Juzgado de Garantía de Arica.

LUIS ALEXIS VALDIVIA TORREALBA C/ CLAUDIA KARINA TAPIA SALAZAR

Rol

O-6379-2023

Fecha

16 de mayo de 2024

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos de fecha: 21/9/2023. • Téngase por comunicada la decisión del Ministerio Público de no perseverar en el procedimiento respecto de la imputada Claudia Karina Tapia Salazar, de acuerdo con lo previsto en el artículo 248 letra c) del Código Procesal Penal. • Se ordena dejar sin efecto formalización y las medidas cautelares que se hubieren decretado en contra del imputado en su oportunidad. • Téngase presente la renuncia que los intervinientes han hecho a los plazos para recurrir de lo resuelto, por lo que se encuentra ejecutoriada. Respecto de la imputada Diego Andrés Vega Tapia: Procedimiento Abreviado: El Ministerio Público solicita se conozca y falle su acusación de verbal conformidad a las normas del procedimiento por los siguientes hechos: “El día 21 de septiembre de 2023, aproximadamente a las 10:15 horas, la imputada Claudia Karina Tapia Salazar, en circunstancias que se encontraba previamente concertada Código: YRWVXNKBNXR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl con su hijo el imputado Diego Andrés Vega Tapia, para ingresar drogas al recinto penal para su posterior distribución entre los reclusos, concurrió al Centro Penitenciario de Arica, ubicado en la Ruta 5 Norte, kilómetro 2063, Cuesta de Acha sin número, Arica, con la finalidad de ingresar la droga y entregarla al imputado, quien se encontraba privado de libertad en dicho recinto penal en el módulo 03; siendo sorprendida por funcionarios de Gendarmería de Chile, ingresando ocultas al interior de un envoltorio de queso laminado, cinco bolsas de nylon transparente contenedoras de Cocaína Base, las que arrojaron un peso bruto de 64,40 gramos, un peso neto de 61,60 gramos y una pureza del 65%, equivalentes a 61 dosis avaluadas en la suma de $915.900.-; droga que no se encontraba destinada por los imputados para su uso o consumo personal, exclusivo y próximo en el tiempo, así como tampoco para la realización de un tratamiento médico, razó

Fallo

se resuelve: I.- Que se condena a Diego Andrés Vega Tapia, cédula de identidad N° 20.767.419-2, ya individualizado, a las penas de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, multa de una unidad tributaria mensual y accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, sin costas, como autor del delito consumado de tráfico de drogas en pequeñas cantidades, castigado por el artículo 4° en relación al 1° de la Ley N° 20.000, cometido en Arica el 21 de septiembre de 2023. II.- Que la pena privativa de libertad se cumplirá de forma efectiva, a continuación de la que actualmente purga y sin solución de continuidad. III.- Que la multa impuesta la podrá pagar en el plazo de cien días, contados desde que esta sentencia quede ejecutoriada. Si no la pagare, será citado a audiencia conforme lo establece el artículo 49 del Código Penal. IV.- Que se decreta el comiso de todas las especies incautada para su destrucción por cuenta del Ministerio Público. Código: YRWVXNKBNXR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Regístrese y dese cumplimiento a lo previsto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Téngase presente la renuncia que los intervinientes han hecho a los plazos para recurrir de la sentencia, por lo que queda ejecutoriada. Orden de ingreso para cumplimiento. Archívese en su oportunidad. RUC 2301024872-8. RIT 6379-2023. Dirigió la audiencia y dictó sentenc

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA Fecha Arica, dieciséis de mayo de dos mil veinticuatro Magistrado HÉCTOR NICOLAS BARRAZA AGUILERA Fiscal LUIS SORIANO CARREÑO Defensora particular PAOLA SEPÚLVEDA SANTIBÁÑEZ Defensor particular JUAN CARRASCO BARRA Tipo de audiencia PROCEDIMIENTO ABREVIADO Hora inicio 11:25 Hora termino 11:47 Sala 5 Tribunal Juzgado de Garantía de Arica Registro de audio 2301024872-8-992-240516-00

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica