11º Juzgado de Garantía de Santiago

J.H.C.R C/ CARLA PATRICIA VIDAL GONZÁLEZ

Rol

O-3394-2019

Fecha

9 de mayo de 2024

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos acreditados: El día de abril de 9, en horas de la tarde, mientras las víctimas de iniciales J.H.C.R. y C.M.S.C. descendían del vehículo PPU KZBK-7 , en el domicilio ubicado en pasaje Diego Portales N°9 6, comuna de El Bosque, llega al lugar el imputado CRISTIAN MARCELO JARA DAZA, ya condenado, en compañía de un sujeto desconocido hasta el momento a bordo del vehículo PPU GBVD-68, quienes procedieron a sustraer desde el interior del vehículo PPU KZBK-7 con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño una cartera con especies personales, $ . en dinero en efectivo, una caja de color azul que mantenía documentos personales, 6 mil pesos en dinero en efectivo y Código: BRXEXNZQJMM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl diversos cartones de cigarrillos, huyendo posteriormente a bordo del vehículo en que se transportaban, siendo posteriormente detenido el imputado JARA DAZA en el domicilio ubicado en calle Océano Atlántico N° 9 , departamento , comuna de El Bosque, con las especies sustraídas en su poder. Carabineros al ingresar al domicilio ubicado en calle Océano Atlántico N° 9 , departamento , comuna de El Bosque, sorprendió a la imputada CARLA PATRICIA VIDAL GONZÁLEZ manteniendo, guardando y poseyendo una caja contenedora de gramos de cannabis Sativa, sin contar con la autorización respectiva. Circunstancias modificatorias de responsabilidad penal: Circunstancias atenuantes acogidas: Artículo n° 6 y 9 del Código Penal. Circunstancias agravantes acogidas: No concurren Santiago, nueve de mayo de dos mil veinticuatro SE DECLARA: I) Que se condena a la acusada CARLA PATRICIA VIDAL GONZÁLEZ, cédula de identidad Nº 66 9 7-K, ya individualizada, a la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, y a las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos u oficios públi

Fundamentos

considerando aceptación del procedimiento abreviado y estar representado por la Defensoría Penal Pública. Ejecutoriada que sea esta sentencia, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 68 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Se tiene por notificados de esta sentencia a los intervinientes presentes en esta audiencia. Dictada por don JUAN DIEGO HUGO ALVAREZ JIMENEZ, Juez del ° Juzgado de Garantía de Santiago. Habiendo los intervinientes renunciados a los términos legales la sentencia se entenderá firme y ejecutoriada. Código: BRXEXNZQJMM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Se cita al sentenciado para el cumplimiento de la pena ante el Centro de Reinserción Social Sur Dos para el día de mayo de a las 9: horas. Código: BRXEXNZQJMM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-05-10T13:38:37-0400

Fallo

SE DECLARA: I) Que se condena a la acusada CARLA PATRICIA VIDAL GONZÁLEZ, cédula de identidad Nº 66 9 7-K, ya individualizada, a la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, y a las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, en su calidad de autora del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS, previsto y sancionado en el artículo ° en relación al artículo ° de la Ley . , en grado de consumado, perpetrado el día de abril de 9 en la comuna de El Bosque, territorio jurisdiccional de este Tribunal. Código: BRXEXNZQJMM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II) Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo bis de la Ley N° 8. 6, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA por igual término que el de la pena privativa de libertad que se sustituye, debiendo presentarse al Centro de Reinserción Social Santiago Sur Dos, ubicado en avenida Balmaceda nº 6 comuna de Puente Alto, y debiendo, además, cumplir durante el período de control con el plan de intervención individual que se apruebe en su momento y con las condiciones legales de las letras a), b) y c) del artículo 7 de la citada ley. Adicionalmente, se impone al sentenciado las

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RESUMEN: R.U.C. Nº : 9 99 -8 RIT. : 9 - 9 TIPO DE DELITO : TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS NOMBRE IMPUTADO : CARLA PATRICIA VIDAL GONZÁLEZ CÉDULA DE IDENTIDAD : 66 9 7-K FECHA DE NACIMIENTO : DE FEBRERO DE 988 DOMICILIO : JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ N° BLOCK G DEPTO Nº , SAN BERNARDO FISCAL : CLAUDIA CAÑAS DEFENSOR PRIVADO : MACARENA MUÑOZ TRIBUNAL : ° JUZGADO DE GARANTÍA SANTIAGO FECHA DE SENTENCIA : 9

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