BARRA/EDUCACIÓN J & C LIMITADA
Rol
O-5043-2019
Fecha
31 de mayo de 2022
Materia
Despido injustificado, Gratificaciones legales, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Sueldo
Resultado
No especificado
Hechos
Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 6, 7 ,9, 10, 11, 41, 42, 63, 71, 73, 162, 168, 172, 173, 183 a), 183 b), 415, 420, 423, 446, 453, 454 y siguientes del Código del Trabajo SE DECLARA: I. Que SE RECHAZA la excepción de incompetencia promovida, sin costas. II. Que SE RECHAZA la demanda interpuesta por doña CAMILA BARRA PIZARRO, cédula de identidad N° 16.741.812-0, en contra de ACADEMIA DE MUSICA ARTE DESPERTAR MUSICAL LIMITADA, RUT 76.379.709-0, en contra de EDUCACIÓN J & C LIMITADA, 76.978.387-3, en contra de CONSULTORA PARA EL DESARROLLO Y LA COPERACIÓN PEUMA NI MAPU LIMITADA, RUT 77.245.440-6, y en contra de CRISTIAN RODRIGO ORTIZ CÁCERES RUT 12.584.817-6 y JORGE ANTONIO VERGARA GONZÁLEZ, Rut 10.803.426-2. III. Se condena en costas a la demandante, regulándose las personales de la instancia en la suma de $150.000, cantidad que deberá ser pagada en partes iguales, es decir, en la proporción que corresponda, respecto de aquellas partes que en definitiva han constituido patrocinio y poder y han participado de esta causa, ya sea contestando o derechamente compareciendo con abogado. IV. Las sumas ordenadas pagar en este caso por concepto de costas, están sujetas a los reajustes e intereses corrientes. RIT : O-5043-2019 RUC : 19-4-0205260-3 Regístrese y archívese en su oportunidad. Se tiene por notificadas a las partes por estado diario. Rijan a partir de este momento los plazos para la interposición de los eventuales recursos que se puedan interponer en contra de la sentencia dictada en estos antecedentes. Dirigió la audiencia don EDUARDO ALEJANDRO RAMIREZ URQUIZA, Juez Titular del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Las partes quedan notificadas de las resoluciones dictadas en esta audiencia, conforme lo establece el artículo 426 inciso primero del Código del Trabajo. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. 1º Juzgado de Letras del Trab
Fundamentos
considerandos PRIMERO: Que ha comparecido ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, doña CAMILA BARRA PIZARRO, bailarina, cédula de identidad N° 16.741.812-0, con domicilio en La Trilla N° 7.324, comuna de Cerrillos, interponiendo demanda en procedimiento de aplicación general en contra de ACADEMIA DE MUSICA ARTE DESPERTAR MUSICAL LIMITADA, RUT 76.379.709-0, representada legalmente por don Cristian Rodrigo Ortiz Cáceres, RUT 12.584.817-6, ambos con domicilio en Av. José Pedro Alessandri 1967, departamento 401, Comuna de Ñuñoa, Santiago, en contra de EDUCACIÓN J & C LIMITADA, 76.978.387-3, representada legalmente por don Cristian Rodrigo Ortiz Cáceres RUT 12.584.817-6 y por JORGE ANTONIO VERGARA GONZÁLEZ, Rut 10.803.426-2, domiciliados en Juárez Larga N° 621, comuna de Recoleta; en contra de CONSULTORA PARA EL DESARROLLO Y LA COPERACIÓN PEUMA NI MAPU LIMITADA, RUT 77.245.440-6 , representada legalmente por doña CAROLINA GUERRERO CABEZAS, cedula nacional de identidad N° 8.393.414-K, con domiciliado en Los Aliaga N° 557, departamento 502, comuna de Ñuñoa, y además en contra de CRISTIAN RODRIGO ORTIZ CACERES, como personal natural, ya individualizado, con domicilio en Juárez Larga N° 621, departamento 911, comuna de Recoleta y en contra de JORGE ANTONIO VERGARA GONZÁLEZ, Rut 10.803.426-2, con domicilio en Juárez larga N° 621, departamento 911, comuna de Recoleta. Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 6, 7 ,9, 10, 11, 41, 42, 63, 71, 73, 162, 168, 172, 173, 183 a), 183 b), 415, 420, 423, 446, 453, 454 y siguientes del Código del Trabajo
Fallo
SE DECLARA: I. Que SE RECHAZA la excepción de incompetencia promovida, sin costas. II. Que SE RECHAZA la demanda interpuesta por doña CAMILA BARRA PIZARRO, cédula de identidad N° 16.741.812-0, en contra de ACADEMIA DE MUSICA ARTE DESPERTAR MUSICAL LIMITADA, RUT 76.379.709-0, en contra de EDUCACIÓN J & C LIMITADA, 76.978.387-3, en contra de CONSULTORA PARA EL DESARROLLO Y LA COPERACIÓN PEUMA NI MAPU LIMITADA, RUT 77.245.440-6, y en contra de CRISTIAN RODRIGO ORTIZ CÁCERES RUT 12.584.817-6 y JORGE ANTONIO VERGARA GONZÁLEZ, Rut 10.803.426-2. III. Se condena en costas a la demandante, regulándose las personales de la instancia en la suma de $150.000, cantidad que deberá ser pagada en partes iguales, es decir, en la proporción que corresponda, respecto de aquellas partes que en definitiva han constituido patrocinio y poder y han participado de esta causa, ya sea contestando o derechamente compareciendo con abogado. IV. Las sumas ordenadas pagar en este caso por concepto de costas, están sujetas a los reajustes e intereses corrientes. RIT : O-5043-2019 RUC : 19-4-0205260-3 Regístrese y archívese en su oportunidad. Se tiene por notificadas a las partes por estado diario. Rijan a partir de este momento los plazos para la interposición de los eventuales recursos que se puedan interponer en contra de la sentencia dictada en estos antecedentes. Dirigió la audiencia don EDUARDO ALEJANDRO RAMIREZ URQUIZA, Juez Titular del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Las partes queda
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA Santiago, 31 mayo de 2022 RUC 19-4-0205260-3 RIT O-5043-2019 CARATULADO BARRA/EDUCACIÓN J & C LIMITADA MAGISTRADO EDUARDO ALEJANDRO RAMIREZ URQUIZA ADMINISTRATIVO DE ACTA Lorena Beatriz Pérez Donoso HORA DE INICIO 11:42 HORA DE TERMINO 12:00 SALA Sala virtual 6 (6.2) Nº REGISTR
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