla y luego traspasar la línea de las cajas registradora, sin pagar su valor comercial, ascendente a $9.090, apropiándose de las especies, posteriormente siendo detenidas por los guardias. Circunstancias modificatorias de responsabilidad penal: Circunstancias atenuantes: Artículo N° del Código Penal, Código: STCXXNXLXZR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Circunstancias agravantes: no concurren. SENTENCIA (parte resolutiva) San Miguel, veintidós de mayo del dos mil veinticuatro. Y visto además, lo prescrito en los artículos 1°, 45, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, lo dispuesto en los artículos 1°, 11 N°6, 15 N° 1, 7, 51, 432, 494 bis del Código Penal, articulo 398 del Código Procesal Penal.- se declara: I.- Que se condena a MAGALY DE LOS ANGELES VÁSQUEZ ALBORNOZ, C I - , ya individualizada en lo demás, por su responsabilidad como autora de la falta de hurto del artículo 494 bis del Código Penal.- en grado de desarrollo de frustrado, a sufrir la multa a beneficio fiscal de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por los hechos ocurridos en esta comuna de San Miguel, el día 21 de mayo del 2024 II.- Que, teniendo presente el tiempo que ha permanecido privada de libertad, esto es: el 22 de mayo del 2024 tiene por cumplida la pena impuesta. III.- Que dándose los requisitos del artículo 3 del Código Procesal Penal y en consecuencia, se dispondrá la suspensión de la pena y de sus efectos por un plazo de 6 meses, para el evento que la presente resolución adquiera el carácter de sentencia ejecutoriada. T

Fallo

se declara: I.- Que se condena a MAGALY DE LOS ANGELES VÁSQUEZ ALBORNOZ, C I - , ya individualizada en lo demás, por su responsabilidad como autora de la falta de hurto del artículo 494 bis del Código Penal.- en grado de desarrollo de frustrado, a sufrir la multa a beneficio fiscal de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por los hechos ocurridos en esta comuna de San Miguel, el día 21 de mayo del 2024 II.- Que, teniendo presente el tiempo que ha permanecido privada de libertad, esto es: el 22 de mayo del 2024 tiene por cumplida la pena impuesta. III.- Que dándose los requisitos del artículo 3 del Código Procesal Penal y en consecuencia, se dispondrá la suspensión de la pena y de sus efectos por un plazo de 6 meses, para el evento que la presente resolución adquiera el carácter de sentencia ejecutoriada. Transcurrido el plazo sin que el imputado hubiese sido objeto de una nueva formalización o requerimiento se dejara sin efecto la sentencia y se decretara el sobreseimiento definitivo en la presente causa. IV.- Que, se le exime del pago de las costas de la causa, ya que al aceptar responsabilidad estas no se han causado. Que, se ordena dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, en caso de resultar procedente. Se tiene presente la renuncia a plazos. Dirigió la audiencia y resolvió -doña MARIA CAROLINA MARTIN MIGUEL, Juez suplente del ° Juzgado de Garantía de Santiago Código: STCXXNXLXZR Este documento tiene firma electrónica y su origin

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RESUMEN: RUC : - RIT : - TIPO DE DELITO : HURTO FALTA NOMBRE IMPUTADO : MAGALY DE LOS ANGELES VÁSQUEZ ALBORNOZ CÉDULA DE IDENTIDAD - DOMICILIO : CANOPUS N° DEPTO , COMUNA CONCHALI FISCAL : PAULINA SEPULVEDA DEFENSOR : ANÍBAL LLANOS GUTIÉRREZ TRIBUNAL : ° JUZGADO DE GARANTÍA SANTIAGO TIPO DE RESOLUCIÓN :Transcripción parte resolutiva sentencia simplificado. Hechos acreditados: El día 21 de mayo de

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