TRANSPORTES Y SERVICIOS JUAN CARLOS RIVERA ALMONACID EIRL/LAS CHILCAS INGENIERIA CONSTRUCCION Y MAQ
Rol
C-13751-2020
Fecha
20 de marzo de 2021
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 04 de septiembre de 2020, comparece do a Karen Riverañ Anabal n, abogada, en representaci n convencional de ó ó Transportes y Servicios Juan Carlos Rivera Almonacid EIRL, representada legalmente por don Juan Carlos Rivera Almonacid, todos con domicilio para estos efectos en calle Sazie N° 2021, depto. 27, comuna de Santiago, quien viene en interponer demanda de prescripci n extintiva de las acciones ejecutivas y ordinarias respecto de los chequesó que indica y contrato de prenda sin desplazamiento, en contra de Las Chilcas Ingenier a Construcci n y Maquinaria S.A.í ó , sociedad del giro de su denominaci n, representada por su gerente general, don Daniel Mu oz Weisser,ó ñ ignora profesi n u oficio, con domicilio en calle Salvador Guti rrez N 4472, comunaó é ° de Quinta Normal, por las razones de hecho y derecho que expone. Con fecha 02 de diciembre de 2020, consta la notificaci n personal subsidiariaó de la demanda a la demandada, mediante su representante legal. Con fecha 29 de diciembre de 2020, se tuvo por contestada la demanda en rebeld a de la parte demandada.í Con fecha 04 de enero de 2021, la demandante presenta escrito de r plica. é Por resoluci n de 03 de febrero de 2021, se tuvo por evacuada la d plica enó ú rebeld a de la demandada.í Con fecha 16 de marzo de 2021, se deja constancia del llamado a conciliaci nó a las partes, con la sola asistencia de la parte demandante. Acto seguido, atendido el m rito de autos, se omiti la recepci n de la causa aé ó ó prueba y se cit a las partes a o r sentencia.ó í
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 04 de septiembre de 2020, do a Karen Riverañ Anabal n, en representaci n convencional de ó ó Transportes y Servicios Juan Carlos Rivera Almonacid EIRL, representada legalmente por don Juan Carlos Rivera Almonacid, interpone demanda de prescripci n extintiva de las acciones ejecutivas yó ordinarias respecto de los cheques que indica y contrato de prenda sin desplazamiento, en contra de Las Chilcas Ingenier a Construcci n y Maquinariaí ó N RIT« » Foja: 1 S.A., representada por don Daniel Mu oz Weisser, por las razones de hecho yñ derecho que expone. Se ala que con fecha 22 de diciembre de 2009, las partes celebraron contratoñ de prenda sin desplazamiento sobre el veh culo semirremolque; marca Great E;í Modelo Reefer; a o 2001; color blanco; carga, 25 toneladas; PPU JH 7815-8, con elñ objeto de asegurar el cumplimiento de las obligaciones que tenga o pueda tener en el futuro su representado con la demandada de autos y, especialmente, el pago de 6 cheques del Banco de Cr dito e Inversiones, por la cantidad de $2.456.685, cada uno,é de la serie N B090375036 a la serie B 090375041, de la cuenta corriente N° ° 32200501, que ser an pagados entre el 02 de febrero de 2010 y el 02 de junio deí 2010. Hace presente que la demandada no ha iniciado acci n alguna en su contraó con el objeto del pago de la citada obligaci n, haciendo referencia al art culo 34 de laó í Ley de Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques, solicitando en definitiva la declaraci n de prescripci n de la obligaci n y, como consecuencia de sta, eló ó ó é alzamiento de la prenda respectiva. Previas citas legales, solicita tener por interpuesta demanda en juicio ordinario de mayor cuant a en contra de Las Chilcas Ingenier a Construcci n y Maquinariaí í ó S.A., representada por don Daniel Mu oz Weisser, ya individualizados, a fin de queñ declare la prescripci n de la obligaci n que detalla y el alzamiento de la prenda queó ó grava al veh culo, con expresa condena en costas; í SEGUNDO: Que, habiendo sido notificada la demandada, sta noé compareci dentro de plazo, raz n por la que se tuvo por contestada la demanda enó ó rebeld a con fecha 29 de diciembre de 2020; í TERCERO: Que, posteriormente, se present escrito de r plica, con fecha 04ó é de enero de 2021, teni ndose por evacuada la d plica en rebeld a, el 03 de febrero deé ú í 2021. Luego, con fecha 16 de marzo de 2021, consta el hecho de haberse efectuado el llamado a conciliaci n a las partes, con la sola asistencia de la demandante,ó procedi ndose a citar a las partes a o r sentencia; é í CUARTO: Que, la demandante, para acreditar los fundamentos de su acci n,ó acompa los siguientes antecedentes: ñó 1.- Copia de escritura p blica, de fecha 22 de diciembre de 2009, de la 27ú ° Notaria P blica de Santiago, Repertorio N 24466-2009, Prenda Sin Desplazamiento,ú ° Juan Carlos Rivera Almonacid EIRL a Las Chilas Ingenier a, Construcci n,í ó Maquinarias S.A.; 2.- Certificado de Inscripci n y Anotaciones Vigen
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los art culos 1698, 2407 yí siguientes, 2385, 2514, 2515 y 2516 del C digo Civil; 160, 170, 254 y 342 N 3 deló ° C digo de Procedimiento Civil; 33 y 34 del DFL 707, se declara: ó I.- Que se acoge la demanda de lo principal de 04 de septiembre de 2020, declar ndose prescritas las acciones ejecutivas y ordinarias para el cobro de losá cheques de la cuenta corriente del Banco de Cr dito e Inversiones N 32200501, poré ° $2.456.685 cada uno, serie B 090375036 a la serie B 090375041, con vencimiento entre el 02 de febrero de 2010 y el 02 de junio, tambi n de 2010, é en favor de Las Chilcas Ingenier a Construcci n y Maquinarias S.A., procedi ndose al alzamiento deí ó é N RIT« » Foja: 1 la prenda y prohibici n constituidas, inscritas bajo los Ns 3912 y 3913,ó ° respectivamente, repertorio Vitacura, a o 2010; ñ II.- Que se exime del pago de las costas a la demandada. Reg strese, notif quese y arch vense los autos en su oportunidad. í í í ROL N C-13.751-2020. ° Pronunciada por do a ñ Soledad Araneda Undurraga, Juez Titular. Autoriza do a ñ Daniela Ram rez Marambioí , Secretaria Interina. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. En Santiago, veinte de Marzo de dos mil veintiuno.- N Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada cor
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RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-13751-2020 CARATULADO : TRANSPORTES Y SERVICIOS JUAN CARLOS RIVERA ALMONACID EIRL/LAS CHILCAS INGENIERIA CONSTRUCCION Y MAQ Santiago, veinte de marzo de dos mil veintiuno. VISTOS: Con fecha 04 de septiembre de 2020, comparece do a Karen Riverañ Anabal n, abogada, en representaci n convencional de ó
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