C/ CESAR LORENZO SOTOMAYOR MENDOZA
Rol
O-2158-2023
Fecha
9 de mayo de 2024
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos contenidos en la acusación del Ministerio Público, efectuada por el acusado CÉSAR LORENZO SOTOMAYOR MENDOZA, representado judicialmente por la defensor penal público señora MACARENA SOLÍS IBARRA, durante la audiencia de procedimiento abreviado, este Tribunal ha adquirido la convicción, más allá de toda duda razonable, de que realmente se cometió el hecho punible objeto de la acusación del Ministerio Público presentada por el fiscal adjunto señor SEBASTIÁN GANA ENCALADA de la Fiscalía SACFI de la Fiscalía Regional Metropolitana Centro Norte, y que en él ha correspondido al acusado CÉSAR LORENZO SOTOMAYOR MENDOZA una participación culpable y penada por la ley en calidad de autor ejecutor, en el hecho establecido en este proceso penal: El día veinticinco de julio de dos mil veintitrés, alrededor de las 13.35 horas, durante el diligenciamiento de una orden de entrada y registro debidamente autorizada por el 5° Juzgado de Garantía de Santiago en el domicilio ubicado en Calle Salvador Gutierrez N° 7326, comuna de Cerro Navia, utilizado conocidamente como punto de venta de drogas, personal del Departamento OS7 de Carabineros sorprendió en su interior al imputado CÉSAR LORENZO SOTOMAYOR MENDOZA, manteniendo en su poder sustancias ilícitas para su venta, quien al percatarse de la presencia policial se deshizo de las mismas y huyó por la parte posterior del inmueble hacia la vía pública, siendo todo esto observado por personal policial que Código: JJGTXNYJXXM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Poder Judicial 2 logró su detención en Pasaje Kabampo frente al N° 311, comuna de Cerro Navia. Al interior del inmueble, el imputado guardaba y mantenía en su poder, con el ánimo de traficar, sobre una mesa ubicada en una dependencia destinada a living comedor, un contenedor de plástico transparente que en su interior contenía 19 envoltorios de papel blanco cuadriculado, contenedores de 5.3 gramos brutos de cocaí
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en la causa RUC N° 2300801700-K, RIT N° 2.158-2023, sobre la base de los antecedentes de la investigación expuestos por el fiscal adjunto (S) señor JONATHAN COLOMA REYES de la Fiscalía SACFI de la Fiscalía Regional Metropolitana Centro Norte, y con la aceptación expresa de los hechos contenidos en la acusación del Ministerio Público, efectuada por el acusado CÉSAR LORENZO SOTOMAYOR MENDOZA, representado judicialmente por la defensor penal público señora MACARENA SOLÍS IBARRA, durante la audiencia de procedimiento abreviado, este Tribunal ha adquirido la convicción, más allá de toda duda razonable, de que realmente se cometió el hecho punible objeto de la acusación del Ministerio Público presentada por el fiscal adjunto señor SEBASTIÁN GANA ENCALADA de la Fiscalía SACFI de la Fiscalía Regional Metropolitana Centro Norte, y que en él ha correspondido al acusado CÉSAR LORENZO SOTOMAYOR MENDOZA una participación culpable y penada por la ley en calidad de autor ejecutor, en el hecho establecido en este proceso penal: El día veinticinco de julio de dos mil veintitrés, alrededor de las 13.35 horas, durante el diligenciamiento de una orden de entrada y registro debidamente autorizada por el 5° Juzgado de Garantía de Santiago en el domicilio ubicado en Calle Salvador Gutierrez N° 7326, comuna de Cerro Navia, utilizado conocidamente como punto de venta de drogas, personal del Departamento OS7 de Carabineros sorprendió en su interior al imputado CÉSAR LORENZO SOTOMAYOR MENDOZA, manteniendo en su poder sustancias ilícitas para su venta, quien al percatarse de la presencia policial se deshizo de las mismas y huyó por la parte posterior del inmueble hacia la vía pública, siendo todo esto observado por personal policial que Código: JJGTXNYJXXM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Poder Judicial 2 logró su detención en Pasaje Kabampo frente al N° 311, comuna de Cerro Navia. Al interior del inmueble, el imputado guardaba y mantenía en su poder, con el ánimo de traficar, sobre una mesa ubicada en una dependencia destinada a living comedor, un contenedor de plástico transparente que en su interior contenía 19 envoltorios de papel blanco cuadriculado, contenedores de 5.3 gramos brutos de cocaína, en el mismo lugar mantenía un contenedor de plástico transparente el cual en su interior mantenía 117 envoltorios de papel blanco cuadriculado, contenedores de 65 gramos brutos de marihuana, además mantenía un estuche de lentes con 10 bolsas de nylon transparente en su interior, contenedoras de 6.4 gramos brutos de Ketamina, y finalmente sobre la misma mesa mantenía la suma de $47.000.- pesos de dinero en efectivo, en billetes de distinta denominación. Asimismo, sobre un sillón color rojo ubicado en el pasillo del domicilio, el imputado mantenía un contenedor de plástico transparente el cual contenía en su interior 50 envoltorios de papel blanco cuadriculado, contenedores de 20.5 g
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1º, 3º, 5º, 7º, 11 Nº 9, 14 Nº 1, 15 Nº 1, 18, 50, 68, 69 y 70 del Código Penal; artículos 4° y siguientes de la Ley N° 20.000 y en los artículos 1° y 2° del Decreto Supremo N° 867 de 8 de agosto de 2007 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública que aprueba el Reglamento de la Ley N° 20.000; y en los artículos 1º, 2º, 4º, 45, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; SE DECLARA: I.- Que el acusado CÉSAR LORENZO SOTOMAYOR MENDOZA, cédula de identidad N° 21.571.427-6, nacido el 20 de noviembre de 1982, de nacionalidad chilena, soltero, trabajador, con domicilio en Avenida Costanera Sur N° 8505-B, “Toma 21 de Mayo”, comuna de Cerro Navia, es CULPABLE en el cargo criminal contenido en la acusación del Ministerio público y, en consecuencia, se CONDENA al acusado CÉSAR LORENZO SOTOMAYOR MENDOZA en calidad de AUTOR del simple delito de TRÁFICO ILÍCITO DE PEQUEÑAS Código: JJGTXNYJXXM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Poder Judicial 7 CANTIDADES DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES O PSICOTRÓPICAS, en grado CONSUMADO, perpetrado el día veinticinco de julio de dos mil veintitrés en la comuna de Cerro Navia de la ciudad de Santiago, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO y MULTA a beneficio fiscal de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, a la accesoria de SUSPENSIÓN DE CARGO U OFICIO PÚBLICO DURANTE EL TIEMP
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Poder Judicial 1 Santiago, nueve de mayo de dos mil veinticuatro. VISTOS, OÍDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en la causa RUC N° 2300801700-K, RIT N° 2.158-2023, sobre la base de los antecedentes de la investigación expuestos por el fiscal adjunto (S) señor JONATHAN COLOMA REYES de la Fiscalía SACFI de la Fiscalía Regional Metropolitana Centro Norte, y con la aceptación expresa
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