CANDIA/BRINK`S CHILE S.A.
Rol
O-59-2022
Fecha
31 de mayo de 2022
Materia
Bonos, Costas, Despido injustificado, Indemnización por años de servicios, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos atendido la inexistencia de la contestación a la demanda por la demandada, precluyendo de esta forma su derecho de controvertir los hechos expuestos en el libelo interpuesto en su contra, norma de carácter imperativa que establece el efecto de aquello en orden a dar por concluida la audiencia y proceder a dictar sentencia; en virtud de ello y en atención a los Principios de Celeridad y de Tutela Judicial Efectiva que informan nuestra nueva judicatura laboral; esta Juez prescindió del trámite de la recepción de la causa a prueba, dando por concluida la audiencia respectiva y, acto seguido, a dictar sentencia. QUINTO: Que haciendo uso de la facultad establecida en el artículo 453 Nº 1 inciso séptimo del Código del Trabajo, este Tribunal tiene como tácitamente admitidos por la demandada los siguientes hechos: A) Que se inició relación laboral el a 01 de octubre de 2009 en funciones actuales de Jefe de Operaciones y con una remuneración ascendente a la suma de $1.717.457.- mensuales; B) que con fecha 16 de diciembre de 2021, se le puso término al contrato de trabajo mediante comunicación carta conforme inciso primero del artículo 161 inciso segundo del Código del Trabajo, aludiendo a una racionalización de servicios sin que se haya justificado tal decisión; C) el actor no contaba con las facultades de administración indicadas en la norma mencionada; D)que el despido así efectuado es injustificado e improcedente; E) que al término de la relación laboral se le adeuda al actor se le adeuda el Bono de desempeño anual 2021. SEXTO: Que a fin de poder comprender la sanción procesal aplicada a la apatía de la demandada, conviene recordar las palabras del profesor Álvaro Pérez R.: “El derecho a ser oído no depende de la participación de hecho del requerido, sino apenas de la posibilidad que se le brinde para ello. Y en caso de no hacer uso de la posibilidad no debe obstaculizarse el efectivo ejercicio de la jurisdicción en bene
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 7 a 10, 41, 161 inc. 2, 162, 168, 172, 423, 425 a 432, 446, 453 y 459 inciso final del Código del Trabajo, artículo 1698 del Código Civil, se resuelve: I.- Que SE HACE LUGAR a la demanda de despido injustificado y cobro de prestaciones laborales interpuesta por don Humberto Candia Vásquez, en contra de la empresa BRINK’S CHILE S.A, representada legalmente por don Alfredo Barrera Sanz, todos ya individualizados, declarando que el despido que afectó al actor fue injustificado e improcedente y por tanto se condena a la parte demandada a pagar los siguientes conceptos: 1.- Recargo del 30% de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 168 letra a) del Código del Trabajo ascendente a la suma de $5.667.608.- 2. Devolución por descuento aporte del empleador al seguro de desempleo ascendente a la suma de $2.667.273.- 3. Bono desempeño anual correspondiente al año 2021 por la suma de $1.200.000.- II.- Que las sumas ordenadas pagar mediante la presente sentencia, deberán ser consignadas con los reajustes, intereses y recargos que establecen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III.- Que se condena en costas a la demandada por haber sido totalmente vencida en esta causa, regulando las personales en la suma de $250.000.- (doscientos cincuenta mil pesos). IV.- Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase lo dispuesto en ella dentro de quinto día, en caso contrario, certifíquese dicha circunstancia y pasen los anteceden
Texto Completo (Preview)
PROCEDIMIENTO: Ordinario. Aplicación General. MATERIA: Ordinario. DEMANDANTE: HUMBERTO ANTONIO CANDIA VÁSQUEZ. DEMANDADA: BRINK`S CHILE S.A.. RIT: O-59-2022 RUC: 22- 4-0379118-4 ___________________________________________________________/ Antofagasta, treinta y uno de mayo de dos mil veintidós. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANO: PRIMERO: Que ante este Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, s
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica