Juzgado de Letras y Garantía de Curacautin.

MINISTERIO PÚBLICO C/ PABLO ANDRÉS PINILLA PINILLA

Rol

O-843-2021

Fecha

17 de mayo de 2024

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES., PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además, lo dispuesto en los artículos 1,7, 14 , 15 Nº 1, 30, 49, 50, 67, 70, 288 bis inciso segundo del Código Penal, artículos 36, 45, 248, 297, 340, 406 y siguientes del Código Procesal Penal, 600 del Código Orgánico de Tribunales; 110, 196, 209 de la Ley N° 18290; 4 y siguientes y 38 de la Ley N° 18216, y demás disposiciones legales pertinentes, se declara: I.- Que se condena a don PABLO ANDRÉS PINILLA PINILLA, cedula de Identidad N° 16.597.865-K, en lo demás ya individualizado, a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, suspensión de todo cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, dos multas de 1/3 de UTM cada una en moneda legal vigente a la época del pago, pagos que se tienen por cumplidos por los días de detención del sentenciado en esta causa, y pena accesoria de suspensión de licencia de conducir por DOS años, por su responsabilidad como autor de los delitos consumados de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, sin ser titular de licencia de conducir, previsto y sancionado en el artículo 196 de la Ley N° 18290, en Código: LPHEXNMXVYR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl relación con el artículo 110 y 209 del mismo cuerpo legal, y de porte ilegal de arma blanca, previsto y sancionado en el artículo 288 bis inciso segundo del Código Penal, cometidos en el territorio jurisdiccional de este tribunal el día 01 de octubre de 2021. Se condena además al sentenciado al comiso del arma blanca incautada, correspondiente a un cuchillo marca Tramontina de 12, 5 centímetros de hoja y 11 centímetros de empuñadura, NUE 2360581. II.- Concurriendo respecto del sentenciado los requisitos establecidos en los artículos 4 y siguientes de la Ley N° 18216, se sustituye la pena privativa de libertad a imponer por la remisión condicional de la pena, durante el mismo plazo de la pena privativa de libertad originalmente impuesta, es decir 541 días, quedando sujeto al

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además, lo dispuesto en los artículos 1,7, 14 , 15 Nº 1, 30, 49, 50, 67, 70, 288 bis inciso segundo del Código Penal, artículos 36, 45, 248, 297, 340, 406 y siguientes del Código Procesal Penal, 600 del Código Orgánico de Tribunales; 110, 196, 209 de la Ley N° 18290; 4 y siguientes y 38 de la Ley N° 18216, y demás disposiciones legales pertinentes, se declara: I.- Que se condena a don PABLO ANDRÉS PINILLA PINILLA, cedula de Identidad N° 16.597.865-K, en lo demás ya individualizado, a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, suspensión de todo cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, dos multas de 1/3 de UTM cada una en moneda legal vigente a la época del pago, pagos que se tienen por cumplidos por los días de detención del sentenciado en esta causa, y pena accesoria de suspensión de licencia de conducir por DOS años, por su responsabilidad como autor de los delitos consumados de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, sin ser titular de licencia de conducir, previsto y sancionado en el artículo 196 de la Ley N° 18290, en Código: LPHEXNMXVYR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl relación con el artículo 110 y 209 del mismo cuerpo legal, y de porte ilegal de arma blanca, previsto y sancionado en el artículo 288 bis inciso segundo del Código Penal, cometidos en el territorio jurisdiccional de este tribunal el día 01 de octubre de 2021

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia de Contra orden de detención.. Fecha Curacautín., diecisiete de mayo de dos mil veinticuatro Magistrado Fiscal IVÁN RODOLFO ISLA AMARO Defensor MARCELA ELIZABETH BUSTOS GONZÁLEZ Hora inicio 11:29AM Hora termino 12:01PM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Curacautin. Acta RUC 2110045521-5 RIT 843 - 2021 Actuaciones efectuadas NOMBRE IMPUTADO RUT DIRE

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