Juzgado de Letras y Garantía de Peralillo.

TOMAS ALEJANDRO ARIAS HERNANDEZ C/ JULIO CÉSAR AVENDAÑO DÍAZ

Rol

O-354-2023

Fecha

8 de mayo de 2024

Materia

CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos El día 19 de septiembre de 2020, siendo las 13:20 horas aproximadamente, el acusado JULIO CESAR AVENDAÑO DIAZ conducía en estado de ebriedad, y manteniendo su licencia de conducir cancelada por pena accesoria impuesta en la causa 2065-2018 del Juzgado de garantía de Santa Cruz, el Station Wagon marca Mitsubishi , placa patente BBJX-20, por la ruta I-720, a la altura del sector Nenquen, en la comuna de Palmilla, siendo fiscalizado por funcionarios de Carabineros, quienes entrevistar al acusado AVENDAÑO DIAZ, advierten que se encontraba en estado de ebriedad pues presentaba fuerte halito alcohólico, sometiéndolo a prueba respiratoria, la que arrojó un resultado de 1.38 grados de alcohol, procediendo a su detención y siendo trasladado hacia el Hospital de Santa Cruz, lugar en que se le realiza el examen de alcoholemia, el cual dio un resultado de 1.38 grados de alcohol por litro en la sangre del acusado JULIO AVENDAÑO. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Dando por reproducidos la exposición de antecedentes y considerandos, los que han sido reseñados detalladamente en la audiencia y de los cuales ha quedado registro en las pistas de audio pertinentes que se encuentran a disposición de los intervinientes, la parte resolutiva es del siguiente tenor: Por lo anteriormente expuesto y los artículos 1, 3, 5, 11 N°9, 12 N°6, 15, 30, 50, 67, 68, 69, 70 y siguientes del Código Penal, artículos 45, 47, 297, 340, 406 y siguientes del Código Procesal Penal, artículo 196, 110 y 209 de la ley 18.290, artículos de la ley 18.216 y demás normas legales pertinentes, se declara: I. Que se condena a JULIO CÉSAR AVENDAÑO DÍAZ, C.I. 16.150.867- 5, domiciliado en Rincon los Perales S/N, comuna de Pumanque, como autor del delito consumado de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD CON LICENCIA DE CONDUCIR CANCELADA, previsto y sancionado en el artículo 196, 110 y 209 de la ley de Tránsito 18.290, cometido el día 19 de septiembre de 2020, en la comuna de Palmilla, a Código: XMQWXNXVHXM Este documento ti

Fallo

se declara: I. Que se condena a JULIO CÉSAR AVENDAÑO DÍAZ, C.I. 16.150.867- 5, domiciliado en Rincon los Perales S/N, comuna de Pumanque, como autor del delito consumado de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD CON LICENCIA DE CONDUCIR CANCELADA, previsto y sancionado en el artículo 196, 110 y 209 de la ley de Tránsito 18.290, cometido el día 19 de septiembre de 2020, en la comuna de Palmilla, a Código: XMQWXNXVHXM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl una pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, cancelación perpetua de licencia de conducir, multa de 2 unidades tributarias mensuales y a la pena accesoria del artículo 30 del Código Penal esto es, la suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena. II. Respecto a la pena de multa de 2 unidades tributarias mensuales, se autoriza el pago en dos cuotas ascendentes a una unidad tributarias mensual cada una, pagadera los primeros cinco días de cada mes, a partir del mes siguiente de que esta sentencia quede firme y ejecutoriada, debiendo acreditarse el pago ante el tribunal mediante comprobante de depósito y/o transferencia para los efectos de verificar el cumplimiento de lo sentenciado. Se hace presente que si el sentenciado no tuviere bienes para pagar la multa impuesta se aplicara por vía de sustitución y apremio la pena de reclusión otorgándose un día por cada tercio de Unidad Tributaria mensual, no pudiendo exceder de seis meses.

Texto Completo (Preview)

Audiencia de procedimiento abreviado. Fecha Peralillo., ocho de mayo de dos mil veinticuatro. Magistrado CARLOS HUMBERTO OLGUIN CARTAGENA Fiscal CLAUDIO MENESES YAÑEZ Defensor ANTONIO SALAS QUIROGA Hora inicio 11:13 hrs. Hora termino 11:42 hrs. Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Peralillo. Acta Leslie Molina RUC 2000967954-6 RIT 354 – 2023 Hechos El día 19 de septiembre de 2020,

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