MP C/ DANILO ANDRÉS ARRIAGADA ACUÑA
Rol
O-895-2023
Fecha
22 de mayo de 2024
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).
Resultado
No especificado
Fallo
Por estas consideraciones y tomando en cuenta lo que disponen los artículos 1, 3, 5, 7, artículos 15 N° 1, 49,70, 288 bis del Código Penal, artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que se condena a DANILO ANDRÉS ARRIAGADA ACUÑA, cédula de identidad 19.370.718-1, domiciliado en calle Angamos pasaje Peatonal N°499, comuna de Yungay, en su calidad de autor y en grado de ejecución consumado, por el delito de porte de arma cortante o punzante, previsto en el artículo 288 bis del Código Penal, a la pena de una multa de DOS TERCIOS (2/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por el ilícito cometido el día 27 de junio del año 2023 en territorio jurisdicional de este tribunal. II.- Que en cuanto a la pena pecuniaria de multa de DOS TERCIOS (2/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, atendido a que regitra dos días de abono en la presente causa, a saber el 27 y 28 de junio del año 2023 en la cual estuvo privado de libertad, en razón a ello, esta se dará por cumplida. III.- Que no se le condena en costas, por haber admitido libre y voluntariamente responsabilidad en este procedimiento simplificado y estar representado por la Defensoría Penal Pública. IV.- Que se declara el comiso del arma cortante incautada al sentenciado. Oportunamente dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Álcese las medidas cautelares si la hubiesen. Regístrese, publíquese virtualmente, archívese en su oportunidad y dese copia por correo electrónico. OTRAS OB
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA: Yungay, veintidós de mayo de dos mil veinticuatro. Vistos, Oído y Considerando. Resolutiva: Por estas consideraciones y tomando en cuenta lo que disponen los artículos 1, 3, 5, 7, artículos 15 N° 1, 49,70, 288 bis del Código Penal, artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que se condena a DANILO ANDRÉS ARRIAGADA ACUÑA, cédula de identidad 19.370.718-1, domi
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica