Tribunal de Juicio Oral en lo Penal Viña del Mar.

SERVICIO NACIONAL ADUANA C/ MANUEL ADRIÁN PÉREZ SOTO

Rol

O-564-2023

Fecha

13 de mayo de 2024

Materia

CONTRAB. INFRAC A LA ORD. DE ADUAN ART 168. LEY 20.780

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos materia de la acusación fiscal, según se lee en el auto de apertura, son los siguientes: “Siendo las 11:00 hrs. aproximadamente del día 15 de julio de 2021, personal policial de Carabineros sorprendió al acusado al interior de la feria Caupolicán, ubicada en Av. Alessandri s/n°, a la altura de Calle Las Araucarias, Viña del Mar, ofreciendo al público, para la venta, cigarrillos ilegales que mantenía en dos bolsas plásticas, quien al percatarse de la presencia policial arrojó una de las bolsas y huyó abordando un vehículo marca Chevrolet, modelo Corsa PPU XK- 6698, encontrando en poder del acusado 1.420 cajetillas de cigarrillos de diferentes marcas, de origen extranjero, tales como Bluemont, Black Jack, Hills, Fox, Carnival Blue, This, Carnival Silver, Jaisalmer Blue, Jaisalmer Light, Lucky Strike, Gift, Tabaca Blue, Solera Classic Blend, 10/20 Blue, Vip, This Blue, Eight Convet y Gift Concertible, cuya importación se encuentra prohibida, conforme lo dispuesto en el artículo 168 inciso 2° de la Ordenanza de Aduanas, en relación con el artículo 12 del Decreto Ley N°828, de fecha 31 de Diciembre de 1974, del ministerio de Hacienda, que establece normas sobre el cultivo, elaboración, comercialización e impuestos que afectan al tabaco y Resolución Exenta N°904, del Ministerio de Salud, que autoriza la comercialización de los productos de tabaco que indica, con un valor aduanero ascendente a la suma de US$5.838,48, equivalente a $4.275.224, conforme al tipo de cambio vigente del mes de Julio de 2021, correspondiente a $732,25.-.” Los hechos descritos, a juicio del Ministerio Público, configuran el delito de contrabando aduanero, previsto en los artículos 168 inciso 2°, 178 N°3 y 179 e) de la Ordenanza de Aduanas, en relación con el artículo 12 y artículo 17 letra d) del DL 828 y Resolución Exenta N°904 del Ministerio de Salud, en grado de Código: BXFMXNFVBKN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl - 2 -

