CAMPOS/I. MUNICIPALIDAD DE SAN RAMÓN
Rol
T-150-2021
Fecha
1 de junio de 2022
Materia
Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad, Art. 19 Nº 16 CPR. Libertad de Trabajo y su protección, Art. 19 Nº 4 CPR. Vida Privada y Honra, Costas, Reajustes e intereses
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece LUIS RODRIGO CAMPOS URIBE, chileno, casado y separado de bienes, comerciante, cédula nacional de identidad N° 11.639.789-7, domiciliado en el bosque N° 10978, La Pintana, quien interpone demanda en procedimiento de tutela laboral de derechos fundamentales vulnerados por actos ocurridos con ocasión del despido, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN RAMÓN, R.U.T. N° 96.920.840-7, representada legalmente por el Sr. Alcalde don GUSTAVO EDUARDO TORO QUINTANILLA, chileno, abogado, cédula de identidad 15.661.396-7, ambos domiciliados en Avenida Ossa N° 1771, comuna de San Ramón, en base a los antecedentes de hecho y derecho que expone: Garantías constitucionales vulneradas Señala que ha sido vulnerado en mis derechos fundamentales por la demandada en las garantías que procedo a señalar: Derecho a la Integridad física y psíquica (Artículo 19 N° 1, Inciso 1° de la Constitución Política de la República). El respeto y protección a la honra de la persona (Artículo 19 N° 4 de la Constitución Política de la República). Derecho al trabajo (Artículo 19 N° 16). Antecedentes Señala que inició relación laboral el 01 de febrero de 2019 y concluyó el 20 de septiembre de 2021. La jornada laboral convenida conforme al contrato de trabajo quedó establecida en 45 horas semanales, distribuidas en el siguiente horario: De lunes a jueves de 8:30 a 17:30 y el viernes de 8:30 a 16:30. Posteriormente varió de lunes a jueves a las 8:00 a 18:00 y el viernes de 8:00 a 14:00. Remuneración Mensual: su remuneración mensual pactada asciende a la suma de $2.006.000 considerando para tales efectos, la remuneración que percibí en los meses de junio, julio y agosto,
Fallo
por tanto solicita se tenga la cantidad de $2.006.000 (dos millones seis mil pesos), como última remuneración para efectos del inciso primero del artículo 172 del Código del Trabajo y se considere como base de cálculo para las prestaciones demandadas. Funciones: En un principio, comenzó a prestar servicios bajo un vínculo de subordinación y dependencia para el departamento de Salud, como coordinador de educación y salud. A partir del 1 de junio del 2021, su vínculo contractual fue renovado siendo contratado por la orden de servicio Nº 421, para desempeñar formalmente el puesto de coordinador comunal de Junaeb, pues el titular llevaba más de dos años con licencia médica. Se estableció por escrito que el vínculo contractual sujeto al Código de Trabajo en el departamento de educación de la municipalidad de San Ramón, hasta el día 31 de agosto del 2021. Esta orden se encuentra suscrita por don Miguel Rocha Castro, jefe de recursos humanos DEM. Luego, suscribió un nuevo contrato a plazo fijo con duración desde el día 01 de septiembre de 2021 hasta el día 28 de febrero de 2022, lo que en aplicación del inciso final del N° 4 del art. 159 del Código de Trabajo da cuenta de un vínculo laboral indefinido, tal como lo muestra la orden de servicio Nº 547, suscrita por don Miguel Rocha Castro, jefe de recursos humanos DEM. Durante toda la relación laboral, debió cumplir horario definido, recibiendo instrucciones directas de parte de don Simón Urbina, Coordinador de Educación (no exist
Texto Completo (Preview)
San Miguel a uno de junio del año dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece LUIS RODRIGO CAMPOS URIBE, chileno, casado y separado de bienes, comerciante, cédula nacional de identidad N° 11.639.789-7, domiciliado en el bosque N° 10978, La Pintana, quien interpone demanda en procedimiento de tutela laboral de derechos fundamentales vulnerados por actos ocurridos con ocasión d
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica