MONDESIR/POBLETE
Rol
O-2224-2020
Fecha
31 de mayo de 2022
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y OIDOS LOS INTERVINIENTES: PRIMERO: Que comparece VANEL MONDESIR, R.U.T: 26.443.535-8, domiciliado para estos efectos en Calle Federico de la Suis, # 1085, comuna de Pudahuel, e interpone demanda en procedimiento aplicación general de despido verbal, injustificado, indebido e improcedente, nulidad del despido y cobro de prestaciones e indemnizaciones laborales, en contra de su ex empleador OSCAR POBLETE VENEGAS, R.U.T. 8.943.632-K, domiciliado en Calle Calama, # 9175, comuna de Pudahuel, fundada en los siguientes hechos: Señala que, con fecha 26 de Diciembre de 2016, inició relación laboral con su ex empleador, OSCAR SEGUNDO DEL CARMEN POBLETE VENEGAS, suscribiendo un contrato de trabajo indefinido, en calidad de operario. Agrega que, su contrato de trabajo, se estableció en 45 horas semanales, con una hora destinada a colación y el monto de la remuneración ascendía a $ 720.000 los que eran pagados por transferencia bancaria.- En cuanto al término de la relación laboral, relata que, el día 05 de Febrero de 2020, su empleador lo reúne junto a su compañero de trabajo don LUCKSON JOSEPH, y les dice que terminen la relación laboral y suscriban un nuevo contrato de trabajo con su hijo don MAURY POBLETE, quien hasta ese día cumplía funciones dentro de la empresa como jefe directo. Declara que al negarse a firmar un nuevo contrato, sin que se le reconocieran las prestaciones con don OSCAR POBLETE lo despide de manera verbal, sin darle carta de aviso previo, ni cumplir con las formalidades del término de la relación laboral establecidos en el artículo 162 del Código del Trabajo. Previas consideraciones de derecho solicita se acoja la demanda declarando 1) que el despido del cual fue objeto es verbal, injustificado, improcedente o indebido; 2) que el despido es nulo, 3) el pago de las siguientes prestaciones e indemnizaciones laborales: a. Indemnización sustitutiva de aviso previo, por la suma de $720.000. b. Feriado legal y proporcional, por la suma de $1.042.800
Fallo
SE DECLARA: I.- Que SE ACOGE LA DEMANDA POR DESPIDO INJUSTIFICADO, NULIDAD DEL DESPIDO Y COBRO DE PRESTACIONES por lo que el demandado OSCAR SEGUNDO POBLETE VENEGAS, deberá pagar al actor las siguientes prestaciones: a) Indemnización sustitutiva de aviso previo, por la suma de $ 720.000. b) Feriado legal y proporcional, por la suma de $1.042.800.- c) Remuneración adeudada por los días trabajados del mes de Febrero de 2020, por la suma de $120.000.- d) Indemnización por 3 años de servicios, por la suma de $ 2.160.000 e) Recargo legal al 50% sobre la indemnización por años de servicio, al ser despedida verbalmente, por la suma de $ 1.080.000.- II. Que las sumas ordenadas pagar lo serán con los reajustes e intereses que disponen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo.- III.-Que deberá pagar las cotizaciones que se adeudan al actor, de todo el período en AFP Planvital, Fonasa y AFC Chile, esto es, desde el 26 de diciembre de 2016 hasta el 5 de febrero de 2020.- IV.-Deberá pagar las remuneraciones y demás prestaciones desde el término de la relación laboral el 5 de febrero de 2020 hasta la convalidación del mismo.-. V.- Habiendo sido totalmente vencido se le condena en costas las que se regulan en la suma de $ 150.000.-. VI.- Ejecutoriada que esté la presente sentencia, cúmplase con lo dispuesto en ella, dentro de quinto día. En caso contrario, certifíquese dicha circunstancia y pasen los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional para seguir con el cumpli
Texto Completo (Preview)
1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago MATERIA: DESPIDO INJUSTIFICADO, NULIDAD DEL DESPIDO, COBRO DE PRESTACIONES.- DEMANDANTE: VANEL MONDESIR. DEMANDADO: OSCAR SEGUNDO POBLETE VENEGAS. RUC N° : 20-4-0261311-5. RIT N°: O-2224-2020. Santiago, treinta y uno de mayo de dos mil veintidós. VISTOS Y OIDOS LOS INTERVINIENTES: PRIMERO: Que comparece VANEL MONDESIR, R.U.T: 26.443.535-8, domicili
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