SCANIA FINANCE CHILE S.A./OBRAS CIVILES AREVALO Y VIVEROS LIMITADA
Rol
C-7854-2020
Fecha
22 de marzo de 2021
Materia
MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Don Maciel Pinto Ortega, abogada, domiciliada en pasaje Rosa Rodr guez Ní ° 1375, oficina 612, comuna de Santiago, en representaci n convencional de Scaniaó Finance Chile S.A., representada legalmente por don Santiago Zamar, ingeniero comercial, y por don Diego Marcelo Mancilla Astorga, abogado, todos domiciliados en Panamericana Sur N 9850, comuna de Quilicura, deduce en juicio sumario especial de° terminaci n del contrato de arrendamiento por no pago de las rentas, en contra de laó sociedad Obras Civiles Ar valo y Viveros Limitada, sociedad del giro de sué denominaci n, representada legalmente por don Eduardo Mauricio Ar valo Pizarro,ó é empresario, ambos con domicilio en calle Jos Manso de Velasco N 366-402, Antuco,é ° comuna de Los ngeles y/o calle Ignacio Carrera N 461, comuna de Ca ete, a objetoÁ ° ñ de que se declare lo siguiente: a) terminados dos contratos de arriendo suscritos con la demandada por no pago de rentas pactadas; b) se le condene a pagar a su representada las siguientes sumas: - la suma de $61.496.774 m s IVA,á correspondiente a las rentas vencidas, con m s elá inter s pactado e inter s legal hasta la restituci n material de los bienes.é é ó - El pago de las rentas que se devenguen durante la tramitaci n del proceso hasta laó devoluci n efectiva de los bienes arrendados por concepto de indemnizaci n deó ó perjuicios por lucro cesante. - Por concepto de cl usula penal pactada y a t tulo de multa el pago nico y totalá í ú equivalente a tres rentas de arrendamiento pagaderas al contado conjuntamente con la entrega de los bienes arrendados. Todo lo anterior, con costas. Con fecha 16 de febrero ltimo se llev a efecto el comparendo de estilo,ú ó ratificando la actora la demanda deducida, en rebeld a de la demandada y llamadas lasí partes a conciliaci n no se produjo.ó En la misma audiencia se recibi la causa a prueba, y, no habi ndose ofrecidoó é prueba a rendir exclusiva del t rmino probatorio, se cit , a continuaci n, a las partes aé ó ó o
Fallo
se declara:º ó I.-Que se acoge, en todas sus partes la demanda autos, y, en consecuencia, se declara terminado el contrato de arrendamiento suscrito entre las partes, que el demandado deber pagar las sumas demandadas y pactadas seg n contrato conformeá ú liquidaci n que se practicar en su oportunidad por el Secretario del Tribunal.ó á II.- Que se condena en costas al demandado, por haber sido totalmente vencido. An tese, reg strese y en su oportunidad arch vese.ó í í Dictada por do a Claudia Donoso Niemeyer, Juez Titular; Autoriza Erwinñ Cardenas Jofr , Secretario Ad Hoc.é Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintid s de Marzo de dos mil veintiunoó C-7854-2020 Foja: 1 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-03-22T13:20:32-0300
Texto Completo (Preview)
C-7854-2020 Foja: 1 FOJA: 40 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 18 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-7854-2020 CARATULADO : SCANIA FINANCE CHILE S.A./OBRAS CIVILES AREVALO Y VIVEROS LIMITADA Santiago, veintid s de Marzo de dos mil veintiunoó VISTOS: Don Maciel Pinto Ortega, abogada, domiciliada en pasaje Rosa Rodr guez Ní ° 1375, oficina 612, comuna de Santiago, en representaci
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