MINISTERIO PUBLICO ANTOFAGASTA C/ GIOVANNI JAVIER ARAYA HUIDOBRO
Rol
O-930-2023
Fecha
11 de mayo de 2024
Materia
CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos descritos constituirían el delito consumado de conducir vehículo motorizado bajo la influencia de sustancias estupefacientes o psicotrópicas sin haber obtenido licencia de conducir, previsto y sancionado en los artículos 196, 110 y 209 de la Ley 18.290, en el cual le cabía participación al Código: VXCNXNVDXJN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3 imputado en calidad de autor, de acuerdo con lo que previene el artículo 15 N°1 del Código Penal. Se indicó que no concurrían circunstancias modificatorias, solicitando que se impusiera la pena de 3 años de presidio menor en su grado medio, multa de 4 unidades tributarias mensuales, suspensión de la licencia de conducir por dos años, más las accesorias legales y el pago de las costas de la causa. TERCERO. Que el fiscal en su apertura, indicó que rendirá prueba para acreditar el delito, que existía un error en la acusación pues los hechos eran del año 2022 y no del 2021 como aparece, lo que se podrá aclarar con la prueba de cargo, indicando los funcionarios que el acusado conducía un vehículo que colisionó por alcance a otro móvil, manteniendo un consumo previo de estupefacientes y sin que mantuviera licencia que lo habilitara para la conducción, incorporando también un video que dará cuenta de la forma como se produjeron los hechos, pidiendo una condena. Por su parte, la defensa, indicó que pedirá un veredicto absolutorio por no haber estado su representado bajo los efectos de ninguna droga que afectase la conducción del vehículo, sin perjuicio de involucrarse en un accidente, declarando el acusado en tal sentido. CUARTO: Que el acusado GIOVANNI JAVIER ARAYA HUIDOBRO Código: VXCNXNVDXJN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 4 renunció a su derecho a guardar silencio y como un medio de defensa prestó declaración en el juicio. Señaló que el día anterior al choque, tuvo un carrete famili
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha seis del presente mes y año, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, constituido por la juez Presidenta de la Sala Patricia Alvarado Padilla e integrada por los jueces Israel Fuentes Gutiérrez y Francisco Lanas Jopia, todos titulares, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral de la causa RIT 930-2023, RUC 2200092205-K, seguida por el delito de conducir vehículo motorizado bajo la influencia de sustancias estupefacientes o psicotrópicas sin haber obtenido licencia de conducir, en contra de GIOVANNI JAVIER ARAYA HUIDOBRO, cédula de identidad N°16.437.244-8, chileno, nacido en Antofagasta el 28 de agosto de 1986, 37 años, soltero, ayudante de soldador, con domicilio en Calle Prat 214, Oficina Nº 404 de Antofagasta. Sostuvo la acusación el Ministerio Público representado por el fiscal adjunto (s) Eduardo Catalán Muñoz, mientras que la defensa del encausado estuvo a cargo de la defensora penal licitada Andrea Moratta Gallardo, ambos con domicilio y forma de notificación ya registrados en el tribunal. La audiencia de juicio se celebró de forma presencial. SEGUNDO: Que, la acusación deducida se funda en los Código: VXCNXNVDXJN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 siguientes hechos, según se expone en el auto de apertura: “El día 26 de enero de 2021, aproximadamente a las 17:40 horas, el imputado ya individualizado, conducía sin contar con licencia de conducir el vehículo P.P.U YL.6131, marca Ford, modelo Ka, año 2005, color plateado, por la calzada de Avenida General Óscar Bonilla, momento en que al llegar a intersección de calle Manuel Silva, colisiona por no encontrarse atento a las condiciones de tránsito del momento, en la parte posterior al vehículo P.P.U CYHT.62, tipo camioneta, marca Nissan, conducido por GONZALO LIMACHI CHAMBI. Producto del accidente, la víctima STEFANY MORALES VEGA, quien iba al interior del vehículo del imputado, resultó con HERIDA DE MUCOSA DE LABIO INFERIOR, heridas de carácter clínicamente leves. Tomada la respectiva muestra de sangre al acusado, dio como resultado que conducía bajo los efectos de sustancias estupefacientes, al arrojar el examen toxicológico positivo para la cocaína (BENZOILECGONINA)”. (sic). Se indicaba que los hechos descritos constituirían el delito consumado de conducir vehículo motorizado bajo la influencia de sustancias estupefacientes o psicotrópicas sin haber obtenido licencia de conducir, previsto y sancionado en los artículos 196, 110 y 209 de la Ley 18.290, en el cual le cabía participación al Código: VXCNXNVDXJN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3 imputado en calidad de autor, de acuerdo con lo que previene el artículo 15 N°1 del Código Penal. Se indicó que no concurrían circunstancias modificatorias, solicitando que se impusiera la pena de 3 años de presidio menor en su grado medio, multa de
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 110, 196, 209 y demás pertinentes de la Ley de Tránsito; y 1, 4, 7, 36, 45, 47, 295, 296, 297, 298, 309, 315, 340, 341, 342, 344, 346 y 348 del Código Procesal Penal, SE RESUELVE: I.- Que se absuelve al acusado GIOVANNI JAVIER ARAYA HUIDOBRO, ya individualizado, de los cargos formulados en su contra como autor del delito consumado de conducir vehículo motorizado bajo la influencia de sustancias estupefacientes o psicotrópicas sin haber obtenido licencia de conducir, previsto y sancionado en los artículos 110, 196 y 209 de la ley N° 18.290, que habría sido perpetrado en esta ciudad, el día 26 de enero del año 2022. II.- Que, se exime al Ministerio Público del pago de las costas de la causa. Ofícese a los organismos que corresponda comunicando lo resuelto y remítase copia de esta sentencia al Tribunal de Garantía de esta ciudad para su conocimiento, y al Juzgado de Policía Local competente, una vez ejecutoriada. Acordada con el voto en contra del Juez, Francisco Javier Lanas Jopia, quien fue del parecer de condenar al acusado Giovanni Javier Araya Huidobro, por el delito consumado de Código: VXCNXNVDXJN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 20 conducción bajo la influencia de sustancias estupefacientes o sicotrópicas, causando daños y lesiones leves, sin licencia de conducir, en calidad de autor, perpetrado el día 26 de enero del año 2022;
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1 Antofagasta, once de mayo de dos mil veinticuatro. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha seis del presente mes y año, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, constituido por la juez Presidenta de la Sala Patricia Alvarado Padilla e integrada por los jueces Israel Fuentes Gutiérrez y Francisco Lanas Jopia, todos titulares, se llevó a efecto la audiencia del
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