12º Juzgado Civil de Santiago

CATALÁN/CATALÁN

Rol

C-17544-2020

Fecha

23 de marzo de 2021

Materia

CONTRATO, NULIDAD DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Que, con fecha 27 de noviembre de 2020 (folio 1), comparece JUAN CARLOS ESPINOZA HUENUHUEQUE, c dula nacional de identidad N 16.362.079-0, ené ° representaci nó de do a NANCY CATAL N HUILIPAN, contadora, c dula nacional deñ Á é identidad N 10.742.482-2, ambos domiciliados para estos efectos en Covadonga N 680,° ° oficina 10, comuna de San Bernardo, Regi n Metropolitana, quien deduce demanda deó inexistencia o nulidad absoluta de contrato simulado en contra de don MARIO CATALAN AILLAPAN, jubilado y don MAX DAVID CATAL N HUILIPAN, t cnicoÁ é audiovisual, ambos con domicilio en Uno Poniente 4526, Conchal Santiago, Regi ní ó Metropolitana, respecto de la compraventa celebrada con fecha 20 de septiembre de 1996, atendido las consideraciones que enseguida se detallan. Relata que con fecha 20 de septiembre del a o 1996, ante Notario P blico, se celebrñ ú ó un contrato de compraventa entre los demandados, señores MARIO CATALAN AILLAPAN y, MAX DAVID CATAL N HUILIPAN (padre e hijo respectivamente yÁ a la vez padre y hermano de la demandante), respecto de la propiedad ra z ubicada ení calle Santa In s, Uno Poniente, Sitio n mero dieciocho de la manzana N del plano delé ú loteo Santa In s, de la ciudad de Santiago, inscrita a fs. 68.757 N 63.912 del Registroé ° de Propiedad del a o 1996, ciudad de Santiago. ñ Afirma que el contrato en comento no lleg a perfeccionarse porque el precio de laó venta no fue pagado, aun cuando en el contrato se se ala que se pag por dichañ ó compraventa la suma de $4.500.000 de contado. Argumenta que la compraventa fue una apariencia porque la causa real y el objeto real que tuvieron las partes contratantes, era celebrar un contrato de donaci n (gratuito) y que ello perjudica la futura masaó hereditaria, afectando la leg tima de la demandante.í Asegura, que debido a lo relatado, el contrato es ineficaz e inid neo para transferir eló dominio. C-17544-2020 Foja: 1 Por otra parte y de acuerdo al art culo 1444 del C digo Civil, la falta de alg

