MINISTERIO PÚBLICO C/ JORDÁN ASHLEY SILVA HERRERA
Rol
O-3821-2024
Fecha
14 de mayo de 2024
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos del requerimiento: “El día 13 de mayo de 2024, alrededor de las 23:20 horas aproximadamente, el imputado JORDÁN ASHLEY SILVA HERRERA fue sorprendido por personal de Carabineros en la vía pública, específicamente en calle Janequeo con calle Rozas de la comuna de Concepción, mientras portaba un cuchillo con empuñadura plástica de color negro de 10.5 centímetros y 7.5 centímetros de hoja, sin justificar razonablemente su porte.” Código: MBEEXNGXZNP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Sentencia condenatoria en procedimiento simplificado: Ámbito afectado Detalle del Hito CAUSA: RUC 2400543828-0 RIT 3821 - 2024 Fecha de deliberación 14 de mayo de 2024. Juez redactor CLAUDIA ANDREA CASTILLO JIMENEZ. RELACIONES: JORDÁN ASHLEY SILVA HERRERA / Porte de arma cortante o punzante. Resultado CONDENADO. JUZGADO DE GARANTÍA DE CONCEPCIÓN. C/ JORDÁN ASHLEY SILVA HERRERA. Concepción, catorce de mayo de dos mil veinticuatro. Por las consideraciones consignadas en el registro de audio de la presente audiencia y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 4, 14 N° 1, 15 N° 1 y 288 bis del Código Penal; y artículos 395 y siguientes del Código Procesal Penal; SE DECLARA: I. Que, SE CONDENA al requerido JORDÁN ASHLEY SILVA HERRERA, R.U.N. 18.418.580-6, ya individualizado, como autor del delito consumado de porte de arma cortante o punzante, previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal, cometido en Concepción el día 13 de mayo de 2024, a la pena de multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y el COMISO del cuchillo y el destornillador que portaba al momento de la detención. Se ordena oficiar, en su momento, al Ministerio Público para los fines pertinentes. II. Que, cuanto a la pena pecuniaria,
Fundamentos
considerando el tiempo de privación de libertad entre el 13 y el 14 de mayo de 2024, se tiene la pena pecuniaria por cumplida. III. Que, habiendo admitido responsabilidad, se le exime del pago de las costas de la causa. Cúmplase, en su oportunidad, con el artículo 468 del Código Procesal Penal. RUC 2400543828-0 RIT 3821 - 2024 La presente acta sólo constituye un registro administrativo en el que se resume lo acontecido y decidido en la audiencia, conteniendo sólo la parte resolutiva del fallo. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Certificado de libertad: Detalle del Hito Se ordena la inmediata libertad de JORDÁN ASHLEY SILVA HERRERA. Notificaciones: Sentenciado: JORDÁN ASHLEY SILVA HERRERA Personalmente en esta audiencia, respecto del contenido de la sentencia condenatoria dictada en este acto. Dirigió la audiencia, resolvió y dictó sentencia doña CLAUDIA ANDREA CASTILLO JIMENEZ, Juez de Garantía de Concepción. Código: MBEEXNGXZNP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: MBEEXNGXZNP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-05-16T15:44:07-0400
Fallo
SE DECLARA: I. Que, SE CONDENA al requerido JORDÁN ASHLEY SILVA HERRERA, R.U.N. 18.418.580-6, ya individualizado, como autor del delito consumado de porte de arma cortante o punzante, previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal, cometido en Concepción el día 13 de mayo de 2024, a la pena de multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y el COMISO del cuchillo y el destornillador que portaba al momento de la detención. Se ordena oficiar, en su momento, al Ministerio Público para los fines pertinentes. II. Que, cuanto a la pena pecuniaria, considerando el tiempo de privación de libertad entre el 13 y el 14 de mayo de 2024, se tiene la pena pecuniaria por cumplida. III. Que, habiendo admitido responsabilidad, se le exime del pago de las costas de la causa. Cúmplase, en su oportunidad, con el artículo 468 del Código Procesal Penal. RUC 2400543828-0 RIT 3821 - 2024 La presente acta sólo constituye un registro administrativo en el que se resume lo acontecido y decidido en la audiencia, conteniendo sólo la parte resolutiva del fallo. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Certificado de libertad: Detalle del Hito Se ordena la inmediata libertad de JORDÁN ASHLEY SILVA HERRERA. Notificaciones: Sentenciado: JORDÁN ASHLEY SILVA HERRERA Personalmente en esta audiencia, respecto del contenido de la sentencia condenatoria dictada en este acto
Texto Completo (Preview)
Individualización de Audiencia de Control de la Detención Fecha Concepción, catorce de mayo de dos mil veinticuatro Magistrado CLAUDIA ANDREA CASTILLO JIMENEZ Fiscal CLAUDIA PEÑA MONTERO Defensor CARLA CANALES ESCALONA Hora inicio 11:16 horas. Hora término 11:24 horas. Sala Sala 3 TURNO Tribunal Juzgado de Garantía de Concepción Acta Sandra Portiño Henríquez RUC 2400543828-0 RIT 3821 - 2024 N° reg
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