JOAQUÍN IGNACIO GALLEGOS BERNAL C/ JOHN CRÍSTIAN LUIS VALENZUELA GONZÁLEZ
Rol
O-1561-2024
Fecha
8 de mayo de 2024
Materia
INGRESO DE CELULARES/TECNOLOGÍA A CÁRCELES ART 304 BIS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE. Que, ante el Juzgado de Garantía de Curicó el Ministerio Público a través de su Fiscal doña Alejandra Concha interpuso requerimiento en procedimiento simplificado en contra del imputado JOHN CRISTIAN LUIS VALENZUELA GONZALEZ, cédula de identidad N° 21.727.281-5, sin oficio; Callejón El Tranque S/N Guaico 3 de la Ciudad de Romeral, por estimarlo responsable en los siguientes hechos: Con fecha 11 de Marzo del 2024, aproximadamente a las 14:30 horas, en el Centro de Cumplimiento Penitenciario, ubicado en Avenida Camilo Henríquez N° 035, Curicó, el requerido JOHN CRISTIAN VALENZUELA GONZALEZ, quien se encuentra privado de libertad cumpliendo condena en dicho lugar, fue sorprendido por personal de gendarmería manteniendo en su poder un teléfono celular marca Xiaomi, color negro con batería y chip marca Entel, sin encontrarse autorizado para ello, ya que dichos elementos no están autorizados para ser mantenidos por personas privadas de libertad en los establecimiento penitenciarios. Calificación jurídica: TENENCIA DE ELEMENTOS TECONOLOGICOS PROHIBIDOS EN CENTROS DE CUMPLIMIENTO PENITENCIARIOS 304 Ter Código Penal Grado de Desarrollo: Consumado. Participación Criminal: Autor. Circunstancias modificatorias de responsabilidad Penal: Atenuantes: 11 N° 9, del Código Penal si admite. Agravantes: no concurren. Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 21, 25, 50,68, 304 Ter del Código Penal, artículos 297, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se acoge el requerimiento del Ministerio Público interpuesto en contra del imputado JOHN CRISTIAN LUIS VALENZUELA GONZALEZ, cédula de identidad N° 21.727.281-5 ya individualizado como AUTOR de un delito de TENENCIA DE ELEMENTOS TECONOLOGICOS PROHIBIDOS EN CENTROS DE CUMPLIMIENTO PENITENCIARIOS previsto y sancionado en el Art. 304 Ter Código: HBXJXNXXHMM Este documento tiene firma electrónica y su original puede
Fallo
Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 21, 25, 50,68, 304 Ter del Código Penal, artículos 297, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se acoge el requerimiento del Ministerio Público interpuesto en contra del imputado JOHN CRISTIAN LUIS VALENZUELA GONZALEZ, cédula de identidad N° 21.727.281-5 ya individualizado como AUTOR de un delito de TENENCIA DE ELEMENTOS TECONOLOGICOS PROHIBIDOS EN CENTROS DE CUMPLIMIENTO PENITENCIARIOS previsto y sancionado en el Art. 304 Ter Código: HBXJXNXXHMM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl del Código Penal ocurrido en el sector jurisdiccional de este Tribunal el día 11 de Marzo de 2024, delito que se encuentra en grado de desarrollo CONSUMADO y se le condena a sufrir la pena de 61 DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, COMISO y las accesorias del Art. 30 del Código Penal. II.- Que, en atención al extracto de filiación del imputado, la pena deberá ser cumplida de manera efectiva dando orden de ingreso una vez firme y ejecutoriada. III.- Que no hay abonos que reconocer. IV.- Que, no se condena en costas al imputado por haber aceptado los hechos del requerimiento evitando la realización de un juicio oral y público. V.- Que, la presente sentencia NO CONTIENE PRESUPUESTOS DE ANONIMIZACION de acorde al acta 44/2022, de fecha 15 de febrero de 2022, emanada de la Excelentísima Cor
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CURICÓ OCHO DE MAYO DE DOS MIL VENTICUATRO. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE. Que, ante el Juzgado de Garantía de Curicó el Ministerio Público a través de su Fiscal doña Alejandra Concha interpuso requerimiento en procedimiento simplificado en contra del imputado JOHN CRISTIAN LUIS VALENZUELA GONZALEZ, cédula de identidad N° 21.727.281-5, sin oficio; Callejón El Tranque S/N Guaico 3 de la Ciudad de Rom
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