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Antecedentes, Tribunal e intervinientes. Que el siete de mayo en curso, ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, presidida por la magistrada Rocío Oscariz Collarte e integrada por las juezas Paula Millon Lorens y Viviana Poblete Vera, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral RUC 2110040278-2, RIT564-2023, seguido en contra de Manuel Adrián Pérez Soto, nacido en esta ciudad el 18 de abril de 1966, de 59 años de edad, cédula nacional de identidad Nº10.208.390-3, apodado “Caminante”, comerciante, casado, con domicilio en Sector Lago Riñihue, casa N°2, Santa Julia, Achupallas, de esta ciudad. Sostuvo la acusación fiscal el Ministerio Público, representado por su Fiscal adjunto Cristian Andrade Andrade, a la que se adhirió la querellante, Servicio Nacional de Aduanas, representada por el abogado Sergio Cabezas González, en tanto que la defensa del acusado fue asumida por el Defensor Penal Público Víctor Rivas Guzmán, todos con domicilio y forma de notificación registrados en la causa. SEGUNDO: Acusación. Que los hechos materia de la acusación fiscal, según se lee en el auto de apertura, son los siguientes: “Siendo las 11:00 hrs. aproximadamente del día 15 de julio de 2021, personal policial de Carabineros sorprendió al acusado al interior de la feria Caupolicán, ubicada en Av. Alessandri s/n°, a la altura de Calle Las Araucarias, Viña del Mar, ofreciendo al público, para la venta, cigarrillos ilegales que mantenía en dos bolsas plásticas, quien al percatarse de la presencia policial arrojó una de las bolsas y huyó abordando un vehículo marca Chevrolet, modelo Corsa PPU XK- 6698, encontrando en poder del acusado 1.420 cajetillas de cigarrillos de diferentes marcas, de origen extranjero, tales como Bluemont, Black Jack, Hills, Fox, Carnival Blue, This, Carnival Silver, Jaisalmer Blue, Jaisalmer Light, Lucky Strike, Gift, Tabaca Blue, Solera Classic Blend, 10/20 Blue, Vip, This Blue, Eight Convet y Gift Concertible, cuya importación se encuentra prohibida, conforme lo dispuesto en el artículo 168 inciso 2° de la Ordenanza de Aduanas, en relación con el artículo 12 del Decreto Ley N°828, de fecha 31 de Diciembre de 1974, del ministerio de Hacienda, que establece normas sobre el cultivo, elaboración, comercialización e impuestos que afectan al tabaco y Resolución Exenta N°904, del Ministerio de Salud, que autoriza la comercialización de los productos de tabaco que indica, con un valor aduanero ascendente a la suma de US$5.838,48, equivalente a $4.275.224, conforme al tipo de cambio vigente del mes de Julio de 2021, correspondiente a $732,25.-.” Los hechos descritos, a juicio del Ministerio Público, configuran el delito de contrabando aduanero, previsto en los artículos 168 inciso 2°, 178 N°3 y 179 e) de la Ordenanza de Aduanas, en relación con el artículo 12 y artículo 17 letra d) del DL 828 y Resolución Exenta N°904 del Ministerio de Salud, en grado de Código: BXFMXNFVBKN Este documento tiene fi

Fallo

se acuerda bien de la fecha pero si la hora, llegó como a las 11 de la mañana. Eso fue en la feria Caupolicán. Llegó a la feria en su auto Chevrolet corsa blanco, no recuerda la patente, lo había comprado recién, pero no estaba con los papeles al día. Los cigarros los mantenía en el maletero eran 55 cartones cada cartón tiene 10 cajetillas, eran Carnival y los de la bolsa plástica Lucky, se los traía un amigo de nombre Roberto y lo trae de Santiago, no cree que sea el nombre verdadero, no hace más preguntas para que le vendan. Carabineros llegó cuando él venía llegando, manejando el auto. Le dijeron Caminante te llamamos. Abrieron el maletero y el que estaba a cargo dijo “echémosle todos los cigarros a este viejo”. Al querellante respondió que cuando llegaron los carabineros él estaba llegando a la Feria Caupolicán. No alcanzó a estar en la feria ni a bajarse del auto. Tenía los cigarros que dijo, en el maletero. A su defensa respondió que iba a estacionarse para llevar los cigarros y venderlos, él se pone entre los puestos de pescado, donde siempre lo han pillado. El destino era la venta. Un cartón valía $9.000 y $1000 la cajetilla, a eso lo vendía. Roberto es de Santiago y entrega cigarros a todos en Viña del Mar y llegó a ofrecerle cigarros cuando él le compraba a otra persona y Roberto lo suplantó, esto ocurrió el año 2021, no se acuerda del mes. Código: BXFMXNFVBKN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl

Texto Completo (Preview)

- 1 - DELITO : Contrabando aduanero RUC N° : 2110040278-2 ROL INTERNO : 564-2023 ACUSADO : Manuel Adrián Pérez Soto FISCAL : Cristian Andrade Andrade QUERELLANTE : Sergio Cabezas González DEFENSOR PENAL PÚBLICO: Víctor Rivas Guzmán ____________________________________________________/ Viña del Mar, trece de mayo de dos mil veinticuatro VISTO, OÍDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Antecedentes, Tribunal e

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