MP CALAMA C/ VALEZKA NATALIA SANHUEZA JARA
Rol
O-42-2024
Fecha
13 de mayo de 2024
Materia
TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y OÍDO: PRIMERO: Individualización del tribunal e intervinientes. Que, ante este Tribunal de Juicio Oral de Calama, compuesto por los jueces Sergio Villa Romero, Fabián Valdés Muñoz (S) y Marilyn Neira Mendoza, se llevó a efecto el día ocho de mayo de dos mil veinticuatro, la audiencia de juicio oral en la causa RIT N°42-2024, seguida en contra de la acusada VALEZKA NATALIA SANHUEZA JARA, cédula de identidad N°15.647.929-2, nacida en Talcahuano el 18 de noviembre de 1983, de 40 años de edad, casada, asistente de párvulos, domiciliada en Pasaje 21, casa 107, Talcahuano, apercibida conforme al artículo 26 del Código Procesal Penal en el domicilio de su defensa, representada por los abogados defensores privados Roberto Pinto Cruz y Francisco Gajardo Contreras, ambos domiciliados en Pasaje Bolívar 1256, Villa Caspana, Calama y forma de notificación ya registrados en el tribunal. El Ministerio Público estuvo representado por el fiscal Cristian Aliaga Ayarza, con domicilio en Avenida Granaderos 2426, Calama, y forma de notificación ya registrados en el tribunal.
Fundamentos
CONSIDERANDO: SEGUNDO: Acusación. Que el Ministerio Público dedujo acusación en los siguientes términos: El día 13 de Octubre de 2023, personal policial de la Sección OS-7 El Loa de Carabineros de Chile realizó controles vehiculares selectivos -de conformidad a la Ley N° 18.290- en la Ruta B-25, kilómetro 109, atendido que dicha ruta es utilizada frecuentemente por traficantes de drogas para trasladar sustancia ilícita hasta la zona centro del país, siendo las 20:00 horas aproximadamente, procedieron a fiscalizar una camioneta de marca Mahindra, modelo Pik-Up, año 2020, color gris, PPU LRKD-98, percatándose personal policial de la existencia de diversos sacos de nylon de color celeste de idénticas característicos a los utilizados comúnmente por traficantes de drogas para transportar grandes cantidades de sustancias ilícitas hacia el sur del país que se mantenía en la parte del Pik-Up del vehículo, por lo que junto al ejemplar canino detector de drogas "EINAR" se efectuó una revisión por la parte exterior del móvil, mediante un circuito de búsqueda en forma olfativa, dando una alerta positiva de marcación ante la presencia de alguna sustancia Código: YDVBXNKFXKN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 sometida a control por la Ley N° 20.000 en la parte trasera de la camioneta, ante tales indicios procedieron a realizarle un control de identidad a la conductora de conformidad al artículo 85 del Código Procesal Penal, siendo identificado la imputada VALEZKA NATALIA SANHUEZA JARA y, a la revisión del sector del Pik-Up del vehículo, lograron incautar 10 sacos de nylon de color celeste los que contenían un total de 196 paquetes de diferentes tamaños y formas envueltos en cinta adhesiva de color café, contenedores de una sustancia vegetal que, al ser sometida a la prueba de campo respectiva, dio coloración positiva ante la presencia de Marihuana, arrojando un peso de 205 kilos 450 gramos, que la imputada transportaba, por lo que fue detenida. A juicio del Ministerio Público, los hechos anteriormente descritos son constitutivos del delito de tráfico de drogas, establecido en el artículo 3º en relación al 1° de la Ley 20.000, en grado de consumado, siendo la participación de la acusada la de autora de conformidad a lo establecido en el artículo 15 número 1 del Código Penal. Considerando la fiscalía que concurre en favor de la acusada la atenuante del artículo 11 N°6 del Código Penal, sin agravantes, solicita que se le aplique la pena de 10 años y 1 día de presidio mayor en grado medio, más multa de 100 Unidades Tributarias Mensuales, sufriendo por vía de sustitución la pena de reclusión en algún establecimiento penitenciario, regulándose un día por cada media UTM, accesorias legales, costas del juicio en los términos del artículo 24 del Código Penal, más comiso de las especies utilizadas en la comisión del delito. TERCERO: Alegatos de apertura. Que, en su alegato de apertura, el Ministerio
Fallo
se acuerda, la fiscalización era selectiva, en ese tiempo había una sola pista en ambos sentidos, para hacerle control antidrogas tiene que estar con su indumentaria de seguridad, luces, chaleco reflectante, balizas, antes habían controlado unos 50 vehículos, él estaba de temprano ahí, al llegar a la garita no hay una ruta alternativa donde uno pueda girar a la derecha o a la izquierda, justamente en ese tiempo había un desvío, estaban haciendo una carretera nueva, no hay desvío hacia los lados; las especies se las incautó su patrulla a la acusada, a él le hizo entrega de un teléfono, al él no le entregó las claves de ese teléfono, que él sepa tampoco a otra persona, no sabe si entregó un segundo teléfono. Tal como se ha adelantado al inicio del análisis, y como puede advertirse, la declaración de ambos funcionarios resultó coherente, lógica y concordante, estimándose creíble, sin vislumbrarse en ambos deponentes otro ánimo en que el de aportar los detalles y antecedentes fácticos que percibieron directamente por sus sentidos en el cumplimiento de su deber institucional, dando razón de sus dichos, sin que existiera entre sus deposiciones alguna contradicción evidente o sustancial, por el contrario, siendo lo esperable, otorgaron de manera coincidente circunstancias fácticas de contexto ambiental, tiempo, lugar y detalles de la fiscalización efectuada el día 13 de octubre de 2023, en el contexto de un control vehicular selectivo que los funcionarios policiales realizaban apos
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1 C/ VALEZKA NATALIA SANHUEZA JARA RIT: 42-2024 RUC: 2301118774-9 TRÁFICO ILÍCITO DE ESTUPEFACIENTES Calama, trece de mayo de dos mil veinticuatro. VISTO Y OÍDO: PRIMERO: Individualización del tribunal e intervinientes. Que, ante este Tribunal de Juicio Oral de Calama, compuesto por los jueces Sergio Villa Romero, Fabián Valdés Muñoz (S) y Marilyn Neira Mendoza, se llevó a efecto el día ocho de m
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