RIVOIRA/
Rol
V-121-2020
Fecha
23 de marzo de 2021
Materia
DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Comparece don JORGE IGNACIO MASSANÉS SOLER, casado, ingeniero comercial, cédula de identidad N° 4.674.445-4, domiciliado para estos efectos en calle Miraflores número 222, piso 23, comuna y ciudad de Santiago, en representación de don PIER GIORGIO RIVOIRA, italiano, casado, factor de comercio, pasaporte italiano N°YA6828867, domiciliado en Via Bodoni 144, Saluzzo, Italia, y expone: Que por este acto, en la representación en que comparece, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 889 del Código de Procedimiento Civil y artículo 1401 del Código Civil, viene en solicitar se autorice a efectuar la donación en virtud del cual don Pier Giorgio Rivoira donará a su hijo, don Lorenzo Rivoira, italiano, soltero, factor de comercio, Número de Identificación Tributaria Italiana RVR LNZ 81P09 D742K, domiciliado en calle Bodoni número 146, Saluzzo, Italia; la totalidad de los derechos sociales que le pertenecen en la sociedad de responsabilidad limitada Inversiones Rivoira Limitada, esto es, el 18,06% de los derechos sociales de dicha compañía, los cuales de conformidad a las reglas de valoración de bienes que dispone el Capítulo VI de la Ley N° 16.271 sobre Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones, ascienden a un valor total de $165.145.126.- Expone, que el donante don Pier Giorgio Rivoira, es plenamente capaz para disponer de sus bienes, y que su hijo don Lorenzo Rivoira, es igualmente capaz para ser donatario, pues es mayor de edad y no se encuentra sujeto a patria potestad, ni a tutela ni curaduría alguna. Señala, que Inversiones Rivoira Limitada, se constituyó bajo la razón social de Inversiones Rivoira S.A. por escritura pública de fecha 22 de mayo de 2007, otorgada en la Notaria de Santiago de don Álvaro Bianchi Rosas. Un extracto de dicha escritura se inscribió a fojas 21.510 número 15.727 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2007 y se publicó en el Diario Oficial del 4 de junio del mismo año. Manifiesta
Fundamentos
fundamentos de la solicitud, el donante acompañó los siguientes documentos: 1.- Balance General al 30 de diciembre de 2019 de la sociedad Inversiones Rivoira Limitada; 2.- Copia con vigencia de la inscripción de constitución de Inversiones Rivoira Limitada que rola a fojas 21.510 número 15.727 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2007. 3.- Copia autorizada de la escritura pública de fecha 31 de diciembre de 2019, otorgada en la Notaría de Santiago de don Juan Ricardo San Martín Urrejola, en la cual consta la transformación de Inversiones Rivoira S.A. en una sociedad de responsabilidad limitada. A folio 6, con fecha 19 de agosto de 2020, se dio curso a la solicitud de insinuación de donación. A folio 7, con fecha 24 de agosto de 2020, se efectuó información sumaria de testigos, ante la Sra. Receptora Judicial doña Zayda Rodríguez Fuentes. 3 A folio 8, con fecha 18 de febrero de 2021, se acompañó certificado de pago de impuesto N° 36/ 2021, de fecha 17 de febrero de 2021, a la donación el que acredita que el impuesto a la herencia y donación, se encuentra pagado con el mérito del giro y comprobantes de pago de impuestos N° 4592663.-, se tuvo por aprobado. A folio 11, con fecha 08 de marzo de 2021, se trajeron los autos para fallo. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: El mérito de los antecedentes acompañados, fundamentos expresados por el solicitante y habiéndose acreditado el pago del impuesto de la donación, con el certificado agregado en autos y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 580, 582, 583 y 1386 del Código Civil y 817 y siguientes, 889 y 890 del Código de Procedimiento Civil,
Fallo
POR TANTO: De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 1386 y siguientes del Código Civil; artículos 889 y 890 del Código de Procedimiento Civil y artículo 52 de la Ley de Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones N° 16.271.-, solicita previo informe del Servicio de Impuestos Internos, autorizar a su representado para hacer donación irrevocable, por mera liberalidad, a título gratuito, al hijo del donante, don Lorenzo Rivoira, ya individualizado del bien singularizado y otorgar copia de la sentencia que se dicte al efecto. A folio 1 y 5, a fin de acreditar los fundamentos de la solicitud, el donante acompañó los siguientes documentos: 1.- Balance General al 30 de diciembre de 2019 de la sociedad Inversiones Rivoira Limitada; 2.- Copia con vigencia de la inscripción de constitución de Inversiones Rivoira Limitada que rola a fojas 21.510 número 15.727 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2007. 3.- Copia autorizada de la escritura pública de fecha 31 de diciembre de 2019, otorgada en la Notaría de Santiago de don Juan Ricardo San Martín Urrejola, en la cual consta la transformación de Inversiones Rivoira S.A. en una sociedad de responsabilidad limitada. A folio 6, con fecha 19 de agosto de 2020, se dio curso a la solicitud de insinuación de donación. A folio 7, con fecha 24 de agosto de 2020, se efectuó información sumaria de testigos, ante la Sra. Receptora Judicial doña Zayda Rodríguez Fuentes. 3 A folio 8, con fecha 18
Texto Completo (Preview)
1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 10º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : V-121-2020 CARATULADO : RIVOIRA/ Santiago, veintitrés de Marzo de dos mil veintiuno VISTO: Comparece don JORGE IGNACIO MASSANÉS SOLER, casado, ingeniero comercial, cédula de identidad N° 4.674.445-4, domiciliado para estos efectos en calle Miraflores número 222, piso 23, comuna y ciudad de Santiago, en representa
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica