Juzgado de Garantía de Chiguayante.

MINISTERIO PUBLICO C/ CLAUDIA SAHIYA YIRLEYN CASTILLO ROMERO

Rol

O-1182-2023

Fecha

11 de mayo de 2024

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que el Fiscal del Ministerio Público, doña Pamela Lillo Salazar, domiciliado en San Juan Bosco 2026 de Concepción, ha presentado requerimiento en procedimiento simplificado en contra de CLAUDIA SAHIYA YIRLEYN CASTILLO ROMERO, cédula de identidad N°21.476.863-1, fecha de nacimiento 15 de noviembre de 2003, sin oficio, domicilio en calle Antú, casa 4511, Poblacion POCURO, Coronel, por su responsabilidad como autora del delito de hurto simple, previsto y sancionado en el artículo 446 N°3 del Código Penal, grado de desarrollo frustrado. El Ministerio Público, fundamenta el requerimiento en los siguientes hechos: El día 22 de septiembre del año 2023 a las 18:58 horas aproximadamente al interior del Supermercado Líder ubicado en calle Manuel Rodríguez N°1057 de la comuna de Chiguayante, la imputada procedió a sustraer con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño diversos juguetes, 1 pack de cervezas, 2 acondicionadores Pantene, avaluados en total en $82.300.- traspasando el lineal de las cajas registradoras, sin pagar el precio de las especies, siendo sorprendidos por guardias de seguridad del referido Supermercado. Con lo señalado y teniendo presente además lo dispuesto en los artículos 1, 5, 5, 7, 11 N° 6 y 9, 14, 15N° 1, 18, 25, 30, 50, 70, 446 N°3 y demás pertinentes del Código Penal, 389, 393, 395, 407, y siguientes del Código Procesal Penal, 4 y siguientes de la Ley 18.216, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a CLAUDIA SAHIYA YIRLEYN CASTILLO ROMERO, cédula de identidad N°21.476.863-1, ya individualizada, como autora del delito de hurto simple, previsto y sancionado en el artículo 446 N°3 del Código Penal, grado de desarrollo frustrado, perpetrado en la comuna de Chiguayante y afectó a Supermercado LIDER, con fecha 22 de septiembre del año 2023, a la pena de CUARENTA Y UN DÍAS (41) de prisión en su grado máximo, a las accesorias del artículo 30 del Código Penal durante el tiempo de la condena, y al pago Multa de UN TERCIO de Unidad Tributaria Mensua

Fallo

SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a CLAUDIA SAHIYA YIRLEYN CASTILLO ROMERO, cédula de identidad N°21.476.863-1, ya individualizada, como autora del delito de hurto simple, previsto y sancionado en el artículo 446 N°3 del Código Penal, grado de desarrollo frustrado, perpetrado en la comuna de Chiguayante y afectó a Supermercado LIDER, con fecha 22 de septiembre del año 2023, a la pena de CUARENTA Y UN DÍAS (41) de prisión en su grado máximo, a las accesorias del artículo 30 del Código Penal durante el tiempo de la condena, y al pago Multa de UN TERCIO de Unidad Tributaria Mensual. II.- Que reuniéndose los requisitos del artículo 4° de la ley 18.216, se le concede a la sentenciada, a cumplir la pena corporal con la sustitutiva de remisión condicional por el término de UN AÑO, debiendo quedar sujeto al control de Gendarmería de Chile, debiendo dar estricto cumplimiento a lo ordenado en el artículo 5° de la referida ley y a las que la autoridad administrativa le imponga. La sentenciada deberá concurrir Centro de Reinserción Social de Concepción ubicado en calle Barros Arana 323 Concepción el día 22 de mayo de 2024, a las 09:00 horas para dar inicio a su cumplimiento, con su cédula de identidad, bajo apercibimiento del artículo 24 de la Ley 18.216. Que en el caso que la pena sustitutiva le sea revocada y el sentenciado deba cumplir efectivamente la pena corporal que le fue impuesta, ésta empezará a contarse desde que se presente o sea habida, sirviéndole de abono el día que estuvo

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Chiguayante, once de mayo de dos mil veinticuatro. VISTOS: PRIMERO: Que el Fiscal del Ministerio Público, doña Pamela Lillo Salazar, domiciliado en San Juan Bosco 2026 de Concepción, ha presentado requerimiento en procedimiento simplificado en contra de CLAUDIA SAHIYA YIRLEYN CASTILLO ROMERO, cédula de identidad N°21.476.863-1, fecha de nacimiento 15 de noviembre de 2003, sin oficio, domicilio en

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