Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua.

MP C/ SERGIO ANTONIO NÚÑEZ ROJAS

Rol

O-469-2023

Fecha

13 de mayo de 2024

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos de la acusación fiscal fueron los siguientes: “Con fecha 27 de junio del año 2022, personal policial de la sección de investigación policial de la Quinta Comisaría Peumo, recibió de parte de vecinos de la Avenida Bernardo O’Higgins de la comuna de Peumo, información de que dos sujetos identificados como Manuel Miranda y Código: CXXCXNRLBWN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 Guillermo Merina Córdoba, quiénes habían llegado hace un tiempo a residir en una media agua ubicada la cancha Sofruco de dicha localidad se estaban dedicando al ilícito de venta de drogas entre los adictos del sector. Esta denuncia fue puesta en conocimiento de la Fiscalía de San Vicente, instruyéndose levantar información al respecto lo cual se plasmó en un respectivo informe policial. Con el mérito de la información y resultados recabados, el día lunes 11 de julio del año 2022, se recabó con el Juez de turno, la respectiva orden de entrada y registro al inmueble antes aludido, la que fue debidamente autorizada y ejecutada por el personal policial el día 12 de julio del año 2022, a eso de las 8:30 horas aproximadamente. Tras irrumpir en el inmueble en cuestión, el cual era de material ligero, tipo media agua, de un solo ambiente, lugar donde se encontró al interior a Manuel Antonio Miranda Guzmán, quien es de forma inmediata reducido, así como también a los imputados: Sergio Antonio Núñez Rojas, Doña Sandra Mariol Olmo Miranda y Don Diego Lamoza Osorio. En el registro del primero de los imputados, Manuel Miranda éste portaba un banano color negro en su cintura en cuyo interior mantenía dos bolsas de nylon pequeñas, contenedora de una sustancia polvorienta de color blanco; así como también un cartucho, calibre 3.80, sin percutar, marca CBC, y una vaina del mismo calibre y marca. Al registro, se pudo encontrar una pesa digital, sin marca, de color gris, la que se encontraba oculta tras un mueble de ropa; así como 3 env

Fundamentos

considerando anterior, apreciada libremente la prueba según lo dispuesto en el artículo 297 del Código Procesal Penal, sin contradecir los principios de la lógica, las máximas de la experiencia y los conocimientos científicamente afianzados, el Tribunal llega a la convicción, tal como se adelantó en el Código: CXXCXNRLBWN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 20 veredicto, que es posible dar por acreditado que en el mes de junio del año 2022, personal policial de la sección de investigación policial de la Quinta Comisaría Peumo, recibió de parte de vecinos de la Avenida Bernardo O’Higgins de la comuna de Peumo, información de que dos sujetos identificados como Manuel Miranda Núñez y Guillermo Merina Córdoba, residían hace un tiempo en una mediagua ubicada la cancha Sofruco de la misma comuna, lugar en el que se estaban dedicando al ilícito de venta de drogas entre los adictos del sector. Esta denuncia fue puesta en conocimiento de la Fiscalía de San Vicente, instruyéndose levantar información al respecto lo cual se plasmó en un respectivo informe policial. Con el mérito de la información y resultados recabados, el día lunes 11 de julio del año 2022 se recabó con el Juez de turno la respectiva orden de entrada y registro al inmueble señalado, la que fue debidamente autorizada y ejecutada por el personal policial aproximadamente a las 08:30 horas del día 12 de julio del año 2022, encontrándose un inmueble de material ligero tipo mediagua, de un solo ambiente, siendo sorprendidos al interior a Manuel Antonio Miranda Guzmán, Sergio Antonio Núñez Rojas, Sandra Mariol Olmos Miranda y Diego Lamoza Osorio, quienes fueron debidamente registrados, encontrándose al primero, Manuel Miranda, un banano color negro en cuyo interior mantenía dos bolsas de nylon pequeñas, contenedora de una sustancia polvorienta de color blanco, un cartucho calibre .380, sin percutar marca CBC, una vaina del mismo calibre y marca, y al registrar la casa habitación se encontró una pesa digital que se encontraba oculta tras un mueble de ropa; así como 13 envases de 10 comprimidos de ácido valpórico, y una caja de madera cerrada con candado y escondida bajo una cama de dos Código: CXXCXNRLBWN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 21 plazas se encontró 72 envoltorios de papel cuadriculado contenedores de una sustancia polvorienta de color blanca, un envoltorio de papel cuadriculado contenedor de una sustancia vegetal de color verde con características similares la marihuana elaborada, 10 envoltorios de nylon transparente, utilizado frecuentemente para la dosificación de sustancia ilícita, la suma de $129.000 en dinero en efectivo, tres cédulas de identidad chilena, correspondientes a Manuel Miranda Guzmán, Sergio Núñez Roja y a Diego Lamoza Osorio. Realizadas las pruebas de campo de rigor se estableció que los 72 envoltorios de papel cuadriculado y los do

Fallo

por tanto debe tenerse presente lo señalado por los funcionarios sobre que las especies incautadas estaban en poder de Manuel Miranda, y finalmente señala que sus representados estaban consumiendo, y para ser penado debió haber sido un lugar público, pero se trataba de un recinto privado, siendo la única forma de que sea penado es cuando existe un concierto previo, lo que tampoco fue probado, por lo que solicita su absolución. NOVENO: Valoración de la prueba incorporada en el juicio oral y de la declaración de los acusados. Que al ser coincidente lo expuesto por los testigos Gabriel Cárcamo González y Christian Vargas Quediman, ambos funcionarios de carabineros, es posible establecer como hechos del proceso que vecinos de la comuna de Peumo realizaron denuncias anónimas sobre que en una mediagua ubicada al costado de la cancha de fútbol existente en Avenida O’Higgins de la referida comuna, habían llegado a vivir dos hombres adultos que se dedicaban al tráfico de sustancias ilícitas, lo que se transmitió al fiscal Claudio Riobó, quien les instruyó levantar información, fijar fotográficamente la mediagua, y corroborar lo denunciado por los vecinos, pudiendo establecer que los dos sospechosos se llamaban Manuel Miranda Guzmán y Guillermo Merino Córdova, gestionando además una orden de entrada y registro al inmueble, la que se materializó a las 08:30 del día 12 de Código: CXXCXNRLBWN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pj

Texto Completo (Preview)

1 Rit 469-2023 Rancagua, trece de mayo de dos mil veinticuatro. Vistos, oídos, y considerando. PRIMERO: Individualización del tribunal, de los intervinientes y de la causa. Que ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, constituido por los magistrados doña Rocío Pillar Castello Cordero, quien presidió la audiencia, don Hernán Carlos González Muñoz, y don David Eduardo Gómez Palma

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