Juzgado de Garantía de Temuco.

MP C/ NICOLÁS EVANDRO JIMÉNEZ VERDEJO

Rol

O-6742-2023

Fecha

14 de mayo de 2024

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS A.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Ante este Juzgado de Garantía, se ha presentado el Ministerio Público sosteniendo acusación en contra de NICOLÁS EVANDRO JIMÉNEZ VERDEJO, RUN 21.402.005-K, sin ocupación, domiciliado en calle Antifil N° 830, comuna de Temuco, actualmente cumple prisión preventiva por causa diversa en CDP de Villarrica asistido por la abogada defensora penal pública doña CAROLINA SANDOVAL. PRIMERO: Que, la acusación deducida por el Ministerio Público se funda en los siguientes hechos: “El día 11 de septiembre de 2023, alrededor de las 13:00 hrs. se produjo la sustracción de especies desde el vehículo marca Subaru modelo Forester en que se movilizaba la víctima J.M.R.R., quien detuvo el móvil en calle León Gallo, próximo al N° 624, con la finalidad de retirar su hijo de un establecimiento educacional cercano, oportunidad que fue aprovechada por terceros, para apropiarse de una mochila contenedora de un notebook marca Asus modelo Zenbook, lentes ópticos marca Tommy Hilfiger , un mouse, una lapicera, especies todas avaluadas en $1.210.000. , hecho denunciado mediante parte policial N° 20230498383/03740 de la BICRIM de la PDI de Temuco. El día 27 de septiembre de 2023, alrededor de las 11:30 hrs. el acusado NICOLÁS JIMÉNEZ VERDEJO concurrió hasta el Mall Easton, de calle Rudecindo Ortega N° 01780 de esta ciudad, portando el notebook singularizado en el punto anterior, puesto que se había concertado para la venta de la especie, la que ofertaba en redes sociales con el perfil de “Gaspar Jiménez”. Al llegar al lugar fue fiscalizado por personal de la PDI, encontrando en su poder el notebook de la víctima, lo que fue corroborado con el número de serie, el que coincidía con la caja que mantenía el ofendido, además de mantener la mochila, los lentes ópticos y el mouse. El acusado mantenía las especies conociendo o no pudiendo menos que conocer su origen espurio.” Sostuvo el Ministerio Público que los hechos descritos eran constitutivos del delito de un DELITO DE R

Fallo

Por estas consideraciones, y teniendo presente, además lo dispuesto en los artículos 1°, 7, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 24, 30, 31, 70, y 456 Bis A del Código Código: PYWFXNPKMQX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Penal; 406, 407 y siguientes, 412, 468 y 470 del Código Procesal Penal; 7, 8, y siguientes de la Ley 18.216, RESUELVO: I. Que SE CONDENA a NICOLÁS EVANDRO JIMÉNEZ VERDEJO, RUN 21.402.005-K, ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN 61 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN GRADO MINIMO, MULTA ASCENDENTE A UN TERCIO (1 3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, accesorias legales de suspensión para cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, en su calidad de AUTOR del DELITO CONSUMADO de RECEPTACION, perpetrado en esta comuna el 11 de septiembre de 2023. II. Que, la multa impuesta se le tiene por cumplida con cargo al periodo de detención en esta causa. III. Que, reuniéndose los requisitos del artículo 8 de la Ley N°18.216 se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta en el número I. por la pena de RECLUSIÓN PARCIAL DOMICILIARIA NOCTURNA POR 61 DÍAS, consistente en el encierro de la condenada en su domicilio ubicado en calle Antifil N° 830, comuna de Temuco, entre las 22 PM y 06 AM horas de cada día. Para los efectos de la conversión de la pena inicialmente impuesta, se computarán ocho horas continuas de reclusión parcial por cada día de privación o restricción de lib

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SENTENCIA DEFINITIVA Temuco, catorce de mayo de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Ante este Juzgado de Garantía, se ha presentado el Ministerio Público sosteniendo acusación en contra de NICOLÁS EVANDRO JIMÉNEZ VERDEJO, RUN 21.402.005-K, sin ocupación, domiciliado en calle Antifil N° 830, comuna de Temuco, actualmente cumple prisión preventiva por causa diversa en CDP de Villarric

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