PAULA CONSTANZA SCHMIDT DURÁN C/ MARLIES HENRIETTE WESTERMEYER THIEME
Rol
O-1444-2023
Fecha
15 de mayo de 2024
Materia
DAÑOS SIMPLES.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Letras, Garantía, Familia y del Trabajo de Pucón, en causa RUC 2200785625-7 RIT 1444 - 2023, ha comparecido el ministerio público de esta ciudad representado por su fiscal adjunto CARLOS HOFFMANN FLANDES, quien presentó requerimiento en contra de MARLIES HENRIETTE WESTERMEYER THIEME, cédula nacional de identidad 0009113005-K, de profesión u oficio DESCONOCIDO, domiciliado en CANDELARIA BAJO, PARCELA NR Nº 1 PUCON, forma de notificación MAIL, legalmente representado por la defensor penal público licitado DANAE CASTRO CRUZ, verificándose la audiencia, en los siguientes términos: 1.- Los Hechos: Que entre los días 09 y 10 de Agosto de 2022, la imputada MARLIES HENRIETTE WESTERMAYER THIEME, aprovechando que la parcela San Francisco, ubicada en Sector Candelaria sin número de la comuna de Pucón, de propiedad de doña Paula Constanza Schmidt Duran se encontraba sin moradores, contrató algunas personas para que ingresaran hasta dicho predio y cortaran la cantidad de 12 árboles nativos entre Hualles y Coihues de aproximadamente 15 años de edad, los que fueron talados a las altura de su base, disponiendo que fueran reducidos a chocos de madera y que fueran trasladados hasta el interior de su propiedad, la que colinda con el predio de la víctima, acopiando la madera en el lugar y apropiándose de dichas especies. El avalúo de los daños se hace en la suma de $1.200.000. 2.- Calificación jurídica: A juicio de esta Fiscalía los hechos descritos son constitutivos del delito de Daños simples, previsto y sancionado en el artículo 487 del Código Penal. Tipo penal que se le imputa en calidad de autora y en grado de desarrollo consumado. 3.- Circunstancias modificatorias y pena solicitada A juicio de la Fiscalía respecto de la requerida concurre la circunstancia modificatoria de responsabilidad penal, contenida en el artículo 11 N° 6 del Código Penal. Por lo anterior conforme artículo 67 y 69 del Código Penal se solicita l
Fallo
fallo y ponderar los antecedentes reunidos durante la investigación que lleva el fiscal, como asimismo la carga de desvirtuar la presunción de inocencia por parte del Ministerio Público, por lo que el Tribunal tiene como hechos de la causa los señalados en el requerimiento. TERCERO: Que, en estos hechos en que tuvo participación en calidad de autor se califican por el Tribunal concordando con el Ministerio Público y al acuerdo con la defensa, que no hizo objeción en cuanto a la calificación jurídica del ilícito, participación y grado de desarrollo como constitutivos de DAÑOS SIMPLES, en grado de consumado. CUARTO: Que, el Ministerio Público no señaló otros antecedentes para la determinación de la pena. QUINTO: Que, la defensa, solicita se rebaje y se conceda un mes para su pago y se le exima del pago de las costas por haber ahorrado recursos al Estado al evitar un juicio, sin que el Ministerio Público se haya opuesto a tal petición. SEXTO: Que, para determinar el quantum de la pena aplicar, se tendrá presente lo dispuesto en el artículo 395 del Código Procesal Penal y no pudiendo este Juez en caso alguno aplicar una pena superior a aquella que ha solicitado el Ministerio Público, la fijará en ésta, esto es, multa de un tercio de unidad tributaria mensual. SEPTIMO: Que, en utilización de las facultades del artículo 70 del Código Penal, a fin de que proceda al pago de la multa, este Juez le concederá un mes para el pago integro y total de la multa impuesta, desde que el fal
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RUC : 2200785625-7 RIT : 1444 - 2023 MATERIA : DAÑOS SIMPLES. IMPUTADO : MARLIES HENRIETTE WESTERMEYER THIEME RESOLUCIÓN : SENTENCIA DEFINITIVA PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO Pucón, quince de mayo de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Letras, Garantía, Familia y del Trabajo de Pucón, en causa RUC 2200785625-7 RIT 1444 - 2023, ha comparecido el mini
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