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que, a folio 1 compareci CARLOS ESPINOZA HUENUHUEQUE, enó representaci n de do a NANCY CATAL N HUILIPAN, quien dedujo demanda deó ñ Á inexistencia o nulidad absoluta de contrato simulado en contra de don MARIO CATAL N AILLAPAN y, don MAX DAVID CATAL N HUILIPAN, todosÁ Á previamente individualizados, respecto de la compraventa celebrada con fecha 20 de septiembre de 1996, atendido las consideraciones que constan en lo expositivo de la presente sentencia y que se tienen por reproducidas para todos los efectos legales. Segundo: Que, a folios 6 y 7, comparecieron los demandados, allan ndose totalmente aá la demanda y solicitando se les exima del pago de las costas, conforme a los argumentos consignados en lo expositivo de la presente sentencia y que se tienen por reproducidos. Tercero: Que, la actora de autos, jur dicamente acciona de nulidad absoluta por falta deí precio en contrato simulado, de conformidad a lo que dispone el art culo 1682 delí C digo Civil y siguientes en relaci n con el art culo 1444 del C digo Civil, la nulidadó ó í ó que en t rminos generales, se produce por omisi n de alg n requisito o formalidad queé ó ú las leyes prescriben para el valor de ciertos actos o contratos, en consideraci n a laó naturaleza de ellos, y no a la calidad o estado de las personas que los ejecutan o acuerdan. C-17544-2020 Foja: 1 Cuarto: Que la demandante a fin de acreditar los fundamentos de su pretensi n, haó acompa ado las siguientes probanzas en forma legal y sin objeci n de contrario. ñ ó 1. Certificado de dominio vigente 2. Certificado de Hipoteca y grav menesá Quinto: Que, los demandados, atendido el allanamiento total a la pretensi n noó aparejado probanza alguna al proceso. Sexto: Que, las probanzas particularizadas en el motivo anterior, apreciadas conjunta e individualmente, como asimismo, en atenci n al valor comparativo de los mismos,ó conforme a las reglas contenidas en los art culos 343 y siguientes del C digo deí ó Procedimiento Civil y 1700 y siguientes del C digo Civil, permiten dar por establecidosó los siguientes hechos: I. Que, don Max David Catal n Huilipan, es due o del inmueble emplazado ená ñ calle Santa In s, Uno Poniente, Sitio n mero dieciocho de la manzana N delé ú plano del loteo Santa In s, de la ciudad de Santiago, inscrito a fs. 68.757 Numeroé 63.912 correspondiente al Registro de propiedad del a o 1996, del Conservadorñ de Bienes Ra ces de Santiago.í II. Que lo adquiri por compra a don Mario Catal n Aillapan, conforme a laó á escritura p blica de fecha 20 de septiembre de 1996, en la Notaria de don Iv nú á Torrealba Acevedo. S ptimo: é Que, por lo anterior, lo que corresponde es determinar la verdadera naturaleza jur dica del contrato de compraventa del inmueble de autos, si ste adolece deí é nulidad absoluta y por ende es simulado. Al respecto, el art culo 1438 del C digo Civilí ó se ala: "Contrato o Convenci n es un acto por el cual una parte se obliga para con otrañ ó a dar, hacer o no hac

Fallo

Por tanto, adoleciendo de simulaci n absoluta elí ó ó contrato que impugna la demandante, procede declarar su nulidad absoluta o la inexistencia. En m rito de lo expuesto, solicita al Tribunal tener por aceptada la demanda deé contrario en forma expresa, atendido el allanamiento, solicita se le exima del pago de las costas. Asimismo, solicita que se cancele la inscripci n de dominio vigente y,ó retrotray ndose al estado anterior a la celebraci n del contrato simulado. é ó Que, con fecha 31 de diciembre de 2020 (folio 7), A lo principal: compareci donó MAX DAVID CATALAN HUILIPAN, notific ndose en forma expresa de la demanda. á Al primer otros , contesta la demanda allan ndose totalmente a la misma, reiterando losí á mismos argumentos que don Mario Catal n ha esgrimido en su contestaci n, los que seá ó tienen por reiterados. A folio 10 consta que se les tuvo por notificados en forma expresa de la demanda el d aí 14 de enero de 2021. Que, con fecha 1 de marzo de 2021, atendido el m rito de autos y lo dispuesto en elé art culo 313 del C digo de Procedimiento Civil, se cit a las partes a o r sentencia. í ó ó í CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: Primero: Que, a folio 1 compareci CARLOS ESPINOZA HUENUHUEQUE, enó representaci n de do a NANCY CATAL N HUILIPAN, quien dedujo demanda deó ñ Á inexistencia o nulidad absoluta de contrato simulado en contra de don MARIO CATAL N AILLAPAN y, don MAX DAVID CATAL N HUILIPAN, todosÁ Á previamente individualizados, respecto de la compraventa ce

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C-17544-2020 Foja: 1 FOJA: 11 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 12 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-17544-2020 CARATULADO : CATAL N/CATAL NÁ Á Santiago, veintitr s de Marzo de dos mil veintiunoé VISTOS Que, con fecha 27 de noviembre de 2020 (folio 1), comparece JUAN CARLOS ESPINOZA HUENUHUEQUE, c dula nacional de identidad N 16.362.079-0, ené ° representaci nó de do a NANCY C

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